00:00...teneró todo este problema que lo esté llevando a que sea resuelto una vez que ellos proclamen a quienes, a
00:06solamente regidores y resulta que la elección de alcaldes no elige alcaldes y entonces se pasará, eso por un lado,
00:13se pasará a un segundo escenario y a otro estadio donde se termina aplicando la ley orgánica de municipalidades cuando
00:21se trata de tener un alcalde ya electo o una alcaldesa ya electa.
00:26Nunca ha ocurrido esto y si sucede va a ser una cosa sui generis en varias partes de la región
00:33de Latinoamérica.
00:36Sobre este tema con Martín de Acevedo, este y otros temas más, él es experto en temas electorales y por
00:41supuesto en temas municipales también.
00:43Doctor Martín de Acevedo, ¿cómo está? Buenos días.
00:46Manuel, amigos de Radio Exitosa a nivel nacional, tengan ustedes muy buenos días.
00:51En la introducción que haces, Manuel, ahí subyace varias aclaraciones que son necesarias a hacer.
00:58En primer lugar, que el Jurado Nacional de Elecciones esté extendiendo este problema como nunca antes ha ocurrido.
01:07Fíjense ustedes la desnaturalización de todo esto.
01:12Nosotros hemos ido a elegir alcaldes y gobernadores regionales.
01:16Resulta que ya no elegimos alcaldes y gobernadores regionales a pesar de la legislación escrita,
01:21porque todo partió de que la Constitución desde el 2015, cuando se decía que toda reelección es corrupción
01:29y venía ocurriendo sucesivamente, el legislador y la población cambió a precisar que no hay reelección inmediata de alcaldes.
01:37Y a partir de ahí se generó todo este problema que lo esté llevando a que sea resuelto una vez
01:43que ellos proclamen a quienes,
01:45a solamente regidores y resulta que la elección de alcaldes no elige alcaldes.
01:50Y entonces se pasará, eso por un lado, se pasará a un segundo escenario y a otro estadio
01:55donde se termina aplicando la ley orgánica de municipalidades cuando se trata de tener un alcalde ya electo o una
02:04alcaldesa ya electa.
02:05Nunca ha ocurrido esto y si sucede va a ser una cosa sui generis en varias partes de la región
02:12de Latinoamérica
02:13porque nos parecemos en esa legislación y en el sistema latino de elegir y de legislar nuestros sistemas electorales.
02:22Así de claro.
02:23Entonces, viene a sostenernos de que ante la falta de alcalde ya instalado el consejo,
02:30fíjense en qué estadio estamos, donde ya se debería estar gobernando y ante el vacío de poder que nunca debe
02:37ocurrir
02:37entre el primero de enero y el momento del 2027 y el momento que el consejo municipal de cada uno
02:45de estos sitios,
02:46que hasta el momento van siendo siete en el conteo nacional, tenga que elegir recién a su alcalde.
02:54Bueno, pues lo que podría ocurrir es que como la lista ganadora o el ganador, decía, la ley se sigue
03:01distorsionando
03:02porque dice el electo alcalde y la lista ganadora pone la mitad más uno de los miembros del consejo.
03:10Significa que en el caso de Lima van a haber 21 regidores de los 39 y ahí se votará y
03:18probablemente sea elegido alguien de renovación
03:21y esa resolución o acuerdo de consejo, mejor dicho, acuerdo de consejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
03:30del Consejo Metropolitano de Lima, será pasible de apelación y yo creo que un regidor valiente en esas circunstancias,
03:37si eso llegara a ocurrir, donde la realidad está superando a la ficción, hay que decirlo,
03:43eso sería impugnable y tendría que ir a parar a las manos de este jurado nacional de elecciones
03:49que como autoridad electoral cada día nos demuestra que no ha debido de estar ahí resolviendo estos problemas porque no
03:56da la talla.
03:57Es decir, solo en esas circunstancias se pronunciaría el jurado nacional de elecciones.
