Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 2 días
El excomandante de la Policía Nacional Francisco Pastor Alvarenga Núñez fue intimado a presentarse ante la Justicia, en un plazo máximo de 24 horas, para cumplir su condena a 6 años de pena privativa de libertad, por enriquecimiento ilícito. Según la sentencia que está firme, el sentenciado no pudo justificar unos G. 1.183.171.500, entre los años 2005 y 2015.

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Buenas tardes para todos. Arrancamos este bloque de El Caso para hablar de Francisco Alvarenga, excomandante de la Policía Nacional, condenado él a seis años de cárcel por enriquecimiento ilícito.
00:14Tiene otro proceso que afrontó también por el negociado con los vales de combustible y vamos a hacer referencia también a ese proceso.
00:21Pero hoy ponemos el foco, como les decía, en esta causa que terminó con su condena a seis años de cárcel porque hay una resolución por parte del juez de ejecución a cargo de esta causa.
00:33Arrancamos, señor director, con nuestras gráficas para exponer esta causa porque el excomandante de la Policía Nacional, Francisco Pastor Alvarenga, está condenado a seis años de cárcel por enriquecimiento ilícito.
00:46Hay que recordar que Francisco Alvarenga asumió como comandante de la Policía Nacional el 15 de agosto del año 2013 con la asunción de Horacio Manuel Cártez Jara al poder.
00:58Como presidente de la República, Horacio Cártez designa al ministro del Interior y allí sube Francisco Pastor Alvarenga Núñez como comandante.
01:06Estuvo en el cargo desde el 15 de agosto del año 2013 hasta el 21 de mayo del año 2015.
01:11¿Y por qué es importante hacer esta puntualización?
01:15Porque el periodo de tiempo que toma el Ministerio Público para analizar justamente sus ingresos y egresos va hasta el año 2015.
01:25Y teniendo en cuenta que el lapso de tiempo de estudio para establecer o para analizar el posible enriquecimiento ilícito puede ir hasta diez años,
01:33es el tiempo que se tomó el Ministerio Público.
01:37Desde octubre del año 2005 hasta marzo del año 2015 abarca el tiempo de análisis por parte de la Fiscalía en lo que hace a este enriquecimiento ilícito.
01:49Seis años de condena para él y esta sentencia que fue dictada el 21 de junio del año 2022.
01:56Y aquí tenemos al Tribunal de Sentencia que dictó ese fallo de primera instancia.
02:01Yolanda Portillo, presidenta de ese colegiado de sentencia, obtuvo como miembros a Yolanda Morel y a Elsa García.
02:10Un tribunal especializado en delitos económicos dictó este fallo en primera instancia.
02:15Pasamos a nuestra siguiente gráfica, señor director.
02:17¿Qué es lo que logró probar el Ministerio Público a lo largo de este juicio oral y público que termina con la condena en primera instancia para Francisco Pastor Alvarenga?
02:30Que él tuvo en ese lapso de tiempo, les decía, entre 2005 y 2015 ingresos por un total de 963 millones 15 mil 681 uraníes.
02:42Y además de esos ingresos que tuvo, también tuvo préstamos por 70 millones.
02:51Sumado a estos dos montos nos da ese ingreso total de 1.033 millones 15 mil 681 uraníes.
02:59Y de aquí parte la investigación del Ministerio Público porque primeramente se tuvo que determinar esto.
03:05¿Vo a ir la orecoa como ingreso legal Francisco Alvarenga para determinar si hubo o no enriquecimiento ilícito?
03:11A partir de este monto total de 1.033 millones se analizan los egresos que tuvo en ese tiempo, entre 2005 y 2015.
03:21Y vamos allí, señor director, porque lo que logró probar el Ministerio Público, la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción de la Fiscalía,
03:30es que en ese mismo lapso de tiempo, Francisco Pastor Alvarenga Núñez registró egresos por 2.315 millones 548 mil 547.
03:43¿En concepto de qué? Gastos familiares, compra de bienes muebles e inmuebles y vehículos automotores.
03:51Haciendo una resta entre los egresos que tuvo de 2.315 millones versus 1.033 millones de ingresos,
04:00se probó que hay un déficit de 1.183 millones 171.500 que para el Ministerio Público o para este Tribunal de Sentencia
04:11especializado en delitos económicos, Francisco Alvarenga no tiene cómo justificar.
