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En La Entrevista Central de Hoy Mismo conversa con Olivo Rodríguez Huertase / Jurista
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Transcripción
00:04Bien, estamos de vuelta, Olivo Rodríguez Suerta con nosotros.
00:08Doctor, buenos días, bienvenido.
00:09Bueno, un gusto compartir con ustedes.
00:11Agradecemos.
00:12Aquí temprano, en este lunes, casi finalizando el mes de julio.
00:16Cerrando casi el mes.
00:17Agradecemos que usted haya suspendido su rutina de los lunes, que es ejercicio.
00:22El doctor está en un régimen muy rígido, muy estricto para ponerse más en forma.
00:30Claro, con las batallas que vienen por ahí.
00:32Con las batallas.
00:34Mire, doctor, tenemos aprobado ya en el Congreso el nuevo Código Penal.
00:38No, nueva vez.
00:40Nueva vez.
00:40Se supone que en las próximas horas el presidente de la República habrá de promulgar el nuevo Código.
00:46¿A usted qué le parece el nuevo Código?
00:48De lo que ha leído.
00:49Bueno, debemos orientar a la ciudadanía.
00:51En realidad, el Código Penal fue aprobado hace casi un año.
00:56Por mandato legislativo se dispuso que su entrada en vigencia quedaba pospuesta por 12 meses.
01:04Es decir, que su periodo de entrada en vigor es a partir de un año de la fecha de promulgación
01:11de ese código,
01:12lo que se va a cumplir ahora a comienzos de agosto.
01:17Se suponía que en el contexto de ese año no solamente iba a servir para la difusión y para la
01:26preparación de los actores ante los nuevos textos,
01:28sino que además pudieran enmendarse a determinadas disposiciones que dentro del Código contenían unas redacciones un poco extrañas
01:45a lo que debe ser el rigor de un texto de naturaleza penal que debe caracterizarse por su precisión y
01:53por su claridad.
01:53Eso obviamente pasó el tiempo, a pesar de que la Fundación Institucionalidad y Justicia envió durante ese periodo varias cartas
02:02al Congreso al respecto,
02:04no se hizo nada y como todos sabemos se produjo hace algunas semanas en el país la discusión de si
02:11debería el Congreso considerar la extensión
02:15de esa vacancia o ley por un periodo de tres o seis meses a los fines de completar ese trabajo.
02:20La voluntad y la decisión política fue de que, de manera rápida, un grupo notable de personalidades del país, del
02:30mundo de los youtubers,
02:32estuvo en reuniones clandestinas con el Poder Ejecutivo.
02:36¿Clandestinas? ¿El Poder Ejecutivo puede hacer reuniones clandestinas?
02:39Nos enteramos porque uno de los aspirantes presidenciales al próximo torneo electoral del año 2028 señaló que se habían producido
02:52esas reuniones.
02:53El país no lo sabía eso.
02:55No lo estoy entendiendo.
02:56Que uno de los aspirantes presidenciales...
02:59Bueno, estaba el señor Santiago Matías, anunció al país que se habían producido unas rondas de reuniones con el presidente
03:08de la República
03:09y que habían acordado unos textos, fundamentalmente en lo que respecta a los artículos relativos que tocan de una forma
03:19u otra a la libertad de expresión,
03:21en los temas de difamación, de injuria, el establecimiento de un tipo penal muy particular que crea el código,
03:29que es la llamada difamación extorsiva, entre otros aspectos.
03:32El asunto es que el Congreso ahora, recientemente, aprobó un conjunto de modificaciones que, sin duda alguna,
03:43mejoran mucho la redacción de numerosos textos que estaban allí.
03:46Y en lo que respecta a una de las innovaciones más extraordinarias que tiene el código penal,
03:54lo relativo a la responsabilidad penal de las personas morales,
03:56dispuso que la entrada en vigor de esos textos o del texto específico que regula la responsabilidad penal de las
04:06personas morales
04:06estará diferido en un plazo de tres meses.
04:09Pero el resto del código penal deberá entrar en la fecha en que fue prevista originalmente.
