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  • hace 3 semanas
Perú pone límites: estudiantes violentos podrían salir del aula presencial y pasar a otra modalidad educativa

Categoría

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Aprendizaje
Transcripción
00:00El estudiante que incurre en actos de violencia física o psicológica contra otro estudiante, personal directivo, docente, auxiliar o personal
00:09de servicio,
00:09y dichos actos hayan sido registrados en más de tres oportunidades en el libro de registro de incidencias, es sujeto
00:17a una medida de...
00:22Muy bien colegas, actualmente es una constante en muchas instituciones educativas la falta de respeto de estudiantes hacia sus docentes,
00:34hacia sus maestros,
00:35donde nosotros no podemos hacer nada más que mandarlos a la dirección para que puedan conversar con él o con
00:44ella, o incluso llamar a los padres,
00:46y ahí nada más que del asunto, donde de por sí no existe ninguna sanción para el estudiante, y en
00:55muchos casos esta conducta irrespetuosa se repite con el mismo o más docentes,
01:02y ni qué decir de sus compañeros de aula, que son víctimas de abusos físicos y psicológicos de esta clase
01:10de estudiantes,
01:11donde lo vuelvo a repetir, solo queda en una charla o llamar a atención e incluso reunión con los padres.
01:19Ahora colegas, frente a esto, en la comisión de educación se aprobó que los estudiantes, y escúchalo bien,
01:27que repitan estas conductas con docentes, auxiliares, estudiantes y personal administrativo,
01:35es decir, la comunidad educativa, serían expulsados de la institución y pasados a otra modalidad.
01:43Escúchalo tú mismo.
01:45Artículo 5. Financiamiento.
01:48La implementación de lo dispuesto en la presente ley se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación
01:54y de los gobiernos regionales, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
01:59Para tal efecto, se autoriza a las entidades mencionadas a realizar las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias
02:06para cumplir con lo dispuesto en la presente ley, conforme a la normativa vigente sobre la materia.
02:12Capítulo 3. Acciones frente a los actos de violencia en las instituciones educativas.
02:18Artículo 6. Libro de registro de incidencias. 6.1.
02:22Cada institución educativa de la educación básica cuenta con un libro de registro de incidencias,
02:27bajo responsabilidad del director, en el cual se consignan de manera obligatoria y detallada
02:32todos los actos de violencia en los que se han involucrado estudiantes,
02:36así como los casos relacionados con la comercialización o consumo de sustancias psicoactivas.
02:426.2. El registro contiene una descripción precisa de los hechos ocurridos,
02:47el procedimiento seguido en cada caso, los resultados de la investigación correspondiente
02:51y las medidas adoptadas cuando corresponda, garantizando en todo momento el respeto del debido proceso,
02:59la confidencialidad de la información y el principio del interés superior del estudiante.
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03:09donde compartimos información y material pedagógico todos los días.
03:13Artículo 7. Traslado de estudiante infractor reincidente. 7.1.
03:18El estudiante que incurre en actos de violencia física o psicológica contra otro estudiante,
03:24personal directivo, docente, auxiliar o personal de servicio,
03:28y dichos actos hayan sido registrados en más de tres oportunidades en el libro de registro de incidencias,
03:34es sujeto a una medida de traslado a otra modalidad del sistema de la educación básica,
03:40conforme a los principios de progresividad, atención al riesgo y garantía del derecho a la educación.
03:467.2. El traslado se ejecuta de manera gradual aplicando el siguiente criterio.
03:532.A. El estudiante matriculado en la modalidad de educación básica regular
03:58es derivado a la modalidad de educación básica alternativa.
04:02B. Si persiste en la comisión de actos de violencia mientras cursa estudios en la EVA,
04:08es inhabilitado para continuar su formación en modalidades presenciales de la educación pública,
04:13debiendo culminar su trayectoria educativa únicamente en la modalidad virtual
04:18habilitada por el Ministerio de Educación,
04:20garantizándose el acceso, acompañamiento y permanencia en el sistema educativo.
04:257.3. En los casos de violencia sexual, extorsión u otros delitos graves debidamente acreditados,
04:31el estudiante es separado de forma inmediata de la modalidad en la que se encuentra matriculado
04:37y puede continuar su formación en la modalidad virtual bajo monitoreo pedagógico e institucional.
04:43De ser necesario, es derivado a centros especializados, en coordinación con las entidades competentes del Estado,
04:50respetando su situación personal y los principios del debido proceso, rehabilitación y reintegración social.
04:568. Disposiciones complementarias finales.
04:591. Reglamentación. El Poder Ejecutivo, en coordinación con el Ministerio de Educación,
05:04reglamenta la presente ley en el plazo máximo de 60 días calendario, contados a partir de su entrada en vigor.
05:102. Declaratoria del Día Nacional de la Concientización contra el Bullying o Acoso Escolar.
05:16Se declara Día Nacional de la Concientización contra el Bullying o Acoso Escolar el 2 de mayo de cada año,
05:22con el objetivo de promover la reflexión, sensibilización y toma de conciencia sobre las consecuencias del acoso escolar
05:29en sus manifestaciones presenciales y digitales que afectan a niños y adolescentes en todo el territorio nacional.
05:36En el marco de sus competencias, autonomía institucional y disponibilidad presupuestal,
05:42las entidades públicas impulsan acciones educativas, preventivas y de sensibilización,
05:47tales como charlas, conversatorios, seminarios, campañas informativas, actividades escolares y comunitarias, entre otras,
05:55orientadas a prevenir, atender y erradicar esta forma de violencia que vulnera el bienestar,
06:00la dignidad y el desarrollo integral de la población escolar.
06:05Ahora colega, es tu turno de colocar en la caja de comentarios cuál es tu opinión o crítica de todo
06:12lo visto el día de hoy.
06:14Leo tus comentarios.
06:15Ayúdame a seguir llegando a más docentes a nivel nacional,
06:19dándole click al botón me gusta en cada video y suscribiéndote a este tu canal, Docentes Perú.
06:25Ahora colegas, me despido, deseando que pasen un excelente día.
06:30Hasta un próximo video.
06:31Y no olvides colega, seguirnos en nuestra cuenta oficial de Facebook,
06:36donde estaremos compartiendo más información relevante sobre nuestro trabajo como docente.
06:41Solo tienes que darle click al enlace que se encuentra en nuestro canal de YouTube.
06:46Es decir, cuando estés por aquí, acá dice un vínculo y más, le podrías dar un click acá,
06:52y bajas un poquito, y aquí tienes Facebook, que te va a redirigir al Facebook oficial de Docentes Perú.
06:58O también, puedes darle un click aquí en la parte de abajo,
07:01y le vas a dar un click que te va a redirigir a la página oficial de Facebook.
07:05Y cuando ya esta página te cargue, lo único que tienes que hacer colega,
07:09es simplemente darle un click al botón de me gusta que estás viendo por acá.
07:14Y luego de ello, ya vas a poder acceder de forma gratuita,
07:18a todo el contenido que vamos a ir compartiendo por este canal.
07:22Aquí tenemos, por ejemplo, los procesos pedagógicos,
07:25tenemos material para el buen inicio del año escolar,
07:28aquí tenemos un video de la plataforma de Aperioeducación sobre planificación curricular,
07:32y esto cada semana, cada día que veamos información relevante o importante,
07:37lo iremos compartiendo para tu conocimiento.
07:41Así que, no te pierdas esta gran oportunidad de estar siempre informado.
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