- hace 2 días
Desde combustibles con componentes potencialmente contaminantes de cursos hídricos (superficiales y subterráneos) hasta la falta de una legislación que ordene la utilización de equipos de protección para los trabajadores de servicentros evidencia un lapidario informe técnico de alerta de la Contraloría General de la República (CGR). El presidente Santiago Peña recibió ayer el documento. También se remitió a Erssan, Petropar y DNCP.
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00:00Si me permitís, quiero introducir un poquito el tema para que la gente sepa bien de qué vamos a hablar.
00:06Esta mañana le llamamos a Humberto Franco, director de Asuntos Ambientales de la Contraloría.
00:18Asuntos Ambientales de la Contraloría.
00:21¿Pero por qué le llamamos?
00:22Le llamamos a raíz de que el día de ayer la Contraloría estuvo repartiendo a numerosas reparticiones públicas,
00:34repartiendo a reparticiones, perdón, incluido el presidente de la República, la Corte Suprema,
00:42un informe sobre el ambiente, referido a estaciones de servicio y su impacto ambiental.
00:52Entonces le llamamos a Franco para preguntarle en qué parte de la Constitución o de la ley
00:58existe una autorización para la Contraloría General de la República para realizar investigaciones ambientales.
01:08Porque el artículo 281 de nuestra Constitución lo que dice es que la Contraloría se dedica a temas contables.
01:15No sé, ¿qué nos contestó Humberto?
01:20Y Humberto contestó que no, que ellos tienen una interpretación extensiva
01:24y que ellos, por tanto, se atribuyen una especie de poder de vigilancia para realizar informes ambientales.
01:36Pero bueno, ¿puede o no puede la Contraloría hacer una interpretación extensiva de las atribuciones que le confiere el artículo 281?
01:45Bueno, antes que nada, agradecerte por supuesto el espacio, porque casualmente esta mañana estábamos hablando en oficina con papá y con otros abogados
02:01de crecientes ingresos del Estado a todas las esferas de actividad privada de una persona.
02:13Y esto no viene a ser otra cosa que un ejemplo de esa tensión que le mencionaban desde la Contraloría.
02:21Según la noticia, porque en realidad no leí el informe, ABC publica que en la recomendación de una Dirección General de Control de Gestión Ambiental y Cultural del Estado de la Contraloría
02:38hay un montón de problemas en la opinión de esa dirección en el marco del ambiente.
02:46Esa es una dirección que no está en la ley orgánica de la Contraloría.
02:50O sea, la propia Constitución que tiene reglamentación a nivel normativo de menor jerarquía en el marco de la ley orgánica de la Contraloría
03:01establece un montón de direcciones, pero esta no está.
03:05O sea, que habría que ver inclusive cuál es el funcionamiento normativo de una dirección que no aparece en la ley.
03:11Segundo, lo que mencionabas en la Constitución no está tampoco autorizándole a la Contraloría otra cosa que lo que tenga que ver con irregularidades de ejecución presupuestaria,
03:27justificación de ingresos de las finanzas públicas, verificación de gastos, por ejemplo, del Poder Judicial, actividad económica, financiera del Estado.
03:40O sea, cuando vos miras la disposición macro en la Constitución, Contraloría es prácticamente equivalente a fiscalización contada.
03:50Entonces, esto además se ve en todas las otras normas, no sólo la orgánica de la propia Contraloría, sino que inclusive en la ley de la Administración Financiera del Estado.
04:03Y así como ellos pueden pedir, requerir, informar, dictaminar, las entidades requeridas o a quienes se les pide informe o a quienes se les pide ciertas verificaciones,
04:18también tienen en sus propias leyes esa vinculación normativa con la Contraloría.
04:24O sea, así como la Contraloría puede pedirle algo al Banco Central, en lo que a gestión contable refiere, también tiene el Banco Central en su norma.
04:33El deber de dárselo, inclusive rompiendo el deber del secreto, por darte un ejemplo.
04:38Entonces, de lo que yo leí, no hay en ningún lado de la Constitución, ni en ninguna norma de menor jerarquía,
04:47ninguna atribución ni constitucional ni legal para que la Contraloría pueda decir algo en materia ambiental.
04:56Al contrario, hay una superposición de atribuciones que hoy están en poder del MADES, de lo que antes era la CEAM.
05:03Entonces, yo no sé con qué criterio Contraloría puede decir o no decir algo, puede ver el ámbito reglado de sus competencias.
05:14En mi opinión no existe esa competencia.
05:15Bueno, yo estoy, o sea, simplemente decirte que estoy de un millón de acuerdo contigo es la posición que yo sostuve esta mañana,
05:24pero me parece muy peligroso que funcionarios públicos, o sea, que funcionarios públicos estén gastando dinero del pueblo
05:32en la realización de actos que están fuera de su competencia.
