00:00La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas PTU es un derecho
00:04laboral reconocido en la Constitución y regulado en la Ley Federal del Trabajo, LFT. La obligación
00:09de pagarlo se genera con las ganancias reportadas por las compañías en su declaración anual
00:14de impuestos. México es uno de los pocos países que contempla el derecho al PTU. Actualmente
00:19el monto que se reparte es el 10% de las utilidades generadas en el año previo. De acuerdo con
00:24la última encuesta de compensación de AON, el año pasado disminuyeron los montos de PTU
00:30otorgados por las empresas. En el caso del personal sindicalizado, la reducción fue de
00:347.2%. El pago más alto fue de $42.797. Para los trabajadores sin remuneración sindical,
00:42la disminución fue de 10.6% y la cifra más elevada que se otorgó fue de $80.777. La
00:49LFT
00:50no establece una fecha concreta para pagar el reparto de utilidades, pero sí un plazo.
00:54Las empresas tienen 60 días a partir del pago anual de impuestos para otorgar el PTU. Es
01:00por eso que el límite suele ser el 31 de mayo, dos meses después de la fecha final para cumplir
01:05con obligaciones fiscales. Para repartir el PTU, las empresas toman el 10% de la utilidad
01:11fiscal, es decir, la diferencia entre los ingresos acumulables y las deducciones indica
01:16RUNA. Ese monto se divide en dos bolsas iguales. La primera mitad se reparte por igual entre los
01:21trabajadores en función de los días laborados en el año. Entre más días trabajados, mayor PTU
01:26se percibe por este concepto. La segunda mitad se otorga a proporcionar al salario. A mayor salario
01:31es más alto el monto de acuerdo con RUNA. El cálculo del PTU es un balance entre permanencia
01:36y nivel de ingresos, con reglas claras que Recursos Humanos debe aplicar sin errores,
01:41señala la Plataforma de Recursos Humanos. En el cálculo del monto subraya la plataforma,
01:46hay que tomar en cuenta que las ausencias por incapacidad, por maternidad o por accidente de
01:51trabajo y permisos remunerados se cuentan como días laborados. Es el caso contrario de las
01:56faltas injustificadas y las incapacidades por enfermedad, las cuales no se contabilizan.
02:01Para determinar el monto a repartir por concepto de remuneración, hay que tomar como referencia
02:05el salario base de cotización en el IMSS. Si se trata de trabajadores con comisiones o bonos,
02:10el sueldo que se usa para el cálculo es el promedio del salario registrado ante la Seguridad Social.
02:15La Seguridad Social.
02:17La Seguridad Social.
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