04:15Yo espero que, contrario a lo que piensa Oscar, en el día de hoy, el presidente Abinader finiquetará esto
04:24y pondrá su firma.
04:27En consecuencia, quedará promulgada la reforma y, en consecuencia, se consideran integrados dentro del mismo
04:34lo que acaba de aprobar el Congreso Nacional.
04:37Con su venia, señor Rodríguez.
04:39Sí, cómo no.
04:39Yo no dije que el presidente no le iba a firmar.
04:42Dije, tengo miedo de que no lo haga.
04:45Espero que hoy, cuando llegue al Palacio, luego de la reunión del plan de cosas,
04:51la tarea de la policía,
04:54que lo primero que haga al sentarse a su escritorio se va a llamar al doctor Subero
04:57y pedirle que le envíe el proyecto para firmarlo.
04:59Que ese es mi esperazo.
05:00Yo dije, hoy es mañana.
05:03Coincido, coincido.
05:03Que yo sé que es un genio.
05:04Los genios a veces le meten unos canales de fuego.
05:06Coincido con tu esperanza.
05:10A este es muy inteligente le pasa eso.
05:11Y no tengo dudas.
05:12Lo que sí tenemos que estar claros es que todavía quedan recursos ante el Tribunal Constitucional.
05:22Habrán también nuevos recursos ante el Tribunal Constitucional,
05:25porque eso es parte de la dinámica jurídica en que se desenvuelve el país hoy día.
05:31Y no dudo de que algunos artículos del Código Penal pudieran ser objeto de declaratorias de inconstitucionalidad.
05:43Lo que sí deberían estar...
05:44Un cafecito, Santo Domingo, para usted.
05:45¿Cómo no? El mejor café del mundo.
05:47¿Su dieta así le permite un cafecito?
05:48Sí, cómo no, cómo no, no.
05:50Sin azúcar.
05:50Además no aceptaría.
05:51Eso no es el negocio.
05:52No aceptaría.
05:53Con azúcar o sin azúcar.
05:54Así, sin azúcar.
05:55Sin azúcar, sí.
05:55No aceptaría.
05:56¿Por qué se lo ve?
05:56¿Por qué se lo ve?
05:57¿Por qué se lo ve?
05:57¿Por qué se lo ve?
05:57¿Por qué se lo ve?
05:57¿Por qué se lo ve?
05:57¿Por qué se lo ve?
05:57Lo que se lo ve?
05:58Lo que deberían estar preocupados por la entrada en vigencia del Código Penal
06:04son nuestros amigos que están en el gobierno, ministros, directores generales, etcétera.
06:10Explíquese.
06:10En el Código Penal, aprobado originalmente ya hace casi un año, hay un texto penal de corrupción,
06:19que eso no hay forma de que nadie pueda pasar.
06:24Sí, sí.
06:24Está concebido en unos términos tan amplios que no hay lugar a dudas de que todo el que
06:33está en la administración pública corre un riesgo enorme.
06:35Yo invito a que lean y ojalá ustedes puedan invitar un día de esto.
06:41Está en el título, no me sé ya la numeración, ya a mis 61 años se me hace un poco
06:47difícil
06:48retener.
06:49Me recuerdo del 1134 del Código Civil en materia de los contratos como tienen fuerza de ley.
06:57Un debate importante, Olivo, es el relativo a la pena de cárcel por los delitos de opinión.
07:05Ha sido una de las partes más importantes del debate público sobre el caso.
07:09Estoy seguro que hay otros textos que tienen más implicación, como usted acaba de mencionar,
07:12pero ese ha sido el más público de debate.
07:14Claro.
07:14¿Qué piensa usted incluso doctrinalmente sobre el tema de la prisión en el delito de opinión?
07:19Bueno, antes de eso, perdón, antes de eso, no deje inconcluso, porque yo tengo curiosidad
07:22por saber la parte atinente a los funcionarios.
07:25¿Cuál es el título y qué es lo que establece?
