00:00Y justamente después de lo que acabamos de ver, es muy conveniente hablar derecho con nuestra querida Erika Mora, especialista en temas judiciales, directora de Portal Judicial.
00:20Erika, parece que nadie le puede poner un acto a estas boleteras.
00:25Buenas noches, querida Selene. ¿Qué tema tan polémico? Porque todos los que hemos tenido que comprar algún boleto para algún concierto, para algún evento, y que tenemos que pasar por esta empresa, sabemos lo complicado que es.
00:44Y por eso es que resonó tanto este asunto que les voy a compartir, que tiene que ver con esta empresa Ticketmaster.
00:53En esta, la Suprema Corte hace un pronunciamiento sobre el comercio electrónico, los derechos que tenemos como consumidores, y bueno, ¿cuáles son los hechos?
01:03En primer lugar, es una persona que compró cuatro boletos para un concierto en Monterrey, gastó más o menos como 20 mil pesos, y llegó a su correo la confirmación de la compra.
01:18Él eligió esta opción que le llaman Will Call, que es recoger en un centro autorizado de Ticketmaster para poder recabar estos boletos.
01:29Él acudió personalmente a este centro autorizado con su tarjeta del banco, con su credencial de lector y con su número de orden.
01:39Lo que no se esperaba es que le pidieron un cargo adicional. Ellos lo llaman para autentificar la compra.
01:45Y era, de verdad, un cargo adicional de 10 pesos, nada que ver con los 20 mil pesos que ya había gastado en los boletos.
01:54Por un error de su tarjeta del banco, no pudo hacer este cargo de 10 pesos y no le entregaron los boletos.
02:03Para él fue, pues, algo frustrante y es importante decirlo porque, pues, ante esta, pues, angustia, desesperación y, pues, el enojo...
02:12La frustración, claro.
02:13La frustración. Decidió presentar un amparo en el que solicitó que se le hiciera no solo la devolución del pago de los 20 mil pesos más los intereses en la tarjeta,
02:24sino también una indemnización por daño moral, por esa afectación psicológica y también por daños punitivos.
02:32Es decir, por la mala conducta de la empresa.
02:36En primera instancia, en el juicio mercantil y en el tribunal colegiado, le rechazaron.
02:41Le dijeron que... porque Ticketmaster, ¿qué argumentó?
02:45Bueno, lo que dijo fue que las políticas de compra estaban en el sitio web y que entonces era su obligación conocerlas.
02:56Así es, pero en una parte ahí en escondidas y, bueno, por eso rechazaron en primera instancia esta demanda.
03:03Cuando llega la Suprema Corte, la Suprema Corte hace falla a favor de esta persona por tres razones que es muy importante que tengamos presente.
03:13En primer lugar, lo que le dice es algo que se llama voluntad de autonomía de consentimiento.
03:20Es decir, que el usuario tenga toda la información de manera clara para que él pueda decidir, esto me conviene.
03:28Es decir, ¿puedo pagar los 10 pesos con esa tarjeta o no los puedo pagar?
03:33En fin, pero que él debe tener toda la información a su alcance de manera muy clara.
03:38El segundo lugar es el reconocimiento que tenemos como consumidores, los derechos del consumidor.
03:44Es algo que está reconocido en el artículo 28 constitucional y que nos protege ante estos abusos por parte de las empresas al hacer comercio electrónico.
03:56Y un tercer punto es el tema de la prohibición de la arbitrariedad.
04:01Lo que la Corte dice es, si yo te permito, empresa que vendes boletos, cambiar las cláusulas cuando tú quieras y solamente dejarlas en tu sitio web,
04:09eso deja a tu libre albedrío y además a las reglas de la propia empresa, porque no lo obliga a tener unas políticas de compra de manera muy clara.
04:25Esto protege nuestros derechos como consumidores, principalmente cuando hablamos de comercio electrónico, que es algo de lo que más usamos hoy en día, además.
04:35Entonces la Corte falla a favor de esta persona, no solamente le regresaron los 20 mil pesos, sino le hicieron la reparación del daño que causó esto.
04:44Lo que la Corte le dice al tribunal es, tienes que juzgar aplicando estos tres conceptos que te di, protegiendo los derechos del consumidor y además reconociendo esta simetría de poder,
04:56porque reconociendo que la carga de la prueba es de la empresa.
05:00Finalmente decir que se trata del amparo directo en revisión 2558-2024.
05:07Muy bien, querida Edica, la verdad te voy a decir algo, admirable me parece que una persona se tome el tiempo y el trabajar,
05:15que seguramente es llegar a la Suprema Corte con un caso como este, pero que da precedente para todas las demás personas que pudiéramos estar pasando por una situación similar.
05:25Efectivamente, para proteger nuestros derechos.
05:27Gracias, como siempre. Muchas gracias. Portal Judicial, así te encontramos en las redes sociales, ¿verdad?
05:31Así es, muchas gracias.
05:33Muchas gracias, Erika. Buenas noches.
05:34Buenas.
05:35Gracias.
05:35Gracias.
05:36Gracias.
05:37Gracias.
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