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Una casa heredada no hace parte de la sociedad conyugal al ser un inmueble que se recibe a título gratuito. Sin embargo, con un carro heredado no pasa lo mismo, ¿por qué?

#TipLegal #Herencias #SociedadConyugal


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Transcripción
00:03No ingresa la sociedad conyugal por la siguiente razón la sociedad conyugal es un régimen
00:10patrimonial de bienes muebles y gananciales esa casa o ese lote que ella recibe en virtud de una
00:16herencia estando casada sería un inmueble recibido a título gratuito durante la vigencia de dicha
00:23sociedad razón por la cual y de conformidad con el artículo 1781 se considera un bien
00:29propio por lo que no entra a la sociedad conyugal el carro entra a la sociedad conyugal no obstante
00:36entra con una particularidad ya hemos dicho que la sociedad conyugal es un régimen patrimonial de
00:42bienes muebles y gananciales el carro por ser un mueble entra no obstante que por haber sido recibido
00:48a título gratuito la señora en este caso al momento de la liquidación de esa sociedad conyugal va a
00:56tener derecho a que se le reconozca una recompensa por el aporte de ese carro que ella hizo a la
01:01sociedad conyugal
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