En declaraciones para Exitosa, el fiscal José Domingo Pérez cuestionó que el Tribunal Constitucional haya tomado como fundamento las devoluciones del caso 'Cócteles' para declarar nulo el proceso contra Keiko Fujimori.
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00:00Los efectos de este proceso que duró tanto tiempo, pero no es solamente esto lo que se señala, lo que se le achaca.
00:17Lo que se le dice en esta resolución es que los fundamentos del delito, es decir, la tipificación del delito no corresponde porque no existía en los años de la campaña de Keiko Fujimori.
00:41Yo quisiera que nos explique muy bien esto porque a lo largo del tiempo usted habrá escuchado la misma crítica.
00:51No es recientemente que se le ocurra a este Tribunal Constitucional.
00:58Diferentes abogados, Fujimoristas y no Fujimoristas, abogados que coinciden con el equipo Lava Jato,
01:06que lo han defendido a usted varias veces, han dicho que el punto más flaco era precisamente esa tipificación que tenía que ver con lavado de activos y los aportes de campaña.
01:20A ver, en primer orden, de acuerdo a lo que me has indicado.
01:27El Tribunal Constitucional no señala de dónde obtienes información de que se ha devuelto la acusación 19 veces.
01:36Simplemente dice de conocimiento público, es decir, un programa de televisión o un periodicazo puede ser la justificación para el Tribunal Constitucional
01:47para haber señalado tremenda situación que no es cierta y así no puede proceder un magistrado, así no puede proceder un juez,
01:56menos un juez de la más alta corte del Tribunal Constitucional.
01:58Segundo, la mejor defensa de la posición que tiene la Fiscalía la realiza la presidenta del Tribunal Constitucional, la doctora Pacheco Cerda.
02:09Porque si tú revisas, con todo respeto te lo digo y sobre todo para tu público, el Fundamento 66...
02:14Acabo de entrevistarla hace unos minutos y nos ha explicado aquí también para exitosa cuáles son sus fundamentos,
02:23que es lo que ella ha pensado y ha evaluado, pero finalmente dice que la mayoría gana y que hay que respetarla, ¿no?
02:35Pero quiero utilizar simplemente, si me lo permites, parte de la entrevista, pero sobre todo el Fundamento 66.
02:43Ella señala en el Fundamento 66 de su voto que esa alegación de que no era delito de lavado de activos recibir dinero de Odebrecht para la campaña del año 2011
02:56ya fue resuelta por el Tribunal Constitucional en el año 2019
03:00y transcribe ese fundamento del Tribunal Constitucional del año 2019
03:07y señala que la Fiscalía no se ha equivocado en la calificación,
03:12que es delito de lavado de activos la imputación,
03:16pero es el Poder Judicial el que tiene que resolver este cuestionamiento que la defensa plantea
03:25respecto a una calificación jurídica, es decir, para el Tribunal Constitucional del año 2019
03:31ese problema estaba zanjado.
03:34Y el año 2022, si me lo permites, la Corte Suprema, en la casación del caso Yantumala,
03:41también había zanjado ese tema.
03:43Y lamentablemente ninguna línea de la sentencia de los cinco magistrados
03:50hace referencia a esa casación del caso Yantumala.
03:54¿Y por qué es importante?
03:55Porque la casación del caso Yantumala permite que al expresidente Yantumala
04:01el día de hoy se encuentre condenado por el delito de lavado de activos.
04:06Es decir, un lado de la moneda recibe tres millones de dólares,
04:10que es el expresidente Yantumala, de la empresa Odebrecht para su campaña política del 2011
04:16y está condenado.
04:17Y el otro lado de la moneda resulta de que se termina beneficiando
04:23por los efectos de esta sentencia del Tribunal Constitucional
04:26cuando la expectativa legítima por el principio de predictibilidad,
04:32es decir, ante dos situaciones con características comunes,
04:35hay una consecuencia similar.
04:37Es decir, la justicia y la fiscalía sobre todo esperaba la declaratoria de culpabilidad
04:41y condena de la señora Fujimori.
04:43Lamentablemente el Tribunal Constitucional ha señalado una decisión
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