00:00Si me permitís, quiero introducir un poquito el tema para que la gente sepa bien de qué vamos a hablar.
00:06Esta mañana le llamamos a Humberto Franco, director de Asuntos Ambientales de la Contraloría.
00:18Asuntos Ambientales de la Contraloría.
00:21¿Pero por qué le llamamos?
00:22Le llamamos a raíz de que el día de ayer la Contraloría estuvo repartiendo a numerosas reparticiones públicas,
00:34repartiendo a reparticiones, perdón, incluido el presidente de la República, la Corte Suprema,
00:42un informe sobre el ambiente, referido a estaciones de servicio y su impacto ambiental.
00:52Entonces le llamamos a Franco para preguntarle en qué parte de la Constitución o de la ley
00:58existe una autorización para la Contraloría General de la República para realizar investigaciones ambientales.
01:08Porque el artículo 281 de nuestra Constitución lo que dice es que la Contraloría se dedica a temas contables.
01:15No sé, ¿qué nos contestó Humberto?
01:20Y Humberto contestó que no, que ellos tienen una interpretación extensiva
01:24y que ellos, por tanto, se atribuyen una especie de poder de vigilancia para realizar informes ambientales.
01:36Pero bueno, ¿puede o no puede la Contraloría hacer una interpretación extensiva de las atribuciones que le confiere el artículo 281?
01:45Bueno, antes que nada, agradecerte por supuesto el espacio, porque casualmente esta mañana estábamos hablando en oficina con papá y con otros abogados
02:01de crecientes ingresos del Estado a todas las esferas de actividad privada de una persona.
02:13Y esto no viene a ser otra cosa que un ejemplo de esa tensión que le mencionaban desde la Contraloría.
02:21Según la noticia, porque en realidad no leí el informe, ABC publica que en la recomendación de una Dirección General de Control de Gestión Ambiental y Cultural del Estado de la Contraloría
02:38hay un montón de problemas en la opinión de esa dirección en el marco del ambiente.
02:46Esa es una dirección que no está en la ley orgánica de la Contraloría.
02:50O sea, la propia Constitución que tiene reglamentación a nivel normativo de menor jerarquía en el marco de la ley orgánica de la Contraloría
03:01establece un montón de direcciones, pero esta no está.
03:05O sea, que habría que ver inclusive cuál es el funcionamiento normativo de una dirección que no aparece en la ley.
03:11Segundo, lo que mencionabas en la Constitución no está tampoco autorizándole a la Contraloría otra cosa que lo que tenga que ver con irregularidades de ejecución presupuestaria,
03:27justificación de ingresos de las finanzas públicas, verificación de gastos, por ejemplo, del Poder Judicial, actividad económica, financiera del Estado.
03:40O sea, cuando vos miras la disposición macro en la Constitución, Contraloría es prácticamente equivalente a fiscalización contada.
03:50Entonces, esto además se ve en todas las otras normas, no sólo la orgánica de la propia Contraloría, sino que inclusive en la ley de la Administración Financiera del Estado.
04:03Y así como ellos pueden pedir, requerir, informar, dictaminar, las entidades requeridas o a quienes se les pide informe o a quienes se les pide ciertas verificaciones,
04:18también tienen en sus propias leyes esa vinculación normativa con la Contraloría.
04:24O sea, así como la Contraloría puede pedirle algo al Banco Central, en lo que a gestión contable refiere, también tiene el Banco Central en su norma.
04:33El deber de dárselo, inclusive rompiendo el deber del secreto, por darte un ejemplo.
04:38Entonces, de lo que yo leí, no hay en ningún lado de la Constitución, ni en ninguna norma de menor jerarquía,
04:47ninguna atribución ni constitucional ni legal para que la Contraloría pueda decir algo en materia ambiental.
04:56Al contrario, hay una superposición de atribuciones que hoy están en poder del MADES, de lo que antes era la CEAM.
05:03Entonces, yo no sé con qué criterio Contraloría puede decir o no decir algo, puede ver el ámbito reglado de sus competencias.
05:14En mi opinión no existe esa competencia.
05:15Bueno, yo estoy, o sea, simplemente decirte que estoy de un millón de acuerdo contigo es la posición que yo sostuve esta mañana,
05:24pero me parece muy peligroso que funcionarios públicos, o sea, que funcionarios públicos estén gastando dinero del pueblo
05:32en la realización de actos que están fuera de su competencia.
05:38Pero voy a tratar de enmarcar un poquito el punto que quiero, ¿por qué me parece a mí tan grave esto?
05:45Me parece luego gravísimo, de una gravedad realmente escandalosa.
05:51Y es la siguiente cuestión.
