00:00Transición dramática, cambio de tema, ¿qué tenemos ahora señor Maza?
00:03Bueno, este show del mediodía, esta tele es realidad de Iván Ruiz, ahora entra una, bueno, una gran parte, ahí
00:10va, y va otra parte, el doctor Fiallo, ahí están sacando a la doctora y entrando a Fiallo, venga, venga,
00:17venga, ¿qué pasa?
00:18Y mientras Iván no está aquí, hacen todo lo que quieran ustedes, verán poder, miren, vamos, ahorita viene, está prevenido,
00:26como diría el líder, el doctor Fiallo,
00:28pero un abogado penalista, bueno, en ese contexto de penalista, viene a dar su comparecer y viene a exponer acá,
00:39a esta tele es realidad de Iván Ruiz, el doctor Banda Félix Porte.
00:44Bienvenido, honorable jurista de República Dominicana, doctor Félix Portes, a esta tele es realidad.
00:49Amigo de los medios, Félix se ha destacado, siempre que se le ha tocado acá la puerta, ha venido, Félix,
00:57bienvenido a este show de mediodía, tele es realidad de Iván Ruiz.
01:00Muchas gracias, aquí estoy a las órdenes.
01:03Qué bueno, Ivón Ventura y nuestro hermano allí que está.
01:10Chateo, chateo, chateo.
01:12No, déjamelo ahí, déjamelo tranquilo ahí al coach.
01:14Estoy tratando de localizar a Guido Gómez Mazahara porque queremos hablar con él también.
01:19Este es el club tuyo, de los políticos amigos tuyos acá.
01:22Si no te gusta, tú puedes volver al show de Mazah, si no te gusta.
01:26No, no, no, eso es a ti que le toca.
01:28Ok.
01:29Bueno, Félix, casos que en los últimos 10, 15 días ha tenido la justicia dominicana.
01:37Empecemos con el caso Jek Zed, este caso que fue enviado ya a juicio de fondo.
01:44Usted como penalista, como abogado penalista, ¿qué piensa de esta decisión del juez de enviar este caso a juicio de
01:51fondo?
01:51La variación del calificativo.
01:53El involuntario, correctamente.
01:54El calificativo de voluntario a involuntario.
01:58Bueno, lo que hay que tomar en cuenta es que habían dos tesis.
02:02Había una situación que algunos abogados tenían la calificación jurídica de homicidio voluntario por dolo eventual.
02:13Lo que hizo el magistrado fue que él entendió que se trató de un accidente, de una inobservancia, imprudencia de
02:21los dueños
02:21y mandó a estas personas a juicio por lo que es homicidio involuntario, que la pena máxima es hasta dos
02:30años de prisión correccional.
02:32Lo que él hizo fue determinar la calificación jurídica por la cual van a ser juzgados,
02:38determinar cuáles son las pruebas que serán ventiladas en el tribunal de juicio,
02:44determinar e identificar cada uno de los querellantes,
02:48porque recuerda que hay un grupo de querellantes que desistieron de la acción.
02:53Pero para el pueblo llano hay dos conceptos que no son muy entendibles.
02:59El que habla de culpa consciente y dolo eventual.
03:02¿Qué es eso?
03:03¿Cómo se lo explica a la gente para que entienda que fue justo lo que se hizo o no?
03:08Tú sabes que es la valoración que el juez hace de los hechos y de las pruebas.
03:15Parte de lo que el juez estableció para determinar que era un accidente,
03:21es decir, que ellos no tenían la intención,
03:24fue establecer que uno de ellos, es decir, la señora Maribel Espaillat, estaba ahí.
03:30Entonces, el razonamiento que hizo el juez fue,
03:33si ella estaba ahí, ella no pudo haber sabido que eso iba a ocurrir.
03:38O sea, no había la intención.
03:40Y no pudo hacer daño colateral, doctores.
03:42Y es por eso que, por ejemplo, él decidió eso, ¿verdad?
03:46Porque él entendía que una persona como ella no iba a exponerse, ¿verdad?
03:54Ahora, ¿cuál era la otra tesis?
