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  • hace 1 día
En diálogo con Exitosa, el abogado penalista Luis Gutiérrez señaló que Roberto Sánchez no sería sentenciado por el presunto caso de falsedad en la declaración de aportes antes de las elecciones. Según explicó, el desarrollo del proceso judicial y una eventual decisión se darían después de los comicios.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00Lo va a derivar a otro juzgado, que es quien lo va a juzgar. Juzgado de investigación preparatoria, acompaña hasta
00:06la etapa intermedia. Juzgado, que en este caso va a tener a cargo el juicio, es otro juez. Ese juez
00:13primero tiene que recibir el auto de enjuiciamiento, que le deriva el juzgado de investigación preparatoria. Tiene que fijar fechas
00:20para el juicio de Roberto Sánchez. ¿A través de qué? De un auto de citación a juicio oral. Entonces, todo
00:25esto va a pasar después de las elecciones.
00:29Nos vamos a enlazar ahora a Biazum con el abogado penalista Luis Gutiérrez. Buenos días, doctor Gutiérrez.
00:37Buenos días, Nicolás. Mucho gusto siempre saludarte y a todos los amigos de Exitosa. ¿Cómo están? Buenos días.
00:42Luis, ¿qué es lo que está en discusión sobre el tema de Roberto Sánchez? O sea, porque lo que está
00:50evaluando el Poder Judicial es si va a haber juicio o no va a haber juicio, ¿no? O sea, ¿frente
00:54a qué estamos?
00:54O sea, ¿qué cargos se levantan contra él y cuáles son las características de la decisión que se tiene que
01:01tomar?
01:03Lo primero, Nicolás, juicio sí va a haber. Partamos de esa premisa.
01:07Lo que está haciendo el juez en este momento es solicitar datos del Ministerio Público para emitir un nuevo auto
01:14de enjuiciamiento.
01:15El auto de enjuiciamiento es como una resolución que yo, como juez de investigación preparatoria,
01:20realizo para especificar cuáles son los hechos que van a ir a juicio y con qué prueba voy a ir
01:25a juicio.
01:26Ahora, es importante lo que tú me dices porque debemos recalcar que aquí hay dos periodos de campaña
01:32que están siendo sujetos a análisis en esta acusación.
01:35Por un lado, tenemos las elecciones regionales y municipales allá en el año 2018.
01:39Por otro lado, tenemos las elecciones congresales complementarias del año 2020.
01:44Ahora, ¿qué es lo que imputa la Fiscalía?
01:47La Ley de Organizaciones Políticas establece que los partidos políticos tienen que remitir dos tipos de informes.
01:56El primero está referido a los informes financieros anuales, o sea, todo lo que está dentro del partido.
02:03Pero el segundo es específicamente sobre la declaración de ingresos y de gastos de campañas electorales.
02:11La Fiscalía dice que en el año 2018 se recibe en la cuenta del señor William Palomino Sánchez
02:18el monto aproximado de 204 mil soles.
02:22La respuesta a esto, por parte de la defensa, es que bueno, estos son tasas internas.
02:26Por ejemplo, si yo quisiera ser candidato de Juntos por el Perú, yo pago una tasa.
02:32Y de esa tasa se juntaron 204 mil y eso explica que ese depósito exista en la cuenta del señor
02:38William Sánchez Palomino.
02:39Y en la tesis de la defensa, esos gastos no deben ser supervisados por la OMP, sino más bien internamente
02:46solo por el partido.
02:47Eso es lo primero.
02:48Lo segundo que imputa la Fiscalía, ya refiriéndonos al año 2019 y 2020,
02:53hay un monto de 75 mil soles, de los cuales específicamente aproximadamente 24 mil soles
03:00son declarados como el aporte del uso de un local.
03:04Pero el problema está que si declaran 24 mil soles aproximadamente como el uso de un local,
03:10viene el dueño del local y dice, señores, disculpen, pero yo nunca les he dado mi local.
03:15Entonces, ¿qué es lo que imputa la Fiscalía?
03:18Están declarando información falsa.
03:20En el 2018, porque me están declarando en cero, pero tengo 204 mil soles depositados.
03:26Entonces, ahí hay falsa declaración en procedimiento administrativo.
03:30Ahora, la temporalidad, Nicolás, es importante.
03:32El punto de quiebre está en agosto del año 2019.
