00:00El informe no es vinculante para el Perú ni para ningún estado. La opinión básicamente constituye un examen evaluado por
00:08lo que ellos denominan expertos, obviamente desde una perspectiva muy abstracta del proceso, muy lejana a la posibilidad de una
00:15aplicación o algún efecto jurídico directo.
00:17Claro, no quita que alguien pudiera, como se está haciendo, difundir la información y poner sobre el debate.
00:22Gracias.
00:52Buenos días, Nicolás, qué gusto escucharte.
00:56La primera pregunta es, ¿esta decisión del grupo de trabajo nos obliga, es decir, o es una opinión, una recomendación,
01:07un consejo?
01:08No, en principio hay que entender que el informe no es vinculante para el Perú ni para ningún estado.
01:15La opinión básicamente constituye un examen evaluado por lo que ellos denominan expertos, obviamente desde una perspectiva muy abstracta del
01:22proceso,
01:24muy lejana a la posibilidad de una aplicación o algún efecto jurídico directo.
01:27Claro, no quita que alguien pudiera, como se está haciendo, difundir la información y poner sobre el debate si es
01:33que esto tiene algún grado de razonabilidad o legalidad en el marco de ello.
01:37Pero no resulta vinculante, no es una resolución que sea pasible de ejecución bajo algún tipo de apercibimiento ni demás.
01:43Simplemente es una opinión por un conjunto de profesionales que se denominan expertos, y digo se denominan porque luego conversaremos
01:49seguramente un poco sobre el contenido de este documento,
01:53pero a priori no resulta vinculante de ningún modo, ¿no?
01:56De acuerdo. Esto es lo primero que es importante, ¿no es cierto?
02:00No estamos obligados, digamos, a acatar lo que dice este grupo de trabajo.
02:04Ahora, lo segundo es lo que dice el grupo de trabajo, y te soy sincero, Jorge, a mí lo que
02:10más me llama la atención es que incluso en alguno de los votos singulares se insiste en que opinar no
02:16es un delito.
02:17Y han puesto un signo igual entre lo que hizo Pedro Castillo, que todos vimos que decía, declaro disuelto el
02:24Congreso, disuelve todas las instituciones,
02:26y eso es una opinión para alguno de los distinguidos miembros de este grupo de trabajo.
02:32No, en definitiva, claro, yo creo que ahí hay que entender que la opinión parte de la premisa abstracta, sin
02:39ningún acto material, ¿no?
02:40Pero claro, la opinión en el marco de un discurso público, la opinión en el marco de una entrevista, o
02:45la opinión en el marco de cualquier otra actividad es completamente válida.
02:48Pero cuando estamos hablando del máximo representante del Estado del Presidente de la República, sus opiniones resultan siendo vinculantes,
02:55porque sus opiniones son finalmente las que podrían determinar un conjunto de decisiones que tienen que ver con la esfera
03:02pública.
03:02Entonces, cuando el presidente o el expresidente Castillo decide, dice, voy a disolver, ya está tomando una decisión,
03:08y está generando o imponiendo un conjunto de órdenes, se quebrantan el orden democrático,
03:13que finalmente llevan a cabo las consecuencias jurídicas que hoy conocemos, ¿no?
03:17Claro, ahora, lo que dice que, y ahí, es decir, el documento habla de una fuente a la que no
03:26revela,
03:26dice, la fuente, ha dicho, la fuente, todo el tiempo se refiere a una fuente que no revela, ¿no es
03:31cierto?
03:31No se sabe quién es la fuente que toman como, digamos, valga la redundancia, fuente confiable, ¿no es cierto?
03:42De información confiable.
03:44Pero hay un aspecto del documento del grupo de trabajo que no deja de ser cierto,
03:49es decir, se hicieron las cosas mal en relación a los, por ejemplo, procedimientos de vacancia,
03:55no se cumplieron con los votos mínimos, no se cumplió con las horas mínimas,
03:59no hubo derecho a la defensa, es decir, hubo torpezas muy propias de este Congreso que felizmente termina en unos
04:08días, ¿no?
04:09Sí, o sea, es innegable que pueden haber un conjunto de irregularidades,
04:14pero también hay que comprender la naturaleza del hecho, ¿no?
04:17O sea, no es frecuente que un presidente de la República en funciones
04:22pretenda disolver de alguna manera el sistema democrático.
04:26Frente a ello, obviamente, en el camino se han dado inconsistencias.