04:16Moobire Nojé, Comón, Tocó, Alarega, Stajangua, en gastos familiares, compra de bienes muebles e inmuebles y vehículos automotores,
04:25si tus ingresos solamente fueron de 1.033 millones.
04:28Y es eso lo que se probó en Judicio Oral y Público.
04:31Por eso termina condenado por enriquecimiento ilícito en la función pública,
04:36porque en el tiempo que estuvo como comandante de la Policía Nacional para el Tribunal de Sentencia,
04:41obtuvo de manera ilícita este dinero, este monto de dinero.
04:46Y es lo que probaron los fiscales de delitos económicos y anticorrupción,
04:51Luis Piñanes y Natalia Fuster, en ese Judicio Oral y Público, que terminó, les decía, con este fallo.
04:56Pasamos a nuestra siguiente gráfica, señor director.
05:00Y esto es importante. ¿Por qué?
05:02Porque además de la sentencia condenatoria para Francisco Alvarenga,
05:07sentencia de prisión de seis años de cárcel,
05:11el Tribunal de Sentencia en primera instancia dictó el comiso de sus bienes por este monto.
05:181.110 millones 986 mil 525 guaraníes.
05:25¿En qué concepto este comiso de bienes se debe dar sobre las fincas 512, 513 y 514
05:34del distrito de Bocayatil del Iagú en Cordillera?
05:39O sea que, ah, Tres Terrenos Orecoa, Francisco Alvarenga,
05:43es lo que se va a comisar para llegar a ese monto que él no pudo justificar
05:48el tiempo que estuvo como comandante de la Policía.
05:50Además de estos inmuebles ubicados en Cordillera,
05:54también hay otros dos departamentos ubicados aquí,
05:57en la zona céntrica de Asunción, cerca de la Dirección Nacional de Aduanas.
06:03Es decir, al quedar firme esta sentencia,
06:06porque la defensa de Francisco Alvarenga recurrió hasta la Cámara de Apelaciones con un recurso,
06:12la Cámara de Apelaciones ratifica esta condena a seis años
06:15y también el comiso de sus bienes.
06:17Luego Francisco Alvarenga recurre hasta la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia
06:22con un recurso de casación,
06:24recurso que tampoco tuvo lugar en la máxima instancia judicial.
06:27Entonces, tanto los seis años de cárcel como este comiso de bienes está firme actualmente.
06:34Oye, ejecutarán esa sentencia dictada en primera instancia
06:38y ratificada luego por la Cámara de Apelaciones
06:40y por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
06:44Pero, ¿qué ocurrió también en este juicio?
06:46Además de la condena de Francisco Alvarenga y del comiso de sus bienes,
06:50hoy hay otra decisión muy importante que tomó el Tribunal de Sentencia.
06:55Y vamos allí porque el Ministerio Público había procesado,
07:00acusado y llevado a juicio a la esposa de Francisco Alvarenga.
07:05Estamos hablando de Mirta Evelina Rotella de Alvarenga,
07:08para quien el Ministerio Público también había solicitado una condena
07:12porque los fiscales Luis Piñanes y Natalia Fuster manifestaron en sus alegatos conclusivos
07:18que se probó en esta audiencia oral que también la señora Mirta Evelina Rotella de Alvarenga
07:25se enriqueció ilícitamente como funcionaria pública.
07:29¿Por qué?
07:29Porque ella estuvo como funcionaria del Ministerio de Salud Pública entre el 2013 y 2015.
07:38Y lo que concluyó este tribunal es que hay correspondencia entre los gastos e inversiones
07:44con los ingresos que tuvo Mirta Evelina Rotella de Alvarenga
07:48como funcionaria del Ministerio Público, del Ministerio de Salud Pública mejor dicho
07:53y también en ese tiempo estuvo como encargada de una clínica veterinaria privada
08:01entre 2013 y 2015 y obviamente eso también tiene ganancias
08:05o genera ahí la plata supera la clínica veterinaria
08:07además de ser funcionaria del Ministerio de Salud Pública.
08:11Es por eso que el tribunal dice
08:12En el caso de la señora Mirta Evelina hay correspondencia
08:18es por eso que terminó el caso para la señora Mirta Evelina de Alvarenga
08:24con su absolución de culpa y reproche.
08:27Es otra decisión que está firme y ya obviamente fue desligada de este proceso penal
08:33la esposa del excomandante de la Policía Nacional.