05:54El artículo 3 de nuestra Constitución, y yo no te lo digo a vos, porque vos dominás esto mucho más que yo,
06:00pero para la gente que nos está escuchando, señala categóricamente que en la República del Paraguay
06:07ningún poder puede atribuirse o atribuir a otros más poder que el que la Constitución le confiere.
06:17Artículo 3.
06:19Y el artículo 137 dice, la ley suprema es la Constitución y todo lo demás tiene que estar ajustado con la Constitución.
06:27La pirámide que el sé.
06:28Entonces, ¿qué viene a decirnos Humberto?
06:33Humberto viene a decirnos que no, que a él no le importa el artículo 3,
06:36que le importa menos todavía el 137,
06:40y que la Contraloría por sí y ante sí
06:42se atribuye poderes que la Constitución no le confiere
06:46para realizar auditorías ambientales,
06:50para satisfacer no sé a quién,
06:52porque el pueblo paraguayo y la Constitución no le dieron ese poder a la Contraloría.
06:59Entonces, si se desarrolla el argumento hasta las últimas consecuencias,
07:02y hay que desarrollarlo hasta las últimas consecuencias,
07:06Humberto lo que está reclamando simplemente es el fin del Estado de Derecho.
07:09Y su reemplazo por un grupo de voluntaristas que dice qué es lo que les da la gana hacer
07:15y qué es lo que no les da la gana hacer.
07:17El principio de legalidad totalmente destruido.
07:20La propia Constitución no solamente donde mencionabas
07:26establece en el listado, digamos, de atribuciones que tiene la Contraloría
07:33en su último numeral,
07:35todos los demás deberes y atribuciones que fije esta Constitución
07:40y que fije en las leyes, artículo 283.
07:43Ese es el principio de legalidad en definitiva.
07:46Porque lo que hay que entender siempre es que
07:48la Constitución no es un catálogo de derechos para la función pública.
07:54Exacto.
07:54Es un catálogo de atribuciones para la función pública.
07:59La parte de derechos es para la gente,
08:02no es para el Estado.
08:04Porque la gente tiene derechos,
08:05pero el Estado tiene atribución.
08:08De ahí que a mí me vincule como persona que vive en este país
08:12un principio de licitud en el sentido de que puedo hacer todo
08:17salvo que esté prohibido
08:19y los funcionarios tienen un principio de legalidad
08:22que pueden hacer solo lo que está expresamente autorizado.
08:28Esa versión de interpretación extensiva
08:31no solamente viola normas constitucionales
08:34sino que viola un principio de legalidad
08:37y a su vez la esencia republicana de toda Constitución.
08:41Es decir, la limitación del poder público.
08:45Por ende, lo que dice Humberto no se puede aceptar
08:47ni teórica, ni normativa, ni políticamente te diría
08:52porque esto si bien se entregó en manos del Presidente de la República
08:57el Presidente de la República podrá o no actuar en consecuencia
09:01pero este no es el campo de la Contraloría.
09:05Este podrá ser el campo del MADES.
09:07Es como que yo empiece a hacer como abogado
09:10dictámenes sobre la salud de la gente.
09:13Me volvería un curandero, en definitiva.
09:15Yo no tengo capacidad de hacer ningún tipo de opinión
09:19fuera del ámbito de mi competencia.
09:21Yo no le puedo declarar enfermo a alguien
09:23o puedo declarar resistente un puente que es propio de la ingeniería.
09:28La misma cosa acá.
09:30La Contraloría se está accediendo
09:31y lo que decía Humberto plantea no un exceso
09:35de la interpretación, sino un exceso de él
09:38como representante de una institución
09:40que se va más allá de lo que tiene autorizado.
09:44Entonces no se puede aceptar esa opinión.
09:46Ahora, acá tenemos un problema, Mané,
09:50que para mí, yo me quedé hoy anonadado
09:54y te lo digo en serio.
09:56No voy a entrar en la cuestión propia del informe
09:59que también es discutible,
10:01por eso después de hablar contigo recién lo voy a recordar.
10:04Me quedé anonadado por una cuestión.
10:08¿Vos sabías que la Contraloría
10:10viene haciendo esto desde hace años?
10:13Es decir, que en nuestro país
10:16hemos normalizado una groserísima violación
10:20del Estado de Derecho
10:22desde la Contraloría General de la República
10:24y que todo el mundo calladito mirando para otro lado.
10:29Hoy saltó esto porque estaba en la etapa de ABC,
10:33porque de lo contrario hubiera seguido,
10:35pero con toda tranquilidad.
10:37Entonces, ¿cómo puede ser
10:39que no haya habido ningún organismo
10:42constitucional paraguayo
10:45que le haya dicho a la Contraloría
10:47desde el día cero,
10:48chicos, ustedes no pueden hacer esto?