05:38Pero voy a tratar de enmarcar un poquito el punto que quiero, ¿por qué me parece a mí tan grave esto?
05:45Me parece luego gravísimo, de una gravedad realmente escandalosa.
05:51Y es la siguiente cuestión.
05:54El artículo 3 de nuestra Constitución, y yo no te lo digo a vos, porque vos dominás esto mucho más que yo,
06:00pero para la gente que nos está escuchando, señala categóricamente que en la República del Paraguay
06:07ningún poder puede atribuirse o atribuir a otros más poder que el que la Constitución le confiere.
06:17Artículo 3.
06:19Y el artículo 137 dice, la ley suprema es la Constitución y todo lo demás tiene que estar ajustado con la Constitución.
06:27La pirámide que el sé.
06:28Entonces, ¿qué viene a decirnos Humberto?
06:33Humberto viene a decirnos que no, que a él no le importa el artículo 3,
06:36que le importa menos todavía el 137,
06:40y que la Contraloría por sí y ante sí
06:42se atribuye poderes que la Constitución no le confiere
06:46para realizar auditorías ambientales,
06:50para satisfacer no sé a quién,
06:52porque el pueblo paraguayo y la Constitución no le dieron ese poder a la Contraloría.
06:59Entonces, si se desarrolla el argumento hasta las últimas consecuencias,
07:02y hay que desarrollarlo hasta las últimas consecuencias,
07:06Humberto lo que está reclamando simplemente es el fin del Estado de Derecho.
07:09Y su reemplazo por un grupo de voluntaristas que dice qué es lo que les da la gana hacer
07:15y qué es lo que no les da la gana hacer.
07:17El principio de legalidad totalmente destruido.
07:20La propia Constitución no solamente donde mencionabas
07:26establece en el listado, digamos, de atribuciones que tiene la Contraloría
07:33en su último numeral,
07:35todos los demás deberes y atribuciones que fije esta Constitución
07:40y que fije en las leyes, artículo 283.
07:43Ese es el principio de legalidad en definitiva.
07:46Porque lo que hay que entender siempre es que
07:48la Constitución no es un catálogo de derechos para la función pública.
07:54Exacto.
07:54Es un catálogo de atribuciones para la función pública.
07:59La parte de derechos es para la gente,
08:02no es para el Estado.
08:04Porque la gente tiene derechos,
08:05pero el Estado tiene atribución.
08:08De ahí que a mí me vincule como persona que vive en este país
08:12un principio de licitud en el sentido de que puedo hacer todo
08:17salvo que esté prohibido
08:19y los funcionarios tienen un principio de legalidad
08:22que pueden hacer solo lo que está expresamente autorizado.
08:28Esa versión de interpretación extensiva
08:31no solamente viola normas constitucionales
08:34sino que viola un principio de legalidad
08:37y a su vez la esencia republicana de toda Constitución.
08:41Es decir, la limitación del poder público.
08:45Por ende, lo que dice Humberto no se puede aceptar
08:47ni teórica, ni normativa, ni políticamente te diría
08:52porque esto si bien se entregó en manos del Presidente de la República
08:57el Presidente de la República podrá o no actuar en consecuencia
09:01pero este no es el campo de la Contraloría.
09:05Este podrá ser el campo del MADES.
09:07Es como que yo empiece a hacer como abogado
09:10dictámenes sobre la salud de la gente.
09:13Me volvería un curandero, en definitiva.
09:15Yo no tengo capacidad de hacer ningún tipo de opinión
09:19fuera del ámbito de mi competencia.
09:21Yo no le puedo declarar enfermo a alguien
09:23o puedo declarar resistente un puente que es propio de la ingeniería.
09:28La misma cosa acá.
09:30La Contraloría se está accediendo
09:31y lo que decía Humberto plantea no un exceso
09:35de la interpretación, sino un exceso de él
09:38como representante de una institución
09:40que se va más allá de lo que tiene autorizado.
09:44Entonces no se puede aceptar esa opinión.
09:46Ahora, acá tenemos un problema, Mané,
09:50que para mí, yo me quedé hoy anonadado
09:54y te lo digo en serio.
09:56No voy a entrar en la cuestión propia del informe
09:59que también es discutible,
10:01por eso después de hablar contigo recién lo voy a recordar.
10:04Me quedé anonadado por una cuestión.
10:08¿Vos sabías que la Contraloría
10:10viene haciendo esto desde hace años?
10:13Es decir, que en nuestro país
10:16hemos normalizado una groserísima violación
10:20del Estado de Derecho
10:22desde la Contraloría General de la República
10:24y que todo el mundo calladito mirando para otro lado.
10:29Hoy saltó esto porque estaba en la etapa de ABC,
10:33porque de lo contrario hubiera seguido,
10:35pero con toda tranquilidad.
