00:00En la prueba del Ministerio Público tenemos que hacer las precisiones siguientes respecto de las 8.
00:04De las pruebas materiales solicitadas por el Ministerio Público en el comienzo,
00:08se habla de la prueba 55 que trata de los pasaportes de Raúl Alejandro Nibáñez
00:12que están depositados en este tribunal.
00:19Por tanto, para hacer un documento personal, esto no puede ser objeto del comienzo,
00:23ni entra dentro de los ámbitos de bienes muebles o inmuebles
00:27para el mismo procedimiento, vamos a solicitar que el mismo con respecto a la petición solicitada
00:33éste sea resucitado.
00:34Con respecto a las pruebas 148, consistente honorable en lo que es el dinero efectivo
00:42de 7.860.000 pesos, 148 de la prueba material.
00:48Programa general, exacto, programa general.
00:52Del consistente honorable en un monto de 7.860.000 pesos,
00:58el dinero que tiene un origen de límite basado en el préstamo urbano,
01:01960.03, 960.3.11, 80.16, otro lado, programa 12,
01:06se despecha 15 de octubre del 2020,
01:09que de acuerdo a la página 16 del informe financiero del Raúl Alejandro Aguilar Giles,
01:16ésta honorable monto que pretende el Ministerio Público de Comisar
01:21encuentra un sustento legal y por tanto un origen listo de un revista del producto financiero.
01:27Ésta prueba se encuentra establecida respecto del informe financiero
01:31en la marcada del 129 de las pruebas periciales en la página 315.
01:37¡Gracias!
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