07:27Bueno, lo que hace es, en cierta forma, transcribir una disposición que históricamente ha figurado
07:32en la Constitución, en el sentido de que se considera, o sea, la Constitución tiene
07:39un concepto de lo que considera acto de corrupción, que es proporcional, ventajas, amigos, allegados,
07:45familiares, relacionados.
07:46Fue algo que el doctor Castillo utilizó desde aquella famosa denuncia querella contra el
07:50expresidente Jorge Blanco. Hoy pasa a ser transcrito dentro del Código Penal e incluye
07:58también dentro de la misma que se considera un acto de corrupción cualquier, me parece
08:06que la palabra es cualquier acto o operación antijurídica, antijurídica que dicte un funcionario
08:13público en el ejercicio de sus funciones para beneficio propio o de terceros. Y la cantidad
08:18de actos que emite la administración, una de las tareas que tiene la administración
08:23es emitir con carácter continuo, permanente, regular, actos y operaciones administrativas.
08:29Y muchas ocasiones las mismas son, por supuesto, contrarias al ordenamiento jurídico, aún en
08:37algunos casos...
08:38Frecuentemente.
08:39Entonces...
08:40¿Y cómo al legislador se le fue?
08:42No, es que dentro de la fiesta y dentro del entusiasmo se ponen a poner cosas, pero...
08:47Eso cruzó la vecindad.
08:49Lo que debieran estar...
08:50Hubo una noche que se supervisaron un artículo con una amiga suya.
08:53Sí, los youtubers no debieran estar preocupados. Quienes deben estar preocupados son todos y
08:59cada uno de los funcionarios que actualmente detentan la administración pública.
09:03O los que vayan a hacerlo de más para adelante.
09:04Vámonos de Oscar.
09:05La parte de la pregunta que le hacía.
09:08¿Te me puede repetir la pregunta?
09:10La parte de la prisión como pena por delito de opinión.
09:16El concepto que siempre tenía es el que fue acuñado en la doctrina del sistema interamericano
09:22de derechos humanos. Hay que hacer una distinción cuando este tipo de delito es cometido y dirigido
09:31contra particulares que están fuera totalmente de la esfera pública y cuando están dirigidos
09:38en muchas ocasiones en formas, aunque excesivas, respecto del ejercicio de funciones públicas
09:46o contra personajes que ejercen actividades que trascienden, que son de interés general.
09:54Entonces, la tendencia que había en cuanto se refería a las expresiones contra funcionarios
10:03públicos era el camino hacia la despenalización. Porque lo que se busca en cierta forma en la
10:10doctrina interamericana era que los ciudadanos no se sintieran cohibidos respecto de las críticas
10:19en materia del ejercicio de la función pública. En el código que fue aprobado con las modificaciones
10:29ahora, recientemente, se hace referencia y se aplica de que cuando una teoría llamada
10:38de la real malicia, de que cuando la crítica se dirige hacia actos atinentes a la función
10:44pública, no deberían dar lugar a la aplicación de sanciones. En consecuencia, no quedaría
10:50tipificado ese tipo de delito en la medida en que no se trate de una imputación de naturaleza
10:59alegre, es decir, dicha sin fundamento alguno. Pero yo creo que la distinción es válida respecto
11:06del alcance, del tipo de sanción en función de quién es el sujeto contra quien va dirigido.
11:15En la vida privada, yo creo que el honor es uno de los activos más importantes que la
11:22persona tiene después de la vida. Y en consecuencia, las sanciones tienen que tener y estar marcadas
11:27por un evidente carácter disuasorio, de manera que usted no puede ejercer su capacidad lingüística,
11:35verbal, ¿no?, para arremeter sin fundamento alguno contra la vida privada. Tampoco debe
11:40hacerlo sin sustento y sin base contra quienes ostentan el ejercicio de funciones públicas.
11:45Pero el tratamiento...
11:45Será lo mismo, más o menos, de lo que usted planteaba del artículo contra la corrupción.