03:57La otra tesis era que ya se le habían dado advertencias,
04:01habían señales y ellos decidieron no atender esa advertencia
04:05y continuar con el evento a pesar de que minutos antes del evento
04:11ya habían restos, algo se cayó, un cliente resultó afectado.
04:17Y la tesis de esos creyentes, que yo era uno de ellos,
04:22era que en virtud de todas esas advertencias, alertas, evidencias,
04:27debieron esa noche parar la fiesta.
04:29Pero el juez acogió la otra tesis, que fue la tesis de...
04:33Doctor, hay una tesis del doctor Juan Tomás Vargas
04:38que estaba defendiendo a uno de los familiares de las personas que murieron ahí
04:45y era que ese juez, el cual admiro y lo respeto, una persona que le tengo aprecio,
04:53considerara homicidio involuntario.
04:56Como usted dice, se basó en la tesis de que había un familiar ahí.
05:02Pero este evento de descuido, de conocimiento que uno de los empleados
05:07ha demostrado en varias comparecencias, que había advertido lo que estaba pasando,
05:13que había pedido que pararan la fiesta, como usted acaba de decir,
05:16y hacían caso omiso, el caso omiso de una situación peligrosa
05:22no lo convierte eso en un homicidio voluntario.
05:25Mira, parte del razonamiento del juez es que ahora con el nuevo código penal
05:29ellos sí hubiesen enfrentado penas importantes.
05:33Pero el problema es que tenemos un código, estableció el juez en su sentencia,
05:39del año 1884, que el término, esa figura de dolo eventual no está contemplada per se,
05:48es decir, literalmente nuestro código penal, y lo que nosotros y parte de los abogados
05:53que argumentaron del dolo eventual es que la Suprema Corte se ha pronunciado
05:59en otros casos con relación al dolo eventual.
06:02Y él lo que dijo fue que si bien la Suprema se ha pronunciado sobre esa frase,
06:08pero que esos casos no eran similar al caso de Yeset,
06:12porque esos casos que se acogió el dolo eventual en la Suprema,
06:15se trata de armas de fuego.
06:17Entonces, él lo que estableció, aquí no hay arma de fuego,
06:20ellos no dispararon nada, lo que hicieron fue que la conducta
06:24no fue propia la de un dueño de un establecimiento con todas estas advertencias.
06:30Señor Bosch, usted quería integrarse a este debate con el doctor Portes.
06:36De abogado a abogado, mi hermano colega Félix Portes.
06:39Félix, solamente para explicación a la teleaudiencia,
06:43imaginemos que se haga la justicia que esperan estas personas víctimas de este caso,
06:48que se apliquen los dos años como sanción penal a los hermanos.
06:53La pregunta es la siguiente, ¿serán dos años por cada fallecido 236?
06:58Explícale al pueblo, por favor, esa parte jurídica.
07:01Sí, la pregunta tuya es obviamente con conocimiento de derecho.
07:05Aunque existan 236 personas que han perdido la vida,
07:10aquí en República Dominicana no tenemos lo que es el cúmulo de pena.
07:14Es decir, poco importa que haya fallecido una o mil personas.
07:20De acuerdo al código penal que tenemos vigente del año 1884,
07:26solamente se le puede imponer una sola pena.
07:29Poco importa, no se suma.
07:31Si estuviésemos en Estados Unidos,
07:33sí se suma la pena por cada fallecido y por cada persona lesionada.
07:38¿Aplicaría la expresión no Viceniden en este caso, honorable colega?
07:42No, no, no, no aplica porque se trata de un solo hecho,
07:45de un solo derrumbe donde murieron lamentablemente 236 personas.
07:51Doctor Bortes, otro colega suyo, Alberto Fiallo,
07:54parte del show de mediodía del segmento que dice la ley,
07:57también se agrega.
07:59Bienvenido, Félix.
07:59Colega y compañero de doctorado.
08:02Así es, así es.
08:03Digo, tú también fuiste adelante.
08:05Tú ya eres doctor, ¿no?
08:06Sigo en los afanes del doctorado.
