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La resolución de la Corte ya se consumó, y con ella el fin de cualquier apariencia de independencia judicial. Los ministros desecharon todos los argumentos sin analizarlos, siguiendo al pie de la letra la consigna política del Ejecutivo. Hoy no se aplicó justicia: se ejecutó persecución. La Corte se convirtió en instrumento del poder, avalando cobros dobles ilegales y violando derechos humanos. 
Hablamos con Rogelio Rodríguez Garduño, abogado constitucionalista, sobre esto. 
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Transcripción
00:00Hoy es un día negro para la justicia en nuestro país, asuntos relevantes para Grupo Salinas se dirimieron hoy en la Suprema Corte de Justicia de la Nación para hablar de este tema.
00:09Tenemos en el estudio al abogado constitucionalista Rogelio Rodríguez Garduño. Gracias por estar con nosotros.
00:14Es un gusto, Romina, a la orden.
00:16Pues a lo largo, justo sobre todo a partir de este año, hemos visto cómo está coartado justamente el Estado de Derecho, la justicia, el riesgo en el que está nuestro país a nivel de democracia, de libertades, y que ya tampoco podemos, ya no tenemos instancias, todas están, es una sola instancia, gobierno federal.
00:37Bueno, a men de estas consideraciones, lo que hoy ha tenido verificativo es la resolución de seis juicios de amparo de Grupo Salinas, uno fundamental del Grupo Electra,
00:53donde un poco la trayectoria de esto es un litigio, una controversia por la constitucionalidad o no, la obligación o no de pago de las contribuciones,
01:03que tuvo lugar a través de un juicio en el Tribunal Contencioso Administrativo y que después fue materia de amparos.
01:10Y que esos amparos en su momento fueron resueltos en lo que se conoce técnicamente como amparo directo y se solicitó por las cuestiones constitucionales de entonces
01:20el recurso de revisión del amparo directo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
01:26Este tema fue aplazado por la antigua integración de la Corte y en eso habría que decirlo así,
01:32porque bien pudieron haber resuelto en su momento con criterios que permitían la procedencia del recurso de revisión.
01:41No fue resuelto así, la última etapa del Pleno fue una etapa más impasiva y hoy ha llegado el día para saber con qué criterios se iba a atender esta circunstancia.
01:52Los criterios son la improcedencia de los recursos de revisión e incluso los de reclamación,
01:58porque las disposiciones constitucionales o legales le facultan a la Corte para ni siquiera entrar en estudio de la constitucionalidad o no,
02:07de la procedencia o no, de la tributación, sino simplemente con los criterios de 2021 y posteriores reformas a la Constitución,
02:15permiten no estudiarlo.
02:17Y lo que la Corte hizo hoy fue un pronunciamiento de no estudio sobre los argumentos de los contribuyentes que presentaron sus juicios de amparo,
02:25y en su momento toda la trayectoria, insisto, hasta los recursos de revisión y los de reclamación.
02:30Bueno, esto nos coloca ante una circunstancia que debemos dejar en claro.
02:35Los jueces constitucionales de cualquier país del mundo,
02:38México por supuesto, pero cualquier país del mundo,
02:40y los jueces de la Corte no son otra cosa sino jueces constitucionales, terminales,
02:44deben tener la responsabilidad no solo del actuar jurídico,
02:47que podríamos decir entrará en debate en los próximos días,
02:51entre los constitucionalistas, entre los abogados en lo general,
02:54entre la academia y entre cualquier persona.
02:56Sino el impacto de la decisión tiene que ver con la responsabilidad republicana
03:01de saber en qué medida esto va a afectar, por ejemplo, a la certeza jurídica o no.
03:07Y muchas veces lo vimos en un fallo histórico, aquel del anatocismo,
03:11como en una interpretación constitucional se puede llegar a otra conclusión.
03:16No estoy diciendo que tendría que armar una serie de argumentos para llegar a una conclusión,
03:20lo que estoy diciendo es que las y los ministros que hoy han tomado esta decisión
03:24deben ser conscientes del impacto que esto trae y traerá en los próximos días,
03:29amén del análisis jurídico que veamos sobre si era o no aplicable esta reforma después del 2021,
03:36donde no procedería el recurso de revisión.
03:39¿Cuál sería la siguiente instancia?
03:41¿Qué es lo que tendríamos que hacer nosotros como ciudadanos?
03:43Bueno, en este caso particular, en el debate de hoy, ya no hay medio recurso ordinario ni extraordinario
03:49en el sistema jurídico mexicano.
03:51Existe México, es parte de un sistema que es el sistema interamericano de derechos humanos,
03:56que parte de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos,
04:00y entonces lo que tendría que hacer en este momento,
04:02quien ha sido vencido en toda instancia formal,
04:05tendría que acudir ante la Comisión Interamericana con sede en Washington
04:08para saber si esta resolución y todo el proceso a vulnerar los derechos humanos
04:14del litigante, el promovente,
04:17que México debe respetar en términos de la Convención con un recurso efectivo.
04:21Se dice en la Convención que todo ciudadano debe tener en esos países miembros un recurso efectivo.
04:26Y si el amparo no fue un recurso efectivo por tecnicismos,
04:29entonces se tendría que analizar por parte de la Comisión,
04:32solicitar los informes a México,
04:33procurar con México un análisis y si no hay satisfactorio,
04:38en un informe conclusivo la Comisión podrá enviar a la Corte Interamericana,
04:43no los grupos salinas, no los litigantes,
04:45sino la Comisión enviar a la Corte Interamericana con sede en San José, Costa Rica,
04:50para que inicie un litigio entre el Estado mexicano
04:52y la Comisión, que sería la que actuaría en vía de fiscalía.
04:57Muchísimas gracias, abogado Rogelio Rodríguez Garduño.
05:01Gracias por ampliarnos un poco más la información en este caso en particular
05:07y ver realmente cuáles son las instancias
05:10y cómo está también nuestro país en materia de justicia.
05:13Quedo a disposición, gracias.
05:14Muchísimas gracias.
05:16Hacemos una breve pausa y regresamos con más aquí en ADN Noticias.
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