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  • hace 2 días
El titular de Asucop, Juan Vera, fue condenado hoy por lesionar la intimidad de la periodista Mercedes “Menchi” Barriocanal, al publicar en redes sociales el número de celular de la comunicadora e instar a que la hostiguen por su postura en referencia al proyecto de transformación educativa.

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Transcripción
00:00¿Concretamente qué pasó? ¿Se le condena? ¿Qué tiene que hacer?
00:05Explica toda esa parte técnica, vamos a decir.
00:08Concretamente este es un hecho punible, me refiero a la violación en la intimidad de las personas,
00:14en virtud al cual se le creyó a Juan Berán en su oportunidad.
00:20Decía que es un hecho punible que no prevé la pena privativa de libertad
00:24y prevé efectivamente la posibilidad de una multa que es lo que se aplicó, ¿verdad?
00:30No analógicamente, pero sí atendiendo a otras penas de multa establecidas en el Código Penal,
00:38yo diría que es una pena de multa muy importante la que se impuso hoy,
00:42puesto que equivale a 180 días multas que, como decía yo,
00:48eso considerando las otras multas establecidas en el Código es bastante elevado, ¿verdad?
00:53Entonces hoy tenemos la confirmación del fallo que sanciona efectivamente a Juan Berán,
00:59podríamos decir que con una vara bastante elevada en el tenor de la multa establecida.
01:0753 millones.
01:08Así es, número más o menos, pero ahí está.
01:10¿Y esa disposición de entregar esa plata a unas escuelas,
01:15¿es de Juan Berán o es de la jueza o es de ustedes? ¿Cómo es?
01:19No, no, no. En realidad la jueza lo que determinó es que el dinero tiene que ser destinado al Estado paraguayo,
01:27quien va a hacer la utilización del mismo como le parezca mejor,
01:33pero dio una aclaración de que no es factible en este Estado del juicio
01:39de definir a qué entidad pública efectivamente va a ir destinado a eso.
01:45Solo que como representación técnica hemos nosotros propuesto,
01:51porque la idea efectivamente, Enrique, es establecer una manifestación de parte,
02:00hemos propuesto que la misma vaya para el sistema de las escuelas públicas, ¿verdad?
02:06De alguna forma tiene razón la jueza cuando señala de que en este estadio
02:12no se puede definir a cuál escuela, pero queríamos dejar establecido
02:17que lo que pretendemos es apoyar la educación nacional.
02:20Correctísimo. Me llama la atención, Harry, sinceramente te digo,
02:25me estoy sorprendido por lo que estoy escuchando,
02:26porque yo hubiera pensado que el beneficio de la condena tiene que ir a la víctima
02:34y no al Estado paraguayo. El Estado paraguayo no es la víctima.
02:37¿Por qué esta plata no se fue a Menchi?
02:41Se abre esa posibilidad que mencionas.
02:45A través de la figura de la composición, una persona puede reclamar que otra sea condenada
02:51e independientemente a ello, sea satisfecha con un monto patrimonial.
03:01Pero desde un inicio se aclaró que no era la intención, ni de Menchi de Arrocanal,
03:07ni la de su familia, aprovecharse o recibir un provecho, mejor dicho, económico de todo esto.
03:15No es un perjuicio de esa índole, lo que ella recibió.
03:22Al contrario, es un perjuicio de carácter íntimamente personal.
03:29Sí, moral.
03:29Muy sencillo, exacto.
03:31Y por ende, la idea era de que se utilice esto como una suerte de demostración
03:36para la obtención de un bien social.
03:40Yo estoy totalmente de acuerdo contigo, Harry.
03:42A lo mejor me expresé, 100%.
03:44Perdóname, pero esta curiosidad particularísima, ¿verdad?
03:46No, yo estoy totalmente de acuerdo contigo, ¿verdad?
03:48Lo que digo nomás es, Juan Vera, te condena pagar 53 millones
03:52y le vas a pagar a Menchi en tal plazo, 53 millones,
03:56y Menchi después da a la escuela que quiere.
03:57A eso me refiero.
03:59Podría hacerlo Menchi, podría haber pedido la composición
04:02y hoy puede abrir un juicio civil de indemnización de daños y perjuicios.
04:06Pero, de nuevo, como en la acción penal privada
04:11la parte se mueve casi como en el derecho civil en el cual reclama lo que quiere,
04:16la jueza no puede ir más allá de lo que reclama la parte.
04:19Y Menchi y Barrio Canal no reclamó dinero.
04:22Menchi y Barrio Canal reclamó la condena de esta persona
04:25y, por supuesto, que cuando hay una condena patrimonial,
04:29el titular es el Estado paraguayo.
04:30Correctísimo. Ahora sí entiendo.
04:31Menchi es la que no pidió composición, sino que solamente que se le condena.
04:38Tal cual.
04:39Correctísimo.
04:40Bueno, ahora la parte... Voy a lo mío.
04:45Lo estaba esperando.
04:47La parte que me interesa definir...
04:50O sea, yo estuve hablando ya en FM, en mi transmisión y compañía,
04:53acerca de que me parece muy atinado lo que hizo Mesalina Fernández la jueza
04:58en términos de definir que aquí hay una salvaguarda de la privacidad,
05:05¿verdad? En primer lugar.
05:07Ahora, estaba escuchando recién en el noticiero
05:09la exposición de motivos que ella hizo con respecto a la cuestión género.
05:17Nada que objetar.
05:18Simplemente quiero saber, Harry, porque yo no tengo el expediente,
05:21así que te pregunto directamente,
05:24¿se circunscribe el fallo a la defensa de la privacidad
05:30o hay extensión a la cuestión discurso?
05:36La resolución refiere específicamente
05:40la subsunción de la conducta de Vera
05:43en cuanto a ese tipo penal de la lesión a la intimidad.
05:48Pero, hace un apartado,
05:54refiere que para llegar al análisis de todo lo desarrollado
06:01y de todos los elementos que en conjunto se dan en este caso,
06:05se utiliza también una perspectiva de género
06:09que es diferente a que se condene por una cuestión de género.
06:15Creo que lo aclaró muy bien la jueza.
06:17Y en ese sentido, yo soy franco.
06:19No porque hoy me toque estar en el lado ganancioso.
06:24Quiero señalar que la resolución es magnífica
06:28porque da un salto de fe, Enrique.
06:32Es decir, podía haberse quedado exclusivamente en señalar
06:36y este elemento es tal, y este elemento es tal, y este elemento es tal,
06:40y esta es la condena.
06:41Se anima a desarrollar esas ideas que son axiológicas.
06:46La cuestión del género no le llevó a la jueza a tomar su decisión.
06:51Le llevó a decir que consideró todos esos elementos
06:55bajo también el filtro de lo que es el análisis de género.
07:02O sea, la perspectiva de género, que es ser sensible a circunstancias
07:08de la vida real para un grupo determinado.
07:12En este caso, el grupo femenino.
07:15En el cual dice, ella explicó, incluso históricamente,
07:18todo lo que vinimos superando para llegar a abrazar
07:22esas normativas internacionales que le exigen al juzgador
07:27a atender todos estos extremos para tener una resolución enteramente justa.
07:33Podría haberse quedado sin eso la jueza y dio un salto de fe.
07:37Y por eso hizo una resolución magnífica y pedagógica.
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