08:09Lo que quería era más bien completar o más bien agregar a lo que decías,
08:15lo difícil y obviamente escuchar tu opinión como invitado en el programa,
08:19lo difícil que es la situación, no solamente para el juez,
08:22sino también para los que van a ser los jueces de fondo,
08:26porque no existe, como tú bien dijiste, el tema de dolo eventual.
08:29Y para poner en contexto a la población que nos está escuchando el día de hoy,
08:33el dolo eventual sería una acción que si bien no pretendía,
08:37en este caso la idea no era que murieran las personas,
08:41pero la persona que cometa esa acción u omisión entiende que puede ser altamente probable
08:48de que eso ocurra.
08:49Digamos que eso sería el dolo eventual.
08:50Pero como tú bien dijiste, no existe en nuestra legislación.
08:53El nuevo código prevé una figura bien interesante,
08:56que es el delito préterintencional, que es una variación en el sentido de que…
09:02Más allá de lo que pretendo.
09:04Exactamente.
09:04Digamos que se cometen golpes y heridas y esos golpes y heridas eran fruto de golpes y heridas
09:10y terminan en la muerte de la persona.
09:12Entonces, digamos que esa no era la intención inicial, pero luego se desarrolla.
09:15Entonces, ni siquiera en el código nuevo, como le llamamos ya, ¿verdad?
09:18Tenemos la figura del dolo eventual.
09:21Entonces, los jueces tienen que trabajar por un tema de seguridad jurídica con las leyes que tienen
09:26y los jueces de fondo se van a enfrentar al dilema de imponer o no una sanción
09:31de hasta dos años, como dices, pero con la debilidad del caso.
09:39Félix, yo sé que tú representas una parte de los creyentes y eso lo respeto.
09:42No, ya yo no estoy en el caso.
09:43Ah, ya no estoy en el caso.
09:43Ya, solamente como doctor penalista es su...
09:47Como experto penalista, perfecto.
09:49Entonces, ahí quisiera un poquito tu opinión en el sentido de que va a ser un poco difícil
09:54hacer ese lazo entre la intención o la negligencia o el conocimiento de que el techo podía caerse
10:01y el hecho de que no solamente él visitaba, sino que esa noche estaba su hermana.
10:05Es decir, mira, lo que va a ocurrir ahí es el juez, aunque personas no estén de acuerdo
10:12con la decisión que ha dado el juez.
10:14La cuestión es que él fundamentó bien su decisión.
10:17Él profundizó, realizó una investigación con relación a las sentencias que nosotros
10:24y los otros creyentes le presentamos para poder argumentar sobre el dolo eventual.
10:29En este caso, solo he dicho a una persona muy particular que me está viendo, poco importa
10:36si son dos años o veinte años, aquí nunca la cantidad de años ni la cantidad de indemnización
10:42será suficiente para poder reparar ese daño.
10:47Así es, así es.
10:47De esos 500 millones, rápidamente divide que quedaron 150 creyentes, ponga usted que quedaron.
10:55¿A cuánto queda cada grupo de creyentes de eso?
10:58A tres millones.
10:59Pero lo que estoy diciendo es, para que ustedes tengan el contexto, es que no hay, por ejemplo,
11:05yo tuve una persona que todavía sigue con el caso, un amigo mío la está representando
11:13y la familia España le hizo una oferta, ¿verdad?
11:17Y hay personas, no, no es bueno decir el monto, lo importante es el tema.
11:22¿Usted no está nombrando a la persona? ¿Puede decir el monto?
11:25No, no, el tema es que esa persona, una pareja de esposos, entienden que la vida de su hija
11:36no tiene valor y eso hay que respetarlo 100%, porque ellos lo que dicen es que si yo acepto
11:42un peso, cinco pesos, diez pesos, yo le estoy poniendo un valor a la vida de mi hija y entonces
11:48yo mejor prefiero, me decía ella, que sea un pesos, dos pesos, nada, que sea la justicia
11:55dominicana que establezca cuál sería el monto de la indemnización, porque ella se sentiría
12:00culpable aceptando o poniendo, entre comillas, un precio a la vida de su hija.
12:05Bueno, miren, en breves instantes, en unos minutitos vamos a entablar y preguntarle al doctor
12:10Félix Porte sobre el...
12:12¡Gracias!
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