10:50Este, hay algo que no está funcionando
10:53y que le permite a la Contraloría
10:56sobrepasar su propio ámbito
10:59de actuación reglado por la Constitución
11:01y por la ley
11:01impunemente.
11:03Yo le dije a Humberto una cosa
11:06que a mucha gente le parece excesiva,
11:10a alguna gente le parece graciosa.
11:12Te lo cuento solo como referencia, Mane.
11:15Humberto, vos tenés que estar en la cárcel,
11:16le dije.
11:18Vos tenés que irte a la cárcel por esto.
11:21Lo cual no significa que no estoy
11:22trabajando sobre su presunción de inocencia,
11:25ni que...
11:25No, no, no.
11:27Digo, espera un momento.
11:28Ustedes están en una violación flagrante
11:31de la Constitución, de la ley
11:33y del concepto del Estado de Derecho.
11:35Ustedes actúan así
11:37y además están orgullosos de actuar así.
11:40Lugarle ustedes en la cárcel.
11:42Porque no podemos, los paraguayos,
11:44a no ser que me digan,
11:45no, no, acá se declaró,
11:46o ya hacemos cada uno lo que quiera, ¿verdad?
11:48No sé.
11:51No se puede aceptar.
11:52Honestamente no se puede aceptar
11:54porque inclusive,
11:56yo no conocía esta dirección.
11:59Honestamente te lo digo yo,
12:00leyendo las noticias,
12:01veo que hay una dirección
12:02de gestión ambiental, etcétera,
12:04que no está en la ley de la Contraloría.
12:07Buscando en Internet,
12:09vi que hay una noticia
12:10publicada por la Contraloría
12:11que estuvo en una expo green,
12:13una exposición verde
12:14en algún momento dado
12:15hace un par de años.
12:17Y esta dirección lo que hace es
12:19traducir el mandato
12:21constitucional del medio ambiente,
12:23o sea, el artículo 7,
12:25en una misión
12:26y en una visión
12:27al interior de la Contraloría.
12:28Yo digo que,
12:30¿cómo por ejemplo
12:31la Contraloría
12:31que tiene alcance nacional
12:33va a atender
12:34la cuestión ambiental
12:36de un municipio
12:37que constitucionalmente
12:38es municipal?
12:40¿O cómo la Contraloría
12:42va a partir
12:42de los supuestos
12:43incumplimientos
12:44que encuentra
12:45en su informe
12:46o en su evaluación
12:47a generar una denuncia
12:49que no puede hacer
12:50porque no tiene prerrogativa,
12:52de la que tiene que provenir
12:53una acción penal pública
12:54que es,
12:55en términos ambientales,
12:56también prerrogativa
12:57al Ministerio Público?
12:58O sea,
12:59la superposición
13:00es enorme.
13:02Habría que ver,
13:03por ejemplo,
13:03cómo se conciliaría
13:04que una de las direcciones
13:06que sí existen
13:07del MADES
13:07dice lo contrario.
13:09Porque en el tema
13:10de los recursos hídricos,
13:12por ejemplo,
13:12que dije,
13:13estaba en la conclusión
13:13de la noticia,
13:14hay una ley paraguaya
13:16de recursos
13:17y causes hídricos
13:18cuya autoridad
13:19de aplicación
13:20en ese momento
13:21era la CEAM,
13:22hoy es el MADES.
13:23Entonces,
13:24¿por qué va a estar
13:24metiendo la nariz
13:25una institución
13:26que no da
13:28licencias ambientales
13:29a sostener
13:32irregularidades ambientales
13:34que no puede sostener
13:35pese a que existen
13:37actividades
13:37licenciadas
13:39porque no dañan
13:40el ambiente
13:40según quien sí
13:41se puede dar
13:42por atribución
13:43legal o constitucional
13:44autorización
13:45para tal actividad?
13:46Sacando al margen,
13:48por ejemplo,
13:48el ejemplo
13:48de las estaciones
13:49de servicio,
13:50llevar esto
13:50al extremo
13:51a lo que quieras,
13:52podar el árbol
13:53de tu hereda,
13:55limpiar el fondo
13:56de tu monte,
13:58lo que quieras.
13:59Entonces,
13:59no se puede aceptar
14:01porque directamente
14:03no hay ninguna
14:05atribución reglada
14:06en términos normativos
14:07que sostenga
14:08ni la opinión
14:09de Humberto
14:09ni la existencia
14:11de esta dirección
14:12ni el supuesto informe
14:14en el cual se basa
14:15la propia Contraloría.
14:18ni la opinión
14:19ni la opinión
14:20de la opinión
14:21en el cual se basa
14:21la opinión
14:22de la opinión
14:23de la opinión
14:23de la opinión
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