04:31Sin embargo, esas inconsistencias no nos pueden llegar a afirmar de manera expresa
04:36de que convierta automáticamente un acto manifiestamente ilícito, ilegal,
04:41en un acto completamente válido, ¿no?
04:43Yo creo que hay un exceso en el análisis y obviamente en las conclusiones,
04:48como por ejemplo para estimar que primero tendría que revocarse de manera inmediata
04:51la libertad de Pedro Castillo.
04:54Yo creo que hay una confusión clara cuando dicen hay una inmunidad parlamentaria,
04:58en tanto que el 117 de la Constitución prevé que solamente hay una categoría de élitos
05:02por las cuales podría ser apresado, y como dentro de esa categoría no está rebelión,
05:06entonces no podría ser apresado.
05:07Eso es una verdad a medias, ¿no?
05:09Porque otro de los presupuestos que prevé el 117 de la Constitución es cuando se pretenda
05:13interrumpir el funcionamiento del Congreso.
05:16Del Congreso, de los organismos electorales, hay una definición muy clara sobre eso.
05:21Es decir, ese artículo tiene muchos defectos, pero en ese punto es muy claro, ¿no?
05:26Exactamente, ¿no?
05:26Y claro, las disposiciones constitucionales, si bien es verdad, tienen un amplio margen de interpretación,
05:32aquí es una norma expresa que atribuye y posibilita la posibilidad de detener o de procesar
05:37a un presidente de la República cuando interrumpe el funcionamiento del Parlamento,
05:41y en este caso el presidente había dispuesto la disolución del Parlamento.
05:44Claro.
05:45Y eso habilita, en primer supuesto, y creo desvirtúa el informe,
05:49en el sentido de que sí había una causa de flagrancia.
05:51El segundo supuesto que creo yo tiene que ver es básicamente con el tema de que no habría flagrancia.
05:57Claro, lo que pasa es que la doctrina a nivel global tiene diversas definiciones y alcances
06:02sobre la flagrancia, y esas diversas definiciones sobre la flagrancia tienen inestricto que ver
06:07con, por ejemplo, identificar que la flagrancia de manera inmediata,
06:11como el sujeto que lo cojo con las manos en la masa,
06:13o la flagrancia en el supuesto de quienes de alguna manera tienen una figura de flagrancia ampliada.
06:18En el Perú tenemos un concepto de flagrancia ampliada en el que podemos habilitar la detención
06:23de una persona hasta dentro de las 48 horas de producido el hecho,
06:26siempre que yo lo encuentro como elemento material del delito.
06:28Aquí la detención se produce horas después.
06:31Entonces, el no hablar de flagrancia partiendo de que no habían elementos para el delito de rebelión
06:36es empezar de manera inversa.
06:38O sea, definitivamente nadie es condenado primero y detenido después.
06:41Es completamente al revés cuando se trata de un supuesto de flagrancia.
06:45Primero lo detengo y luego lo condeno.
06:46Pero pareciera que el informe nos dice, oye, primero demuéstrale que es rebelión,
06:49y una vez que le demuestres que es rebelión,
06:51entonces recién tú puedes detenerlo por flagrancia.
06:54Y la detención por flagrancia exactamente funciona de manera completamente inversa.
06:59Ahora, digamos, ha habido toda una controversia sobre que no hubo el delito de rebelión
07:07porque no se recurrió al uso de las armas.
07:11¿No es cierto?
07:12Entonces, ¿qué cosa habría sido?
07:13Un intento de rebelión.
07:14Lo que ha dicho esta mañana...
07:15Una conspiración.
07:16Claro, lo que ha dicho esta mañana Rodríguez Mackey,
07:20el ex canciller y especialista en todos estos temas,
07:25yo creo que es certero.
07:26O sea, es una ruptura del orden constitucional.
07:30O sea, que el presidente de la República emita un mensaje a la nación
07:34diciendo que disuelve el Congreso,
07:36es una ruptura del orden constitucional según un artículo de la Constitución
07:40y es causar suficiente para abacar a un presidente.
07:43Es decir, sobre eso no debería haber duda
07:47y no sé por qué le dan tantas vueltas en el sistema de justicia.
07:51Ahora...
07:52Tiene mucho que ver con el proceso, ¿no?
07:54Ahora, esto es un aspecto, ¿no es cierto, Jorge?
07:58Desde el punto de vista estrictamente jurídico,
08:02es decir, ha habido errores en el proceso de vacancia de Pedro Castillo.
08:08Una cosa distinta es su detención por el hecho de la flagrancia, ¿no es cierto?