04:02Sí, porque se está aplicando como si ya se estaría en el ejercicio del gobierno.
04:07El artículo 24 de la ley orgánica de municipalidades, de la ley de elecciones,
04:13y estamos en la etapa electoral que es donde se ha debido de solucionar este problema,
04:18sin embargo, se deja librado a que sea ya en el ejercicio y electos del mando que deberían estar
04:26el consejo municipal gobernando la ciudad, recién se va a resolver ese tema.
04:30Entonces esto no hay que decirlo con todas sus letras.
04:34No ha ocurrido nunca, ¿no?
04:35En otras partes del país, en un tema parecido, por ejemplo, se está optando por decir
04:41señor gobernador excluido no va a subirse gobernadora porque es una fórmula.
04:46Aquí no se está tratando de...
04:48Ni de ninguna manera se debería aplicar la elección por sucesión, sino por electo,
04:54y queda la lista totalmente fuera.
04:56Como ha debido de ocurrir en las elecciones municipales, cuando la norma dice y precisa
05:01que las listas para elecciones municipales se presentan completas y cerradas.
05:07De modo que si cae en la cabeza, cae toda la lista y así ha debido de ser en su
05:11momento.
05:12Si ningún regidor objeta nada, finalmente tendremos ya la confirmación de que sí es posible la reelección, ¿no?
05:22Claro, si finalmente se termina reeligiendo al primer regidor que la lista de renovación popular ingresara
05:30y seguramente va a ser su candidato, no creo que nadie se atreva.
05:33La señora Alonso no se va a atrever a postular contra el señor López Aliaga, ¿no?
05:38De ninguna manera, él es el presidente de su partido.
05:42Entonces, si nadie objeta eso, lo que puede ocurrir también en la práctica es que haya otro candidato de la
05:47minoría.
05:48Y en consecuencia se arma toda una trifulga a la misma razón, a igual razón e igual derecho.
05:55Varios miembros del consejo, mientras voy razonando, dando la respuesta,
05:59pueden tener el mismo derecho ante la misma condición electa.
06:04Entonces, se postularía, podrían postular varios candidatos y de lo que acuerde el consejo,
06:12podría ser, como dije hace un momento, impugnable esta decisión e iría a parar en el pleno del jurado nacional
06:19de elecciones
06:20para ver recién en ese momento qué dice.
06:22Ahora, hablemos un poquito de lo de Cusco.
06:26Bueno, no la elección porque no se ha terminado todavía,
06:28pero la candidatura de la señora Verónica Mendoza ha generado todo un problema, ¿no?
06:34Se ha anulado la candidatura de la lista de Progresemos.
06:39Al anularse la candidatura de la lista de Progresemos,
06:42todos esos votos pasan a ser votos, digamos, se invalidan.
06:46Por tanto, el universo de votos válidos termina reducido
06:50y, por tanto, también los porcentajes previos a ellos se incrementan.
06:54Con esta situación, Verónica llega a 30.028%,
06:59lo que le da normalmente un margen entre 80, 120 votos
07:04por encima del límite establecido para que no haya segunda vuelta.
07:09Pero aparentemente eso está en discusión, eso está en debate,
07:13tendría que, más allá también de las actas que están impugnadas u observadas.
07:17¿Qué escenarios ve usted en el tema de esta elección en Cusco, doctor de Acevedo?
07:23Ahí lo que habría que graficar es también que, como antecedente,
07:28el candidato Erick Cuellar del partido Progresemos
07:32fue excluido de su candidatura.
07:35En consecuencia, lo que está razonando mediante una resolución
07:40el jurado electoral especial es que esos votos que ha obtenido
07:44la candidatura del señor Cuellar, que no ha podido ser sucedido
07:48como hace un momento explicaba en el caso de elecciones regionales
07:51por su vicegobernadora, porque estos postulan en fórmulas
07:55también completas y cerradas, en el sentido de los candidatos
07:59a gobernador y vicegobernador, y luego su lista para consejeros regionales.