10:37Entonces, ¿cómo puede ser
10:39que no haya habido ningún organismo
10:42constitucional paraguayo
10:45que le haya dicho a la Contraloría
10:47desde el día cero,
10:48chicos, ustedes no pueden hacer esto?
10:50Este, hay algo que no está funcionando
10:53y que le permite a la Contraloría
10:56sobrepasar su propio ámbito
10:59de actuación reglado por la Constitución
11:01y por la ley
11:01impunemente.
11:03Yo le dije a Humberto una cosa
11:06que a mucha gente le parece excesiva,
11:10a alguna gente le parece graciosa.
11:12Te lo cuento solo como referencia, Mane.
11:15Humberto, vos tenés que estar en la cárcel,
11:16le dije.
11:18Vos tenés que irte a la cárcel por esto.
11:21Lo cual no significa que no estoy
11:22trabajando sobre su presunción de inocencia,
11:25ni que...
11:25No, no, no.
11:27Digo, espera un momento.
11:28Ustedes están en una violación flagrante
11:31de la Constitución, de la ley
11:33y del concepto del Estado de Derecho.
11:35Ustedes actúan así
11:37y además están orgullosos de actuar así.
11:40Lugarle ustedes en la cárcel.
11:42Porque no podemos, los paraguayos,
11:44a no ser que me digan,
11:45no, no, acá se declaró,
11:46o ya hacemos cada uno lo que quiera, ¿verdad?
11:48No sé.
11:51No se puede aceptar.
11:52Honestamente no se puede aceptar
11:54porque inclusive,
11:56yo no conocía esta dirección.
11:59Honestamente te lo digo yo,
12:00leyendo las noticias,
12:01veo que hay una dirección
12:02de gestión ambiental, etcétera,
12:04que no está en la ley de la Contraloría.
12:07Buscando en Internet,
12:09vi que hay una noticia
12:10publicada por la Contraloría
12:11que estuvo en una expo green,
12:13una exposición verde
12:14en algún momento dado
12:15hace un par de años.
12:17Y esta dirección lo que hace es
12:19traducir el mandato
12:21constitucional del medio ambiente,
12:23o sea, el artículo 7,
12:25en una misión
12:26y en una visión
12:27al interior de la Contraloría.
12:28Yo digo que,
12:30¿cómo por ejemplo
12:31la Contraloría
12:31que tiene alcance nacional
12:33va a atender
12:34la cuestión ambiental
12:36de un municipio
12:37que constitucionalmente
12:38es municipal?
12:40¿O cómo la Contraloría
12:42va a partir
12:42de los supuestos
12:43incumplimientos
12:44que encuentra
12:45en su informe
12:46o en su evaluación
12:47a generar una denuncia
12:49que no puede hacer
12:50porque no tiene prerrogativa,
12:52de la que tiene que provenir
12:53una acción penal pública
12:54que es,
12:55en términos ambientales,
12:56también prerrogativa
12:57al Ministerio Público?
12:58O sea,
12:59la superposición
13:00es enorme.
13:02Habría que ver,
13:03por ejemplo,
13:03cómo se conciliaría
13:04que una de las direcciones
13:06que sí existen
13:07del MADES
13:07dice lo contrario.
13:09Porque en el tema
13:10de los recursos hídricos,
13:12por ejemplo,
13:12que dije,
13:13estaba en la conclusión
13:13de la noticia,
13:14hay una ley paraguaya
13:16de recursos
13:17y causes hídricos
13:18cuya autoridad
13:19de aplicación
13:20en ese momento
13:21era la CEAM,
13:22hoy es el MADES.
13:23Entonces,
13:24¿por qué va a estar
13:24metiendo la nariz
13:25una institución
13:26que no da
13:28licencias ambientales
13:29a sostener
13:32irregularidades ambientales
13:34que no puede sostener
13:35pese a que existen
13:37actividades
13:37licenciadas
13:39porque no dañan
13:40el ambiente
13:40según quien sí
13:41se puede dar
13:42por atribución
13:43legal o constitucional
13:44autorización
13:45para tal actividad?
13:46Sacando al margen,
13:48por ejemplo,
13:48el ejemplo
13:48de las estaciones
13:49de servicio,
13:50llevar esto
13:50al extremo
13:51a lo que quieras,
13:52podar el árbol
13:53de tu hereda,
13:55limpiar el fondo
13:56de tu monte,
13:58lo que quieras.
13:59Entonces,
13:59no se puede aceptar
14:01porque directamente
14:03no hay ninguna
14:05atribución reglada
14:06en términos normativos
14:07que sostenga
14:08ni la opinión
14:09de Humberto
14:09ni la existencia
14:11de esta dirección
14:12ni el supuesto informe
14:14en el cual se basa
14:15la propia Contraloría.
14:18ni la opinión
14:19ni la opinión
14:20de la opinión
14:21en el cual se basa
14:21la opinión
14:22de la opinión
14:23de la opinión
14:23de la opinión
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