11:49Ese sería otro elemento para disuadir a cualquier persona que se respete de ingresar a la administración
11:55pública, porque entonces usted es funcionario público y cualquiera lo coge en su ética
11:59para como usted.
11:59Hay otros detalles. En la Constitución del año 2010 figura lo que llama la responsabilidad
12:07solidaria de los funcionarios públicos por sus actuaciones, es decir, que las conductas
12:12antijurídicas que se causan en el ejercicio de la función no solamente van a constituir
12:18un ilícito penal, sino también que ya tienen un régimen desde la Constitución que los hace
12:25solidariamente responsables. Y como aquí se da así, que en otros países yo veo que
12:31cuando uno analiza las declaraciones juradas de patrimonio, bueno, los patrimonios de la
12:36mayor parte de los funcionarios no son tan jugosas, pero en estos países aquí son unos
12:40patrimonios sensacionales, unos patrimonios fabulosos de quienes sirven a la cuestión pública.
12:47Lo hacen, yo me imagino que para satisfacer ego, pero una persona que lo piense bien y que
12:53piense en su familia está dentro del régimen jurídico actual dominicano, debe estar totalmente
13:00disuadido de levantar la mano para desempeñar una función pública.
13:07¿Qué le pareció la decisión del Tribunal Superior Electoral el jueves pasado de desapoderarse
13:11y remitir al TC el recurso sobre la resolución de la Junta y las encuestas?
13:16Camino a Punta Cana, el pasado viernes me escribió un periodista del diario Libre, no me atrevía
13:23en ese momento a hacer una consideración porque no solamente iba conduciendo, sino que no
13:26conocía el texto de la sentencia. Pero lo que le señalé brevemente era en el sentido
13:36de que no tenemos en el régimen jurídico dominicano, en esta materia, la posibilidad
13:44de que quien apodere al Tribunal Constitucional para conocer de los temas que son de su competencia
13:51sea otro tribunal. Es decir, el tribunal no le puede decir, mire, conozca usted esto, sino
13:59que esa acción hay que elevarla de manera directa. A mí me parece que la decisión básicamente
14:05se limita a establecer que el asunto que le fue planteado no era de la competencia del
14:13Tribunal Superior Electoral, sino que como procuraba una decisión con carácter legado,
14:20es decir, oponible a todo el mundo, quien debe estatuir y quien tiene competencia para conocer
14:25de una acción de esa naturaleza es el Tribunal Constitucional. ¿Por qué? Efectivamente, quien
14:30entiende la última palabra en materia constitucional lo es el Tribunal Constitucional, distinta de
14:36la situación en el ámbito contencioso administrativo. Es decir, si se trata de un reglamento, los
14:42tribunales contencioso administrativos sí pueden conocer de una acción de impugnación contra
14:47un reglamento porque la Constitución señala que le corresponde a los tribunales de la jurisdicción
14:53contencioso administrativa, conocer de la conformidad a derecho. Y el derecho, por supuesto, lo que
15:00está a la cabeza del derecho, del ordenamiento jurídico, es la Constitución. Pero las reglas
15:05sobre las que se rige del marco constitucional el Tribunal Superior Electoral no es semejante
15:11a la cláusula de apoderamiento general de conformidad a derecho que tiene la jurisdicción
15:16contencioso administrativa.
15:17En resumen, usted estaría de acuerdo con el declinarlo, lo que no le parece es que
15:20haya apoderado el tribunal.
15:21No es declinarlo, es declarar, debe limitarse el tribunal de declarar su incompetencia
15:25por entender que ese asunto es de la competencia exclusiva del Tribunal Constitucional.
15:31Yo le entiendo más o menos que era el juicio mío, o sea, yo creo que era el TCA que
15:35debió
15:35conocerlo.
15:37El TCA sí tiene competencia para declarar la no conformidad a derecho de un reglamento.
15:41Pero en el caso de ahí serían interparis. No tendría el efecto que tendría la
15:46decisión del TC.