08:37Pasamos a nuestra siguiente gráfica señor director
08:39porque aquí hay que hacer referencia
08:42les decía que los fiscales Natalia Fuster y Luis Piñanes
08:45estuvieron a cargo de este proceso
08:48que hoy día tiene ya su etapa en el juzgado de ejecución
08:52especializado en delitos económicos, anticorrupción y crimen organizado.
08:56Los agentes del Ministerio Público habían solicitado
08:59para Francisco Alvarenga una condena a 8 años de cárcel
09:03y que su esposa sea condenada a 2 años y 6 meses de cárcel
09:08y aquí es importante porque si la señora Mirta Evelina terminaba condenada a 2 años y 6 meses
09:13iba a tener que cumplir esta sentencia también en una unidad penitenciaria.
09:19Va Ere, porque la suspensión de la ejecución de la pena
09:22se puede dar solamente si es que se dicta una sentencia hasta 2 años.
09:28También podría ir a la cárcel, pero hay la posibilidad de ser beneficiados
09:33con la suspensión de la ejecución de la condena si es que tu pena es hasta 2 años.
09:38Pero en su caso, la Ministerio Público llegó a la juicio de una condena a 2 años y 6 meses.
09:43Jamba Eze hizo la tribunal de sentencia especializado en elito económico.
09:46No, coapen no lle proba y la enriquecimiento ilícito en el caso de la señora Mirta.
09:51¿Por qué?
09:51Eso es lo que determinó el tribunal de sentencia
10:06y hay que decir allí que los agentes anticorrupción habían argumentado
10:12que la pareja, el matrimonio, entre 2005 y 2015
10:17no pudo justificar egresos por más de 2.048 millones de guaraníes.
10:25Recordarán ustedes que habíamos hablado de un déficit de poco más de 1.100 millones
10:29en lo que Francisco Alvarenga no pudo justificar.
10:32Sin embargo, para la Fiscalía, el Ministerio Público, los agentes fiscales
10:38el monto de déficit supera, superaba los 2.000 millones de guaraníes.
10:44Pero el tribunal de sentencia, haciendo el análisis de toda la documentación,
10:49de toda la evidencia de los testigos que presentó el Ministerio Público
10:52a la documento a Guarúa y la defensa,
10:55llegó que el monto no justificado por el matrimonio
11:00es inferior a lo que señaló el Ministerio Público en sus alegatos finales.
11:06Pasamos a nuestra siguiente gráfica, señor director.
11:08Porque, les decía, hay una resolución por parte del juzgado de ejecución
11:13que está a cargo de esta causa.
11:16Y esta resolución es de fecha 26 de noviembre de 2024.
11:21Es decir, Cuegeo y Traco Resolución COA
11:24por parte del juez de ejecución especializado en delitos económicos,
11:30anticorrupción y crimen organizado, Carlos Mendoza Jamba.
11:33Él hacía en su parte resolutiva.
11:34Es como vemos en pantalla, tener por recibida la presente causa en el presente proceso,
11:40seguido al señor Francisco Pastor Alvarenga,
11:42por la Comisión de Derecho Punible de Enriquecimiento Ilícito,
11:45por la cual ha sido condenado a la pena de seis años.
11:48Con segundo punto, veña a tener por ambas el ajedrez.
11:50Dejar sin efecto el auto interlocutorio número 402 del 24 de marzo del año 2021.
11:57¿Qué es lo que se había dictado a través de esta resolución?
12:01La jueza de garantías, Clara Ruiz Díaz, había otorgado medidas alternativas a la prisión para Francisco Alvarenga.
12:09Y lo que señala el juez de ejecución en este segundo punto es que se deja sin efecto aquella resolución de marzo del año 2021.
12:18Se revocan las medidas cautelares decretadas para Francisco Pastor Alvarenga y, en consecuencia,
12:25el número tres,
12:26intimar al señor Francisco Pastor Alvarenga para que en un plazo de 24 horas se ponga a disposición ante este juzgado
12:35o en su defecto en una comisaría o penitenciaría habilitada a los defectos de dar cumplimiento a lo establecido en la resolución condenatoria.
12:44Japeña, tende ponad que coparte, coa.
12:46¿Va e oicota a la Francisco Alvarenga noñe movío a disposición?
12:50En caso de no ponerse a disposición, se procederá, en tercer orden, a ordenar su captura en todo el territorio del país
12:59y, a tal efecto, notifíquese a las partes.