03:37¿Por qué?
03:38Porque se emite una ley, que es la 30 mil 997, que trae un nuevo delito,
03:44que es el falseamiento específicamente sobre los gastos, ingresos, aportes,
03:50específicamente de gastos de campaña.
03:53Por eso es que tú en la acusación fiscal estás encontrando,
03:56para los hechos que son anteriores a agosto del 2019,
03:59o sea, las regionales y municipales del 2018,
04:02falsa declaración en procedimiento administrativo.
04:04Perfecto, porque ese es el genérico.
04:06Pero como a partir de agosto del 2019 tú tienes un nuevo delito,
04:11que es el específico, que es el falseamiento de información en aportes,
04:15ingresos, específicamente relacionados a campaña,
04:18por eso es que tienes esos dos delitos.
04:20Pero obedecen básicamente a que se han declarado información falsa
04:25en estos dos informes que te acabo de precisar.
04:27Uno es el informe financiero anual y el otro es la declaración de gastos de campaña.
04:33Eso es en resumen, Nicolás.
04:34¿Y por qué esto alcanzaría a Roberto Sánchez, estos hechos?
04:40Él tiene alguna responsabilidad, él tenía que firmar, él tenía conocimiento.
04:44O sea, ¿cuál es la responsabilidad específicamente de Roberto Sánchez?
04:49Roberto Sánchez, inicialmente, si me permites acotar,
04:54también venía siendo investigado junto con su hermano por otro delito,
04:57que era fraude en la administración de personas jurídicas.
05:00O sea, básicamente la fiscalía decía ahí que se han apropiado de la plata del partido
05:04para fines personales, pero el abogado presenta una excepción de improcedencia y acción.
05:10Para que los oyentes me puedan entender, una excepción de improcedencia y acción
05:14es un medio de defensa que tiene el abogado para sostenerle al juzgado
05:18que el hecho que me imputa la fiscalía no es un delito.
05:22Entonces, en esa tesis, el abogado de Roberto Sánchez dice lo siguiente.
05:27A ver, fraude en la administración de personas jurídicas.
05:30Claro, pero ¿qué personas jurídicas?
05:31Porque este delito solamente ha sido establecido para personas jurídicas de derecho privado.
05:37Llámense empresas.
05:38Pero nosotros no somos una persona jurídica de derecho privado.
05:42Somos un partido político que no intervenimos en el tráfico económico.
05:46En primera instancia, se los dan infundado.
05:49Pero allá en el año 2024, Nicolás, apelan.
05:53La quinta sala penal de apelaciones de Lima declara fundada en ese extremo
05:58la excepción de improcedencia y acción.
05:59Y por eso es que hoy día solo están por los dos delitos que te acabo de explicar.
06:03Y ya no por fraude en la administración de personas jurídicas.
06:05Es por eso que ahora en la audiencia, si la han estado siguiendo,
06:09han visto que el abogado se opone y dice lo siguiente.
06:13¿Pero por qué está William Sánchez?
06:15Si William Sánchez estaba dentro de lo que era el delito de fraude
06:18en la administración de personas jurídicas, pero eso ya se extinguió.
06:22Entonces, William Sánchez ya no forma parte de esta audiencia.
06:24Porque esos hechos, según la quinta sala penal de apelaciones de Lima,
06:28no configuran delito.
06:29Ese es un dato importante.
06:31Ahora, ¿por qué Roberto Sánchez está?
06:33Roberto Sánchez, antes de ser congresista en el año 2021
06:36y antes de ser ministro,
06:40él es jefe del partido Juntos por el Perú.
06:44Consecuentemente, los informes que los contadores vayan a elaborar,
06:47los administradores de hecho, de derecho,
06:50los tesoreros vayan finalmente a elaborar,
06:53él los firma.
06:54Y sobre él recae la obligación de declarar esa información
06:59ante la gerencia de la OMP, que está encargada justamente
07:03de supervisar cómo se administran los fondos partidarios.
07:06Por eso es que él está sometido a la investigación.
07:09El abogado, por su lado, señala,
07:11claro, pero hay un principio de confianza, ¿no?
07:13Yo voy a confiar en que mi contador y mi tesorero
07:16hacen absolutamente todo bien.
07:18Ni modo que yo entre a revisar su trabajo.