15:47Exacto. No, bueno, tiene ese carácter. Lo único es que, obviamente, esa decisión
15:52es recurrible. Primero en casación, la de la jurisdicción contencioso administrativa
15:57y luego todos los temas que tengan una naturaleza constitucional pueden ser diferidos en revisión
16:04ante el Tribunal Constitucional. Al fin y al cabo, lo que quiere decir esto también es,
16:11o lo que quiero señalar de manera muy clara y muy contundente, que la última palabra
16:15en materia constitucional la tiene el Tribunal Constitucional en cualquier tipo de materia.
16:19Sea que el producto de un apoderamiento, una acción directa ante el Tribunal Constitucional
16:24o que el asunto le llegue diferido en ocasión de un recurso de revisión, por ejemplo, en
16:33materia, las decisiones en materia de amparo de un tribunal administrativo son objeto de revisión
16:41ante el Tribunal Constitucional. Las decisiones con autoridad de cosas irrevocablemente juzgadas
16:45en el ámbito judicial, distintas a las del amparo, también pueden ser objeto de un recurso
16:52de revisión ante el Tribunal Constitucional.
16:53Ahora, Lío, yendo al principio, ¿puede la Junta Central Electoral dictar un reglamento
16:58fuera de lo que establece la ley para prohibir la publicación de encuestas en los medios de comunicación?
17:03Bueno, aquí eso lo analizamos. Entendemos que es un asunto en el cual la Junta Central
17:11Electoral desbordaba, por supuesto, sus competencias. Se trata de, y así lo señalamos en su oportunidad,
17:19del ejercicio de una actividad empresarial que no está sujeta a unos límites distintos
17:26de lo que están previstos en la ley del régimen electoral, que sí establece unas limitaciones
17:31en el ámbito del periodo ya previo a las elecciones. Fuera de allí, no existe dentro
17:39del ordenamiento jurídico una prohibición con carácter general.
17:42Un hombre tan informado como usted, mi querido Olivo, ¿qué sabe de la razón que ha retrasado
17:47la convocatoria del Consejo Nacional de la Magistratura por parte del Presidente de la República?
17:52No desconozco los motivos. Imagino que el presidente Abinader ha estado inmerso en una cantidad apreciable
18:03de tareas. Este ha sido un año que ha tenido sus peculiaridades, sus complejidades, y sin duda
18:13alguna el presidente Abinader no ha querido, no ha entendido, y por eso tiene esa facultad
18:19de convocatoria. Es una facultad discrecional, aunque está obviamente condicionada por la
18:26Constitución. No se debe incurrir en una omisión inconstitucional tan prolongada, pero imagino
18:33que ya se habla de que si en octubre, principios de noviembre, el presidente se apresta a hacer
18:40la convocatoria. Y esto en algún momento se va a producir. No sé, algunos comentaban,
18:50de esos comentarios que uno escucha por ahí, de si se podía producir, que yo quisiera que
18:56no, porque el presidente del Senado es una persona que goza de mi alta estima y creo que
19:04ha hecho una labor extraordinaria. Me parece una persona muy prudente y muy sensata, Ricardo
19:10de los Santos, pero se hablaba de la posibilidad de la remoción de uno de los miembros del
19:15Consejo Nacional de la Magistratura. Yo insisto, espero que eso no se produzca.
19:19¿Usted prefiere que permanezca Ricardo de los Santos?
19:20Y que Ricardo de los Santos permanezca.
19:21¿El que a la vez y a la vez y a la vez y a la vez no debe ser?
19:23Bueno, yo pienso que Ricardo de los Santos debe ser el que continúa al frente de la
19:28presidencia del Senado.
19:29¿Usted no ha escuchado nada relativo a que no quisiera que se repitiera lo que pasó en
19:33la anterior sesión del Consejo, donde hubo que usar el presidente su voto de calidad,
19:38que ahora parece que no se han llegado a esos consensos?
19:41Nunca será agradable para un presidente de la República...
19:44¿Usted no ha escuchado eso?
