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  • hace 6 semanas
El juez de Paz del distrito de La Catedral, Enmanuel Villalba, otorgó una “orden judicial de protección y auxilio” a favor de la comunicadora Menchi Barriocanal, quien había denunciado hostigamiento a través de las redes sociales por parte del titular de Asucop, Juan Vera. Este había expuesto el número telefónico privado de la comunicadora en páginas de Facebook y grupos de WhatsApp incitando a que se la escrache.

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Transcripción
00:00Ustedes saben, estimados amigos, que el señor Juan Vera
00:02publicó el número de teléfono particular de la periodista Menchie Barrio Canal de Telefuturo y de Radio Monumental
00:10porque ella apoya el programa de transformación educativa que está elaborando la Unión Europea
00:19y el Ministerio de Educación y Ciencia, o por lo menos una parte.
00:24A partir de esto, Juan Vera hace una convocatoria a que a ese teléfono particular de Menchie Barrio Canal
00:33se expresen protestas, críticas, etc.
00:37A partir de esa situación, Menchie recurre a la justicia con patrocinio de abogados, a un juez de paz
00:48y obtiene unas medidas de protección en virtud de una ley, que es la Ley 5777, de Protección Integral a la Mujer.
01:03Y ahí viene Ezequiel la duda que yo tengo.
01:07Porque yo creo que nadie tiene, o sea, todo el mundo tiene derecho a criticar una oposición pública
01:15pero nadie tiene derecho a amenazar a alguien por su posición pública, digamos.
01:20Estamos en una sociedad democrática y Menchie puede decir lo que le parezca mejor a ella
01:24con respecto a este tema y nadie tiene por qué amenazarla.
01:27Pero no sé si la ley invocada es la correcta.
01:31La ley 5777, su finalidad es prevenir toda forma de violencia contra la mujer.
01:42O sea, la finalidad de la ley creo que es loable, es buena.
01:48Se necesita una ley que regule esta situación.
01:52No se puede estar dejando de lado la violencia contra la mujer.
01:59Yo creo que el problema de esta ley está en su aplicación.
02:04Está siendo utilizada últimamente para censurar.
02:10Yo creo que lo que hizo el juez en materia de decir, bueno, no le pueden,
02:17no pueden escribir al teléfono particular de Menchie haciendo eso,
02:23digamos que estuvo bien.
02:24Fue claramente una violación a la privacidad de Menchie.
02:27Para mi gusto creo que es lo que inclusive lo dijo el abogado Harry Villarmanoy.
02:33Mañana van a iniciar una querella contra el señor Juan Vera.
02:37Creo que es lo que corresponde.
02:40Y claramente creo que como mínimo debe haber injurias.
02:44Yo creo que hay violación del ámbito de intimidad del 143.
02:48No soy penalista, pero el sentido común me dice que podría andar por ahí.
02:53La pena lastimosamente no es significativa, pero es una pena.
02:59Y entra dentro de lo que se correspondería con responsabilidades ulteriores.
03:03A mí lo que me preocupa es la decisión del juez.
03:05Y no es la primera vez que ocurre esto invocándose la ley 57 de 77.
03:10es que ha prohibido todo tipo de expresiones en redes sociales.
03:17Y ahí la cosa cambia.
03:19Porque yo no tengo derecho a invadir tu intimidad ni la de nadie.
03:23Ahora bien, las redes sociales son foros públicos.
03:25Si yo me excedo, yo amenazo, si yo coacciono, o de alguna u otra manera daño a alguna persona
03:34a través de mis expresiones en redes sociales, se aplican responsabilidades ulteriores.
03:41Ahora, prohibir ex ante, o sea, por las dudas, cualquier tipo de expresión
03:48que pueda ser interpretada por quién.
03:50Pues no va a ser por el juez de paz.
03:52Como dañina, no solo para Menchis, sino estoy hablando de cualquier persona,
03:59ahí es donde entramos en un ámbito complicado.
04:02Porque no tenemos que olvidar que la Constitución prohíbe toda censura.
04:06Toda censura.
04:07Toda censura.
04:08Inclusive es más amplio que el Pacto de San José de Costa Rica
04:10que prohíbe la censura previa.
04:13En este caso estaríamos hablando de censura previa.
04:16Lo que hay son responsabilidades ulteriores.
04:18Así mismo.
04:18Entonces, yo si hubiera sido juez, ¿qué es lo que hubiera hecho en este caso?
04:23Lo que sí hubiera ordenado bajar, porque creo que es obvio,
04:26es oficiar a Google, a Facebook, a Instagram, a Twitter,
04:32y donde sea, a través del conducto que corresponda,
04:35para que esa publicación específica...
04:37Del número de teléfono.
04:38Exactamente, sea bajada de todos los motores de búsqueda y eliminada.
04:42Yo creo que esa es una medida proporcional.
04:45¿Por qué?
04:45Porque si no sería perpetuar el daño de un, para mí, para mi modesto entender,
04:51un claro hecho punible.
04:52Y si no fuera un hecho punible, como mínimo,
04:55un acto ilícito, dañoso, que tiene repercusiones en materia civil.
05:00Con lo cual, creo que eso hubiera sido una medida proporcionada.
05:04Porque, agarraría decirle, abstengas y también, digamos, advertir.
05:09Podría haber sido una medida importante y difundir esa advertencia por todos los medios
05:15de que no se puede estar describiendo el teléfono particular de alguien,
05:20profiriendo amenazas, insultos, agresiones de todo tipo.
05:23¡Gracias!
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