07:20Por principio de confianza, yo confío en que lo han hecho bien
07:22y yo solamente firmo.
07:25Sobre esa tesis, si me permites, Nicolás,
07:27hay que tener cuidado,
07:28porque esto también se ha analizado en el caso de PPK.
07:32Y a PPK lo que le dijeron,
07:34¿qué es lo que pasa si ese informe que están remitiendo a la OMP
07:37está acompañado de documentos
07:39que supuestamente los van a sustentar?
07:42Entonces, no sé si es que la fiscal habrá analizado esa posibilidad,
07:45porque si una cosa es mandar solo el informe firmado,
07:49por eso declaración en procedimiento administrativo,
07:51y otra cosa muy distinta es adjuntar pruebas
07:54que, según yo, sustente ese informe.
07:56Porque si es que fuera el segundo supuesto en el caso PPK,
08:00se estableció que inclusive podría ser el delito de fraude procesal.
08:03Porque a través de documentación,
08:06que ahora sí yo sé que es falsa,
08:07trato de inducir a una decisión errónea
08:10respecto al labor de fiscalización que tiene esa gerencia de la OMP.
08:13Ahora, una pregunta final
08:15que vale no solamente para el caso de Roberto Sánchez.
08:19¿No resulta, no sé, llamativo que esto ocurra a nueve días de las elecciones,
08:24la audiencia, igual que la citación a Mar Vito
08:27para definir su situación a pocos días antes de las elecciones?
08:32Es decir, ¿por qué tiene que ocurrir esto al borde de las elecciones?
08:37O sea, ¿por qué no ocurrió antes o por qué no ocurre después?
08:42¿No?
08:43¿Por qué coincide junto con un momento electoral?
08:46Puede prestarse a suspicacia.
08:48Y por eso digo, no solo el caso de Roberto Sánchez,
08:50el Mar Vito también, ¿no?
08:54Claro, pero mira, legalmente,
08:57una cosa es mediáticamente,
08:58otra cosa es legalmente qué impacto puede tener.
09:01Legalmente, el señor hoy día no va a ser sentenciado.
09:04Hasta acá llega el juez de investigación preparatoria
09:06emitiendo su auto de enjuiciamiento.
09:08Lo va a derivar a otro juzgado,
09:10que es quien lo va a juzgar.
09:12Juzgado de investigación preparatoria,
09:14acompaña hasta la etapa intermedia.
09:16Juzgado, que en este caso va a tener a cargo el juicio,
09:20es otro juez.
09:21Ese juez, primero tiene que recibir el auto de enjuiciamiento,
09:25que le deriva el juzgado de investigación preparatoria.
09:27Tiene que fijar fechas para el juicio de Roberto Sánchez.
09:30¿A través de qué?
09:31De un auto de citación a juicio oral.
09:32Entonces, todo esto va a pasar después de las elecciones.
09:35Ahora, mediáticamente, ¿qué impacto puede tener?
09:38Eso es otra cosa.
09:39Inclusive, si Roberto Sánchez fuera sentenciado en primera instancia,
09:43hay que recordar lo que pasó con Fernando Rospigliosi.
09:46Que dijeron, bueno, pero esta sentencia es posterior a que él ha sido candidato.
09:50Entonces, eso tendría que definir el jurado nacional de elecciones
09:54en la eventualidad que fuera antes de la juramentación.
09:58Ahora, y por otro lado,
10:01Nicolás, es un tema importante porque a veces cabe la suspicacia.
10:04¿Por qué lo está investigando la Fiscalía de Cercado?
10:06Porque es una fiscalía común.
10:08Es la segunda fiscalía provincial de Cercado, Lima, Breña.
10:11Entonces, a partir de eso,
10:13hay que definir por qué lo está investigando en la Fiscalía de Cercado.
10:16Sencillamente porque el señor,
10:17en el 2018, en el 2019 y 2020,
10:20donde se han presentado esos informes,
10:22no era congresista,
10:23ni tampoco era ministro.
10:25¡Exitosa!
10:27Muchas gracias.
10:28Muchas gracias a Luis Gutiérrez.
10:30Muchas gracias a Luis por atendernos.
10:31Como siempre, muy gentil.
10:33Muchas gracias.
10:34Gracias, Nicolás.
10:34Un abrazo.
10:35Un abrazo.
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