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  • hace 7 semanas
Hola a todos/as, este vídeo es un conjunto de vídeos sobre el trabajo, que son informaciones importantes que hay que saber a la hora de trabajar saber los derechos y deberes de los trabajadores españoles por eso lo comparto para ayudar, en mi web o blog están todos los videos de este canal de Oscar Gamarra Rodriguez:
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Por otra parte, informar que este vídeo como otros lo tenéis en mi blog ahora web, separado por secciones o por temas, todos lo que yo he colgado en YouTube y este canal de Dailymotion con marca: Óscar Gamarra Rodriguez que es mis canales. Por último, decirle que mi dirección web de mi blog ahora mi web no pongo el enlace web por normas de este canal ahí también está mis vídeos currículum también me puedes seguir en mí blog, dado que estoy buscando trabajo, aparte de este y otros vídeos, sobre el mundo de trabajo y ocio. Que si le gusta se puede SUSCRIBIRSE mi canal de YouTube y este canal de Dailymonton en mi web tiene más información. Muchas gracias por su atención.

Categoría

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Celebridades
Transcripción
00:27Gracias por ver el video
00:30En la laboral de hoy vamos a hablar de algo que es tan importante como el trabajo, los descansos.
00:37Los descansos no son una opción, son una obligación y hay que respetarlos totalmente.
00:43A ver, por resumir, hay dos tipos de descansos.
00:45El descanso diario, que es de 12 horas, y el semanal, que es en principio de 36.
00:50Estos son los mínimos. Tu convenio puede poner alguna hora más.
00:54Y ahora te damos tres claves, tres, sobre los descansos que trae el Tribunal Supremo en una reciente sentencia
00:59y que van a sorprender a más de uno.
01:01La primera clave, una cosa son los descansos diarios y otra los semanales.
01:05Y no se solapan.
01:07No, no, no, no se solapan. De hecho, se suman.
01:10Esto quiere decir que el tiempo real de descanso del fin de semana consiste en sumar
01:14las 12 horas de descanso diario del último día, pongamos que es un viernes,
01:19más las 36 horas de descanso semanal.
01:21Total, que las empresas deben garantizar un mínimo de 48 horas seguidas reales de descanso
01:26entre una semana y otra. ¿De acuerdo?
01:29Y la tercera clave, hay que contar horas reales. No vale decir tienes dos días libres, no.
01:33Cuenta el tiempo real entre la salida de un turno y la entrada en el siguiente.
01:36Es decir, que no puedes salir el viernes a las 11 de la noche y ponerte a trabajar el lunes
01:41a las 9 de la mañana.
01:4212 horas entre un día y otro y 48 horas entre una semana y otra.
01:47Si otra empresa no lo hace así, explícale las novedades.
01:50Que no lo decimos nosotros, que lo dice el Supremo.
01:52Y por supuesto, siempre puedes denunciarlo ante inspección de trabajo.
02:03Aquí hay trabajo.

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