00:00en el monto de las pensiones del IMSS de la ley 73 luego de una determinación de la
00:06Suprema Corte. Para platicar de ello nos enlazamos con el contador Óscar Castellanos, experto
00:11en pensiones. ¿Qué tal? Muy buenas tardes, un gusto saludarle para XEU de Veracruz. Pues
00:15¿qué nos comenta? ¿Hay algún cambio en el monto de las pensiones?
00:20Hola, muy buenas tardes. Mira, no, no hay ningún cambio, hay que estar muy tranquilos
00:26en ese sentido. Digo, tranquilos y expectantes porque luego este tipo de situaciones genera
00:33incertidumbre o vamos a decirlo así, falsas emociones. ¿Qué es lo que sucede? Se resolvió
00:40un amparo desde el 2023, el amparo dos cincuenta y dos del 2023, donde pues ha descontextualizado
00:48un poco lo que lo que se resolvió. ¿De qué se trata y qué es lo que se ha manejado?
00:55Se
00:55ha dicho que va a haber un aumento del setenta por ciento. Esto es totalmente falso. Es totalmente
01:02falso. ¿Y qué es lo que sí es cierto? Bueno, hubo una persona que litigó una situación
01:11por desigualdad, ¿sí? ¿A qué se refiere esto de desigualdad? Las pensiones de viudes se calculan
01:19en función un noventa por ciento, ¿sí? De la que le hubiera correspondido al al difunto.
01:27Esto en el caso de haber sido esposos o concubinos. Y en cambio, las pensiones de orfandad o de
01:34ascendientes, las de ascendientes son las que le corresponden a los padres, y aquí hay que
01:39ser muy, muy precisos. Las pensiones de ascendientes solo, solo aplican cuando no hay ni esposa ni
01:48hijos. Solo en esos casos aplica. Entonces, lo que una persona litigó en ese momento es
01:54que la pensión de ascendientes del veinte por ciento que le correspondió se le hacía
01:59inequitativa, puesto que a la viuda le hubiera tocado el noventa por ciento. De ahí viene que
02:06que en algunas notas esté diciendo que que la corte falló a favor de incrementar las
02:11pensiones en un setenta por ciento. No es cierto. Es el diferencial entre el noventa y el veinte.
02:16Pero no, no aplica de esa manera. Ahora, esta persona signó el juicio por un tema de igualdad.
02:25Ella lo que apeló era que no se le hacía justo que a ella como ascendiente le tocar una
02:32pensión del veinte por ciento y que a la viuda que ya que no había que no no no había
02:39estado
02:39casado esta persona le hubiera tocado del noventa. Entonces, lo que se litigó fue esa
02:45desproporcionalidad o inequidad pasada ante lo que se denomina un es de igualdad y pues fue lo que
02:52la segunda sala de la corte que falló a favor de esta persona. Eso fue lo que realmente sucedió y
02:58lo estoy planteando de manera muy rápida, muy general. Sí. Esto no se traduce en un incremento
03:05generalizado, no es una jurisprudencia, es un fallo a favor de una de una persona por una
03:12situación muy específica. La corte no ordenó ningún aumento general a las pensiones y este
03:20beneficio únicamente le aplica a la persona que ganó este amparo indirecto. Que le van a pagar
03:27al noventa por ciento. Es correcto, ella lo que ganó es que por esa inequidad o esa diferencia que
03:34ella consideró que no debería de ser, pues se le pagaba el noventa por ciento y no el veinte. Eso
03:40sí
03:41lo ganó esa persona. Ahora, sí, si una persona en igualdad de circunstancias y atendiendo a este
03:51antecedente quisiera litigar algo similar, podría tener mucho, pues mucha garantía de éxito, puesto que
03:59en la resolución de este amparo indirecto de la segunda sala de la corte puede, puede, puede ser
04:06precisamente un más allá de un hecho notorio, pues es un precedente a este tipo de situaciones. Pero
04:14reitero, tendría que ser una situación casi igual, muy similar, donde puedan aplicar los mismos
04:21principios que se aplicaron para la resolución de este amparo. Claro, y tendría que interponer,
04:26si hay una circunstancia similar, cada persona tendría que interponer su amparo. Es correcto,
04:33recordemos que el amparo tiene una particularidad y es lo que generalmente algunos lo señalamos como
04:39la fórmula Otero, pues, pues solo le aplica al que lo ganó, al que lo interpuso y lo ganó. Que
04:47esta persona lo ha ganado no significa que se vaya a aplicar de manera automática en otras,
04:51primero porque no es jurisprudencia, segundo porque es vía un amparo, entonces esto obligaría que
04:56alguien, reitero, que se encuentre en una situación similar o igual. Estamos hablando de una,
05:05un ascendiente, o sea, un padre o madre de una persona que tenía derecho a, que cotizó a la
05:12seguridad social, que cumplió los requisitos para que a ella le correspondiese esta pensión,
05:17sí, que es del veinte por ciento, sí, se le pudiera incrementar al noventa, obviamente
05:22atendiendo a estos mismos principios y a esta resolución y que el caso fuera similar. No aplica
05:29para pensiones de viudés, no aplica para pensiones de orfandad en el en los términos de este de este
05:35amparo como se resolvió, pero creo que lo más importante es que no, que no se presta confusiones
05:42o a malas interpretaciones, ¿no? Pensar que esto se traduce en que se van a incrementar las
05:49pensiones, no, no, no, no ha habido ni cambios a la ley, ni es una jurisprudencia, pudiera ser una
05:55jurisprudencia el día de mañana y empieza a haber casos reiterados que se resuelvan en el mismo
06:01sentido, pero hoy no lo es y cada persona tendría que explorar a través de un amparo este tipo de
06:09situaciones. Sí, contador Oscar Castellano, si ya hay pensiones otorgadas a ascendientes, ¿todavía
06:15pueden ampararse o ya no? Claro, sí, sí, de hecho este caso procedió de una pensión que ya había sido
06:22otorgada. Ah, ok. Y la persona, lo que precisamente fue lo que el motivo por lo que ella impugnó es
06:29que le
06:30habían dado una pensión del veinte por ciento, que en el engrose de la sentencia, dice hasta el
06:34importe, era de seiscientos noventa y tres pesos, y ella dijo, oye, ¿por qué? Si yo hubiera sido la
06:39viuda, en vez del veinte por ciento, me hubiera tocado el noventa. Y precisamente eso fue lo que se
06:44litigó. Sí. Y pues lo ganó. Efectivamente. Entonces, sí, sí, cualquier ascendiente que tenga una
06:51pensión pudiera aplicar esta situación. Muy bien, muchísimas gracias, contador, un gusto haberle
06:56saludado. Un gusto, Olivia. Buenas tardes a todos. Hasta pronto. La una de la tarde con treinta y cuatro
07:03minutos en XEU. Es el contador Oscar Castellanos, experto en pensiones. Vamos a la pausa. Amigos de
07:09XEU Deportes, están listos para la acción porque regresan la carrera de la U. Este doce de diciembre
07:16tenemos una cita cinco kilómetros y vamos en un fin de semana cargado de emoción. Doce de
07:21diciembre la carrera de la U y el trece de diciembre el maratón bambino Veracruz dos mil
07:26veintiséis. No te quedes sin tu lugar. Puedes inscribirte a través de triple W punto XEU
07:31deportes punto MX, triple W punto XEU punto MX y triple W punto maratón de Veracruz punto
07:38com. Te esperamos doce de diciembre la carrera de la U en su edición número veintiuno y el trece de
07:43diciembre el maratón bambino Veracruz dos mil veintiséis. No te quedes fuera, corre con nosotros.
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