00:00esta exclusión que implica
00:02porque la investigación es por lavado de activos
00:04en el caso de las peruanas
00:05y esto es
00:07a Joaquín Ramírez, a Fuerza Popular
00:09ellos siguen investigados, o sea, se ha excluido
00:12únicamente de la investigación
00:14a la organización política Fuerza Popular
00:16esto significa, buen cristiano
00:18que Fuerza Popular ya no está
00:19investigada más en el caso
00:21y que el Ministerio Público, como consecuencia
00:24de ello, tiene que retirar la imputación
00:26respecto a Fuerza Popular
00:27esto significa también que si eventualmente
00:30el Ministerio Público acusa, acusará
00:32a personas físicas, ya no
00:34a Fuerza Popular, porque claramente
00:36una imputación hacia un partido supone
00:37desde una suspensión temporal hasta una
00:40clavosura definitiva, y por eso es que nos
00:42generaba especial preocupación
00:43Ustedes ya habían hecho un pedido de exclusión, ¿no?
00:46Es que hay otro caso, Fuerza Popular ha estado
00:47en varios casos, en el caso Cocteles ha tenido
00:50otra defensa, en este caso
00:52de las peruanas, yo he estado a cargo de la defensa
00:54pero hay un dato que es estructural
00:56y me parece no solamente estructural
00:58sino una torpeza en la forma
01:00en cómo se ha organizado la imputación
01:02respecto a Fuerza Popular
01:03que la norma permite
01:06que después de formalizada la investigación
01:08preparatoria, es decir, hace seis años atrás
01:10el Ministerio Público pueda incorporar
01:12a una persona jurídica en el proceso penal
01:14y por qué el acuerdo plenario
01:16que es un documento que delimita
01:18las formas y los modos
01:20de cómo una persona jurídica puede ingresar
01:22a una investigación
01:23es tienes que darle las condiciones
01:27razonables para que esta persona
01:29una vez incorporada pueda defenderse
01:32puede estar en equidad de condiciones
01:34para poder defenderse de la imputación
01:36sin embargo, a cinco días
01:38del vencimiento definitivo
01:40de la investigación
01:40el Ministerio Público
01:42incorpora Fuerza Popular
01:43de tal manera que es
01:46insostenible
01:47física
01:47jurídicamente posible
01:49de que en cinco días
01:50alguien pueda defenderse
01:51por eso es que la sala dice
01:53oye
01:53ha habido una condición
01:56irrazonable
01:56para que Fuerza Popular
01:57pueda defenderse
01:58y en esas circunstancias
01:59la incorporación
02:00es absolutamente ilegal
02:01ahora
02:02esto significa
02:03que
02:03esta decisión judicial
02:05que es lo que está usted explicando
02:06es que
02:06Fuerza Popular
02:07queda definitivamente
02:08fuera del caso
02:09de la investigación
02:10o
02:11la Fiscalía
02:12aún tiene otras vías
02:12para investigar
02:13ninguna
02:13la forma en cómo
02:15se incorpora
02:15una persona jurídica
02:16en el marco
02:17de una investigación
02:18es a través de la figura
02:19de la incorporación
02:20de personas jurídicas
02:21como tercero investigado
02:23y en este caso
02:24al darnos la sala
02:25a la razón
02:26se excluye
02:27definitivamente
02:27el Fuerza Popular
02:28o sea
02:28tal vez
02:29podrían volver
02:30a investigar
02:32por otras vías
02:32pero no necesariamente
02:33a Fuerza Popular
02:34sino a un miembro
02:34de Fuerza Popular
02:35es que actualmente
02:36se investiga
02:36a algunos miembros
02:37del partido
02:38y además
02:38se investigaba al partido
02:39el partido finalmente
02:40ha sido destruido
02:41de manera tal
02:42que el Ministerio Público
02:43si es que acaso
02:44acusa
02:44o sobresegue
02:45que es lo que esperamos
02:46lo harán respecto de ellos
02:47no respecto al partido
02:48ahora
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