13:02Es lo que señala este autor interlocutorio dictado, emanado por el juzgado de ejecución a cargo de esta causa.
13:10¿Hasta cuándo tiene Francisco Pastor Alvarenga tiempo para presentarse?
13:14Hasta hoy, miércoles 27 de noviembre.
13:18Y hay que ver si se pone a disposición o si plantea algún recurso en contra de esta resolución emanada por el juzgado de garantías.
13:29Seis años de cárcel.
13:31Hay que tener en cuenta, y aquí vamos a pasar a nuestra siguiente gráfica, que él tiene una condena anterior.
13:36Por el caso de los vales de combustible.
13:39Esto había sido en complicidad con el suboficial Roberto Osorio.
13:43En aquella sentencia, y aquí tenemos la condena por el caso vales de combustible,
13:50se había dictado cuatro años de cárcel para el excomandante Francisco Pastor Alvarenga Núñez
13:58y para el suboficial Roberto Osorio la sentencia ocho años de cárcel.
14:02¿Qué es lo que en ese juicio se probó?
14:05Que Francisco Alvarenga y Roberto Osorio causaron un daño a la Policía Nacional de 1.159.242.000 jamba hecha
14:19o causar daño patrimonial, jicuey, lo que se había probado en juicio es que utilizaron 183 tarjetas denominadas tarjetas free
14:30que otorgó el emblema Petropar, la petrolera estatal, a la Policía Nacional para cargar combustible a los móviles de la Policía Nacional.
14:40Y según lo probado en juicio, Francisco Alvarenga, en complicidad con Roberto Osorio,
14:47utilizaron irregularmente estos vales de combustible.
14:51Y allí nos preguntamos, ¿eres la comandante Oñez condenada a cuatro años, jala a Roberto Osorio a ocho?
14:59Y lo que se probó en juicio, según el fallo dictado y que está firme,
15:03es que Francisco Alvarenga es autor de lesión de confianza, carácter de autor,
15:10porque es la comandante, es la ordenador de gastos.
15:14En el hecho de lesión de confianza, Roberto Osorio fue su cómplice,
15:17pero en juicio se probó que el sudo oficial fue autor de la producción de documentos no auténticos
15:23y allí entró en concurso dos hechos punibles ya.
15:26Por eso que la condena dictada para Roberto Osorio en el caso vales de combustible fue mayor.
15:31Este caso vales de combustible tuvo dos desprendimientos
15:35y la condena que termina, o la sentencia, la causa, digo bien,
15:40que termina con la condena de Francisco Alvarenga, justamente se desprendió de este,
15:44enriquecimiento ilícito.
15:46Y Roberto Osorio también afrontó un proceso junto a su esposa, Adalisa Rosa,
15:52otro proceso por enriquecimiento ilícito, y también terminaron condenados.
15:56Roberto Osorio a ocho años, además de este caso,
15:59y su esposa a cuatro años y seis meses, actualmente están compurgando sus penas
16:04en unidades penitenciarias.
16:06Así es que dos procesos, dos condenas,
16:09y allí nos preguntaremos por qué se intima a Francisco Alvarenga
16:15para que se presente.
16:16¿Acaso no cumplir y final a cuatro años de condena por el caso vales de combustible?
16:19Y lo que pasa es que en esta última parte de la sentencia de cuatro años
16:25por el caso vales de combustible, él compurgó Francisco Alvarenga
16:28o cumplir la condena ya con arresto domiciliario.
16:31Y eso ya finalizó, porque se había dictado en diciembre del 2018 esta condena.
16:37O sea que ya oye cumplipámalo y plazo,
16:40ja, upe, ja, huele, co, an, oye, dictá, oñe, intima,
16:42su,pe, oñe, presenta, janguá, para compulgar su pena a seis años de cárcel
16:46o en su defecto.
16:47Y esto se podría dar mañana si es que no se presenta
16:49o si es que no plantea algún recurso su defensa,
16:53se podría ya dictar su orden de captura en todo el país
16:56para dar cumplimiento a esta sentencia que está firme.
17:00Este es el caso de Francisco Alvarenga,
17:02ex comandante de la Policía Nacional debe cumplir su condena
17:05entonces a seis años de cárcel por enriquecimiento ilícito.
Sé la primera persona en añadir un comentario
Añade tu comentario

Recomendada