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  • hace 7 horas
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado de Paraguay por las torturas contra el oficial inspector de policía Jorge Luis López Sosa, en el año 2000 en el contexto de un supuesto intento de golpe de Estado. El entonces Ministro del Interior Walter Bower es uno de los involucrados y el Estado deberá abonar 50 mil dólares por los daños ocasionados.

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Transcripción
00:00Y el Estado paraguayo deberá pagar unos 50 mil dólares a un agente de policial porque supuestamente se fue sometido a torturas.
00:11La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió esta resolución en específico.
00:18El entonces ministro del Interior en los años 2000, Walter Bower, está involucrado en esta tortura.
00:26La Corte Interamericana de Derechos Humanos
00:56declaró la responsabilidad internacional del Estado de Paraguay por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, garantías judiciales y protección judicial
01:09en perjuicio del señor Jorge Luis López Sosa debido a las torturas a las que fue sometido
01:15y las posteriores fallas ocurridas en el marco del proceso penal, iniciado a raíz de la denuncia interpuesta por éste.
01:23La Corte Interamericana de Derechos Humanos por unanimidad declaró
01:291. El Estado es responsable por la violación de los artículos 7.1, 7.2, 7.4 y 7.5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
01:41en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento en perjuicio del señor López Sosa en los términos de los párrafos 72 a 86.
01:52Además, la Corte consideró que el maltrato infligido a López por parte de agentes estatales fue intencional,
01:58le produjo severos sufrimientos físicos y psíquicos y además se realizó con el objetivo de obtener de él
02:04una confesión sobre su alegada participación y la de otros compañeros en el fallido golpe de Estado.
02:10El Estado pagará las cantidades fijadas en los párrafos 151 y 155 por concepto de indemnización por daño material e inmaterial,
02:21costas y gastos en los términos de los párrafos 156 a 161.
02:289. El Estado, dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de esta sentencia,
02:35rendirá al Tribunal un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la misma.
02:399. El Estado, dentro del plazo de un año contado a partir de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de la notificación de
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