08:15Ahora, pero otro aspecto es el más político.
08:19Es decir, que va más allá de los delitos que puedan haberse cometido
08:25y que tienen que ver con decisiones que en la historia del Perú,
08:29es decir, cuando Bustamante toma, no es cierto, decisiones con respecto al Partido Apriesta.
08:36El Partido Apriesta es un partido ilegal.
08:38Era un partido considerado poco menos que terrorista.
08:42Estaban acusados por homicidios.
08:44Es decir, y lo que decidió es legalizar al Partido Apriesta y darle amnistía
08:49y perdón por todos los delitos que se le imputaban
08:53y se inició una era distinta en la vida nacional, ¿no?
08:56Con el APRA como un actor legal y presente.
09:00Terminó finalmente Alan García gobernando dos veces.
09:03Pero la gente más joven o los que no conocen la historia
09:06no saben de que hubo un momento en que esto no fue así, ¿no?
09:09Era un partido proscrito.
09:12Claro, ahora, yo creo que hay un elemento importante siguiendo esa línea, ¿no?
09:15Bueno, es posible, y yo creo que coincido contigo en que hubiera un conjunto de errores
09:21en el marco de la vacancia del expresidente.
09:23Sin embargo, eso no puede nulificar el hecho de la disolución del Parlamento
09:28y las consecuencias jurídicas.
09:30Entonces, yo creo que quienes en algún momento sostienen que no,
09:33que él mantiene la condición de presidente y es el presidente
09:36y no fue vacado porque es irregularidad,
09:38quiebra un poco el razonamiento uniforme de la Tribunal Constitucional
09:42donde, por ejemplo, en el caso, digamos, más palmar y similar
09:45que podríamos utilizar, que es el caso de la disolución del Congreso del 92.
09:49Es que, en ese caso, se presenta una demanda ante el Tribunal Constitucional
09:53de ese momento y se plantea dejar sin efecto
09:56todas las disposiciones vinculadas a la disolución del Congreso
09:59y, por ende, la negatoria de todo lo que había ocurrido por más de 10 años.
10:03Frente a ello, el tribunal, en el caso Boreo, Drí, y 5.000 ciudadanos,
10:07termina resolviendo y dice, oye, yo no puedo,
10:09yo entiendo que haya habido un conjunto de inconsistencias y irregularidades,
10:11pero yo no puedo nulificar un acto que finalmente sea convalidado en el tiempo
10:16y, en este caso, con la condena de Pedro Castillo, está convalidado en el tiempo.
10:20Entonces, encontrar que hay un conjunto de irregularidades
10:23no comience en irregular la condena posterior de Pedro Castillo.
10:27Claro, y esto corre por una riela parte, ¿no es cierto?,
10:32por riela esa parte, que el tema político.
10:35Por supuesto.
10:36Y el tema político es una decisión que le compete solo en este momento,
10:42bueno, todavía es presidente Balcázar y podría hacerlo,
10:44aunque no sé qué consecuencias podría tener, ¿no?,
10:47pero si el objetivo es una medida de esta naturaleza,
10:51como darle, no sé qué es lo que corresponde legalmente,
10:56porque el indulto no procede, ¿no es cierto?,
10:59sería una gracia presidencial para liberarlo,
11:03pero eso, el sentido que tendría es crear un clima distinto,
11:07o sea, yo te libero, dedícate a construir tu partido,
11:12haz oposición, pero déjame gobernar, ¿no es cierto?
11:15Claro, pero además eso tiene una nota interesante, Nicolás,
11:18porque esa es una afirmación de una gracia presidencial,
11:24además justificaría vaciar de contenido,
11:27incluso esas voces que niegan la existencia de un delito,
11:31porque claro, yo solamente puedo otorgarte la gracia
11:33si tú aceptas que en efecto existe un delito,
11:36pero si es que tú partes de la negación de que no has cometido un delito,
11:40eres inocente, vas a impugnar una decisión,
11:42¿por qué corresponde algún tipo de gracia?
11:45La gracia procede porque ya estás efectivamente condenado
11:48y asumes las consecuencias jurídicas de dicha condena.
11:51Entonces yo creo que más bien la gracia podría jugar incluso en contra
11:53a quienes podrían partir de decir que se trata de una detención ilegal,
11:57una condena injusta y otro tipo de afirmaciones.
12:01Jorge, te agradezco mucho por habernos atendido.
12:03Jorge Zúñiga, abogado penalista, ha estado con nosotros.
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