19:45Todo eso se ha hablado, pero nunca será agradable para un presidente de la República
19:51tener que decidir en base al voto de calidad. Creo que una decisión o la decisión de integrar
19:59o conformar las altas cortes debe tener el máximo nivel de consenso jurídico-político
20:07en el seno de los integrantes del Consejo y en la medida en que la votación es tan cerrada
20:13que se impone el desempate a través de un voto de calidad, bueno, pues genera sus disfunciones
20:20desde el punto de vista del buen funcionamiento del sistema político dominicano.
20:25Pero yo espero que exista el consenso, ya como todos ustedes saben, yo he renunciado
20:31porque doy por aceptada la usurpación que ha estado haciendo el Consejo de la Magistratura
20:38que ha desconocido para mí, no en los tiempos solamente en que ha presidido el presidente
20:45Abinadera, hay que ser justo, también en los momentos en que lo presidió el expresidente
20:50Fernández, en que lo presidió el expresidente Danilo Medina, hay una disposición de la
20:55constitución que procura la independencia y la carrera judicial que de facto ha sido
21:02borrada en la práctica por quienes han ejercido la función de miembros del Consejo Nacional
21:07de la Magistratura. Entonces ya yo no me pliego a eso, que es aquello de la evaluación
21:11de desempeño, eso es un ripio innecesario, que en este caso...
21:17Aunque la constitución faculta.
21:20No, no, no lo faculta. Si hay una evaluación de desempeño, si hay un resultado favorable
21:24a la evaluación de desempeño, el juez de la carrera judicial debe permanecer hasta que
21:28cumpla la edad de retiro, que son los 75 años. Pero eso es otro ejemplo, o sea, el Consejo
21:34de la Magistratura no sigue el ejemplo del Tribunal Superior Electoral que dice, bueno, esto
21:40no es competencia mía, esto es competencia del Tribunal Constitucional. Bueno, no, el
21:43Consejo de la Magistratura no dice eso y de facto ha declarado inconstitucional ese texto,
21:53pero en este caso es peor, porque está desechando una disposición de la propia constitución,
21:58no de una ley ni de un reglamento, sino de la propia constitución.
22:01Ahora, Olivo, es cierto, perdón, es cierto que el presidente, y esto lo hago porque sé
22:07como Oscar, que es un hombre bien informado, que el presidente se debate entre si hacer
22:11lo que hizo Leonel y Danilo poniendo un presidente de la Suprema de su afecto, de su cercanía,
22:17o poniendo un presidente de la Suprema de los jueces de carrera.
22:20Esa es una opción que tiene el presidente. En el caso del Ministerio Público, la primera
22:25elección del titular del Ministerio Público, el presidente Abinadel se decantó por seleccionar
22:32a una persona proveniente de la carrera judicial, que es la magistrada Jenny Berenice Reynoso.
22:37Habría que ver cuál es la decisión que tiene. Cualquiera de las decisiones que auspicie
22:44el presidente, recuerden que esto es una decisión de naturaleza colegiada, cualquiera de las
22:48decisiones que auspicie serán decisiones igualmente correctas. Pero lo que no se podría a nadie,
22:54y no creo que nadie de la clase política pudiera ser sensato, es decir que el presidente
23:00no pueda auspiciar a un jurista que él entienda que reúne las condiciones del lugar
23:08y que no provenga de la carrera judicial. Eso no creo que nadie en el país sensato
23:16va a cuestionar esa posibilidad de que el presidente haga eso, porque al fin y al cabo
23:22al que le van a tomar en cuenta el mal desempeño de quien resulte seleccionado
23:27para presidir la Suprema Corte de Justicia, va a ser al presidente Abinadel, no al resto
23:31de los miembros del Consejo Nacional de la Administratura.
23:32¿Usted tiene algún favorito para la presidencia?
23:37¿Eh? ¿Eh? ¿Eh?
23:40Mañana juega un gol muy temprano.
23:42Ok.
23:43¿Con él?
23:44Bueno, ya lo vi, hay que ver con quién juega mañana.
23:47Bueno, nos despedimos mañana de vuelta a partir de las 5 de la madrugada.
23:58¡Gracias por ver el video!
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