08:04Entonces, estos votos del señor Cuellar se estarían convirtiendo
08:09en votos nulos, con lo cual ya no deja de ser un voto válido
08:15y el porcentaje de votos válidos disminuye, con lo cual se eleva
08:23proporcionalmente las preferencias de todos los candidatos
08:26que quedan en vigencia, entre ellos el de Verónica Mendoza
08:29que pasaría a tener 30.028% de los votos válidos,
08:33con lo cual ya no habría la necesidad de una segunda vuelta
08:36porque ella se leía electa en primera vuelta.
08:39Bueno, pues, ese tema está en discusión.
08:42El partido que ha quedado encaramado en el segundo lugar
08:45está impugnando ese tipo de decisión.
08:48No obstante, la resolución firme del jurado electoral especial
08:52de precisar que aquí la candidatura del señor Cuellar
08:55no ha podido ser reemplazada, porque no se trata de una sucesión
08:59de candidaturas como se optó en el caso de las elecciones municipales,
09:03si no se trata de que la fórmula va completa o no va.
09:07Entonces, está en esa disyuntiva que yo creo que si las otras,
09:13el otro partido insiste para tratar de que con 17% vaya a una segunda vuelta
09:18con la candidatura de la señora Mendoza que obtendría el 28%,
09:22sería lo que trataría de buscar en última y definitiva instancia
09:26ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones vía una apelación.
09:30¿Es posible que le den la razón?
09:32Yo creo que no, porque está bien razonado la resolución del jurado electoral especial
09:37en el sentido de que, efectivamente, si tú ya has votado por un candidato
09:42que está fuera del proceso y en condiciones de que sus votos,
09:48los votos que se emitan por él, son nulos, ya no son válidos,
09:53ya no son válidos, son nulos, para decirlo de otra forma,
09:55entonces, efectivamente, el porcentaje que razona el jurado electoral especial
10:03disminuye de votos válidos para poder, entonces, de esa manera,
10:07llegar al 30% más 0.28, porque es 30% más 1 de los votos
10:14para que no haya segunda vuelta y no haya balotage.
10:17Yo creo que está bien razonado, cuantitativamente,
10:20no hay que demostrar aquí cuestiones subjetivas, son 2.116 votos,
10:272.116 votos de sufragios válidos, los cuales estarían en discusión,
10:34y eso es un tema cuantitativo y matemático, donde el jurado no entra a razonar,
10:39en segunda instancia, ya estoy hablando, otros aspectos de carácter subjetivo,
10:44sino lo que cuantitativamente se ha cuestionado.
10:46¿Y eso cuándo se definirá más o menos por parte de la segunda instancia,
10:51que es el jurado nacional de elecciones?
10:53Si escribiera una apelación, creo que ya lo hubo,
10:57entonces, creo que lo hubo, sí, pues, ayer, antes de ayer,
11:01esto sube al pleno del jurado nacional de elecciones,
11:04el pleno del jurado nacional de elecciones tiene 3 días para fijar fecha
11:08para la vista de la causa y en una audiencia pública,
11:11escuchar a las dos partes a las que solicita la impugnación
11:15y a las que se defiende de dicha impugnación,
11:17y a todas las otras partes también, por igual razón, igual derecho,
11:21que estuviesen involucradas en el tema,
11:23de modo que sus personeros o los abogados que contraten
11:26podrían hacer esa sustentación dentro del tercer día,
11:31habiendo subido esto el sábado, probablemente mañana martes,
11:34o miércoles, estaría definiendo en el pleno del jurado nacional de elecciones
11:38y otros dos o tres días más para emitir la resolución en forma definitiva
11:42que ya no tiene ningún tipo de impugnación.
11:44En esta semana debe estarse resolviendo.
11:47Muy bien.
11:48Doctor de Acevedo, le quedo muy agradecido por sus respuestas,
11:50que tenga usted buen día.
11:52Buen día, don Manuel.
11:53Buen día, amigo de Radio Citosa.
11:54Buen día, amigo de Radio Citosa.