00:02Para efectos del caso, el propio 17 de septiembre, el día de la huelga, a las 2 de la tarde,
00:09fuimos notificados por parte del Juzgado de Trabajo ante la petición de la Caja Costalicense
00:14de Seguro Social para la declaratoria de ilegalidad de este movimiento. Contestamos en tiempo y
00:21forma, hay que esperar la audiencia a juicio para efectos de que declaren o no la ilegalidad
00:28de la huelga. Pero esto dista mucho de las amenazas infundadas por parte de la presidenta
00:35ejecutiva de la institución, en donde dijo en conferencia de prensa que iban a valorar
00:40la apertura de procedimientos administrativos disciplinarios, porque eso no funciona así.
00:45El artículo 371 del Código de Trabajo es claro al indicar que las y los trabajadores pueden
00:52ir a un movimiento de huelga por conflictos económicos y sociales, tal como el que se está
00:57presentando en este momento. Y aunado a ello, la sentencia que nos llegó el propio día
01:03de la huelga por parte de la Sala Constitucional indica que la transición tecnológica y todo
01:11lo que conlleva la parte operativa, administrativa y logística no puede ser excusa para dejar
01:18a un trabajador o trabajadora sin su derecho constitucional al salario.