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  • hace 1 semana
Fidel Cano Correa, director de El Espectador, lee el editorial de este domingo 15 de octubre titulado “El derecho al aborto no tiene obstáculos en Colombia”. Allí hace una reflexión sobre el debate del aborto que fue solucionado en la Corte Constitucional.

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Transcripción
00:00El derecho al aborto no tiene obstáculos en Colombia. No es usual que la Corte Constitucional
00:06anule sus sentencias. Hacerlo es reconocer que dentro del grupo de magistrados se cometió
00:12un error garrafal que rompe con el orden constitucional y necesita ser enmendado. Por eso es tan importante
00:19que, en decisión de sala plena, el alto tribunal haya tomado esa medida tan extraordinaria
00:25para dejar claro que en Colombia el sistema de salud tiene la obligación de dar acceso
00:31sin obstáculos a los abortos hasta la semana 24 de gestación. Al declarar la anuidad de
00:38las sentencias T-158 de 2023 y T-430 de 2022, se protege el derecho al aborto de las niñas
00:48y mujeres indígenas, así como de todas las colombianas.
00:52Las sentencias anuladas eran extrañas. Supuestamente basadas en la sentencia C-055 de 2022 que liberó
01:01el aborto hasta la semana 24 en el país, eran decisiones que parecían elaboradas de manera
01:07estratégica para fabricar obstáculos contra las mujeres. En la T-430 de 2022, los tres
01:14magistrados le dijeron a una niña de 12 años indígena que su resguardo podía negarle
01:21el acceso al aborto. En la T-158 de 2023, obligaban a una mujer indígena de 23 años a obtener
01:29permiso
01:30de las autoridades indígenas para abortar.
01:33Fue una contraevidente. Después de una sentencia hito que reconoce la autonomía de las mujeres,
01:39el tribunal permitía que se les arrebatara esa decisión y en una población especialmente
01:45vulnerable. Peor aún, creaban un precedente en el sistema de salud para negarse a realizar abortos.
01:54No podemos exagerar. Si no anulaban las sentencias, la Corte Constitucional hubiera creado una situación
02:01terrible para las mujeres del país. Por ejemplo, en los cuatro meses desde que se conocieron
02:07las sentencias de tutela que venimos discutiendo, la Fundación Jacaranda documentó 26 casos de
02:14mujeres indígenas que tuvieron problemas para acceder al aborto por culpa de tener que pedirle
02:19permiso a sus resguardos. Esto no es nuevo, pues en años previos a la sentencia de 2022,
02:28las organizaciones de mujeres registraron cómo los obstáculos burocráticos hacían imposible de facto
02:35para muchas personas acceder al aborto. A través de decisiones de tutela, los magistrados estaban
02:41desandando los avances obtenidos. Entonces, debe comunicarse en todos los hospitales del país
02:47la nueva decisión adoptada por la Corte Constitucional. En ella no solo se anulan las sentencias de tutela
02:55por violar el debido proceso y contradecir la cosa juzgada constitucional, sino que se reitera que todas
03:02las niñas, adolescentes, mujeres y personas gestantes del país tienen derecho a acceder a un aborto en el
03:08sistema de salud sin ningún tipo de obstáculo. Hasta la semana 24 de gestación. Si usted desea
03:16interrumpir su embarazo, lo puede hacer y nadie, ninguna autoridad, ningún personal médico y ninguna
03:22persona puede oponerse. Los jueces del país deben estar alerta para fallar las tutelas que se presenten,
03:30en ese sentido, y todas las entidades territoriales necesitan adoptar planes en sus programas de salud
03:37pública para materializar el derecho al aborto. No hay excusas ni ambigüedades.
03:44Celebramos que este debate, que parecía saldado hace más de un año, haya sido de nuevo solucionado
03:50por la Corte Constitucional. El reto ahora es proteger a todas las mujeres que deseen abortarlo.
03:57Si están de acuerdo con este editorial, envíe su antieditorial de 500 palabras al espectadoropinion.com.
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