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Ya sea por despido o renuncia, se tiene derecho a recibir el aguinaldo, el cual, según la LFT, es correspondiente al tiempo proporcional al que se haya trabajado.

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Transcripción
00:00El aguinaldo es un derecho de los trabajadores que bajo ninguna circunstancia puede ser negado,
00:06dice la Ley Federal del Trabajo. Esto quiere decir que independientemente que si una persona
00:11fue despedida de forma justificada o injustificada, su empleador tiene la obligación de entregar
00:16el monto correspondiente. Incluso si una persona decide renunciar, la Ley Federal del Trabajo
00:21protege su derecho a recibir la prestación, esto sin importar que haya trabajado menos
00:25de un año. El artículo 87 indica que los trabajadores tienen acceso al aguinaldo estén o no laborando
00:31en la fecha de su liquidación. ¿Cuánto me toca de aguinaldo si renuncié? Ya sea que
00:35la persona haya trabajado 3, 6 u 11 meses, tiene derecho a una parte proporcional de la prestación.
00:41Para calcularlo, Book ofrece la siguiente fórmula. Paso 1. Obtener el salario diario. Dividir
00:46el ingreso mensual entre 30. Paso 2. Multiplicar el salario diario por 15. Número de días de
00:52aguinaldo por ley. Paso 3. El resultado obtenido de las operaciones anteriores se multiplica por
00:58el número de meses efectivos trabajados. Paso 4. La cifra obtenida se divide entre 12. Número
01:03de meses del año. Paso 5. El resultado obtenido es el monto para recibir por aguinaldo. ¿Cuánto
01:09me toca de aguinaldo si me despidieron? En el caso de los trabajadores que fueron despedidos,
01:13sin importar si la causa fue justificada o no, tienen derecho a recibir su parte proporcional de
01:18aguinaldo por el tiempo de trabajo. La Profedet destaca el derecho a reclamar y recibir no solo
01:23tres meses de salario, sino también prima de antigüedad si aplica, vacacional, partes
01:27proporcionales de vacaciones, las prestaciones vigentes que no hayan sido cubiertas y, por
01:32supuesto, el aguinaldo. Suscríbete al Economista y no te pierdas de nuestros contenidos.
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