El Tribunal de Apelación resolvió como medida cautelar suspender el pago a marinos mercantes que exigen cobrar sus haberes jubilatorios por encima del tope establecido por ley del Instituto de Previsión Social. Esta decisión es de carácter transitorio hasta tanto se resuelva la acción autónoma de nulidad presentada por la previsional contra el fallo de la corte que habilita el pago a los marinos.
00:00Decretar como medida cautelar la prohibición de innovar en relación a la liquidación de concesión, actualización y o aumento de haberes jubilatorios con respecto a los demandados en autos hasta tanto se dicte sentencia definitiva y la misma que firme ejecutoria en la presente acción de autónoma anulidad conforme a lo expuesto en el considerando de la presente resolución.
00:24Esto fue lo resuelto por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil y Comercial Sexta Sala de la Capital que fue presentado como una victoria del IPS por Víctor Tomás, su director jurídico, en relación a la acción de inconstitucionalidad otorgada por la Corte a favor de los marinos mercantes. Tomás, sin embargo, admitió que la acción no resuelve la cuestión de fondo.
00:43Tiene sobre todo un efecto, digamos, más psicosocial en el sentido de traer tranquilidad. Tranquilidad en cuanto a que el instituto va a seguir funcionando, de que los fondos van a seguir gozando de buena salud al menos dentro de los próximos 25 años, estamos hablando de un cuarto de siglo.
01:09Por su parte, el juicio de acción autónoma de nulidad planteado por el IPS recién comienza.
01:14Puede extenderse por varios años porque fácilmente podrán recorrer las dos instancias y eventualmente la tercera.
01:25La acción de inconstitucionalidad otorgada por la Corte Suprema de Justicia había otorgado a casi 130 marinos mercantes el derecho a cobrar una jubilación proporcional a sus aportes por encima del tope que establece la ley orgánica del IPS.
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