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Comienza el juicio contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

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01:06Con la venia de la excelentísima sala.
01:12Para dar cuenta de la causa especial 20.557 de 2024, en la que se dirige acusación contra
01:20don Álvaro García Ortiz, incoada en virtud de querella formulada por la Fundación Foro
01:24Libertad y Alternativa, a la que se acumuló la denuncia y posterior querella formulada por
01:29el Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias, así como exposición razonada elevada
01:34por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sus diligencias
01:38previas 167 de 2024, incoadas por querella formulada por don Alberto González Amador, que a su
01:45vez tenían acumuladas las diligencias previas número 956 del 24, procedentes del Juzgado
01:51de Instrucción 28 de Madrid, incoada en virtud de denuncia del Ilustre Colegio de la Abogacía
01:56de Madrid.
01:58Por auto de admisión de 15 de octubre de 2024, la Sala designó magistrado instructor,
02:02comenzando la instrucción en virtud de auto de fecha 30 de octubre de 2024 y finalizó
02:08con el auto de apertura de juicio oral el 9 de septiembre de 2025.
02:14Dado el preceptivo traslado al Ministerio Fiscal y demás partes personadas, conforme disponen
02:18los artículos 780 y siguiente de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se presentaron los
02:22escritos de conclusiones provisionales en un primer momento, siendo acomodados posteriormente
02:27a la luz de 2020 y 2021 correspondiente a la sociedad Maswell, cuyo administrador único
02:33es Alberto González Amador. Soy Carlos Neira, letrado designado por el administrador Alberto
02:39González Amador para su defensa. Estudiado el asunto y de común acuerdo con Alberto González,
02:44les comunico que es voluntad firme de esta parte alcanzar una conformidad penal, reconociendo
02:50íntegramente los hechos, ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda
02:54Pública, así como proceder a resarcir el daño causado pagando íntegramente la cuota
02:59e intereses de demora a la agencia tributaria. La finalidad de solicitar la remisión de
03:05dichos correos a Julián Salto, cuyo contenido conoció María Pilar Rodríguez Fernández,
03:10era la de reenviarlo inmediatamente al correo electrónico de Álvaro García Ortiz, pero no al
03:15oficial sino al particular, según él mismo le había indicado, como así hizo Pilar efectivamente
03:20para continuación, aquel acabar facilitándolo a un medio como la cadena SER para que le
03:26diera publicidad, consciente Álvaro de que revelaría el confidencial contenido de ese
03:32correo de 2 de febrero de 2024, lo que así ocurrió mediante un avance a las 23.25 horas
03:38en el programa radiofónico Hora 25 de dicha emisora, que no fue sino un adelanto de su publicación
03:44a las 23.51 horas en la web de dicho medio. Bajo el titular, el novio de Ayuso ofreció
03:51a la Fiscalía llegar a un pacto de conformidad declarándose culpable de dos delitos para
03:55evitar el juicio, cuyo texto comienza con un primer párrafo que dice «Según un correo
04:01al que ha tenido acceso la cadena SER, el abogado de Alberto González ofreció un acuerdo
04:06a la Fiscalía tras reconocer íntegramente lo hecho y afirmar que ciertamente se han cometido
04:12dos delitos contra la Hacienda Pública». Más adelante, en un penúltimo párrafo,
04:17reproduce literalmente el confidencial correo de 2 de febrero de 2024, que termina con la frase
04:23«Dice…». Señor García Ardiz, ¿ha oído los hechos punibles que son objeto del presente
04:30judicial? ¿Se considera autor responsable de los delitos que se le imputan? No.
04:34El segundo documento es que expresa el momento y el contenido de esa comunicación la noche
04:40en la que sucede la revelación del e-mail de 2 de febrero de 2024 de don Carlos Neira,
04:46entre el periodista que lo revela y el propio don Carlos Neira.
04:50Y el segundo documento es la versión… ¿Ha concluido?
05:17He concluido, señoría. Muchas gracias. Muchas gracias. La acusación popular del
05:22colegio de abogados. Con la venia de la excelentísima sala van
05:25incorporar tres documentos consistentes en el protocolo de actuación de juicios de conformidad
05:29suscrito entre la Fiscalía General del Estado y el Consejo General de la Abogacía de fecha
05:331 de abril de 2009, la instrucción 1 barra 2020 sobre promoción activa del Instituto
05:38de la Conformidad por el Ministerio Fiscal, Fiscalía Provincial de Madrid, de 22 de mayo
05:42de 2020. Y en tercer lugar, en idénticos términos que ha formulado el compañero de
05:48la acusación particular, la noticia del país de 14 de mayo, en la primera versión, efectivamente
05:52la de las 7.14 horas, ya que la que está incorporada a la causa es de las 11.17 y, por
05:58tanto, está completada. El motivo de la presentación de estos tres
06:03documentos, el último no lo voy a repetir porque ya lo ha hecho mi compañero, los dos
06:07primeros porque hay alusión a los mismos a verbo de toda la causa, pero salvo error o omisión
06:11por esta parte, no constan incorporados y para que así quede constancia. Nada más, muchas
06:16gracias.
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