00:00De esto, José Manuel, está José Manuel Ávila con nosotros, es el presidente de la Barra Sonorense de Abogados.
00:08Gracias, José Manuel, por estar con nosotros. ¿Cómo te va? Buenos días.
00:11Buenos días, Marcelo. Buenos días a tu mueble público, a la orden.
00:15Muchas gracias por estar con nosotros. ¿Cómo estás viendo este caso, el del médico de los sueros vitaminados?
00:21Y pues las dudas que tenemos nosotros, no sé si ustedes las tengan o al contrario, tengan sumamente claro por
00:32qué no ha sido detenido este hombre, por qué no ha sido privado de la libertad, José Manuel.
00:40A ver, Marcelo, debo comentarte de inicio que todos los comentarios que voy a hacer se derivan precisamente de lo
00:50que ha estado circulando por redes sociales, incluyendo los comunicados de fiscalía.
00:57Sí.
00:59Y también por lo que dice la misma ley.
01:02Hechos consumados, comunicados de fiscalía y lo que dice la ley. Muy bien.
01:07Es correcto.
01:08Sí. Ya está trascendido, ya está trascendido y comentarios, ¿no?
01:12Es correcto.
01:13Sí.
01:14Bueno, partiendo de esa premisa, debo decirte que el juicio de amparo incluye también un apéndice o un incidente o
01:22una media cautelar llamada suspensión.
01:25De tal manera que ese instrumento con el que cuenta el juez de distrito, que es el que otorga la
01:31suspensión de amparo, le sirve para ordenarle a las autoridades responsables que mantenga las cosas en el estado que actualmente
01:41guardan hasta en tanto se dicte en definitiva una sentencia de fondo en ese juicio de amparo.
01:48Si yo llego el día de hoy y le señalo al señor juez de distrito que tengo una orden de
01:54aprehensión emitida por un juez penal competente, no obstante que no he cometido delito alguno, el juez tendría que atenerse
02:04o basar su resolución de incidente de suspensión en dos principios.
02:10El principio de la apariencia del buen derecho y peligro en la demora, es decir, la apariencia del buen derecho,
02:20él de entrada me debe de que está obligado a creerme siempre y cuando la narrativa que yo haga en
02:27mi demanda sea coherente.
02:28Si te fijas, yo le dije al juez, señor juez de distrito, yo no he cometido ningún delito y no
02:35obstante ello, se emitió una orden de aprehensión en contra de mi persona.
02:42El juez tiene que creerme porque estamos partiendo de la premisa que estamos actuando de buena fe y el otro
02:48principio es el peligro en la demora.
02:50El juez no me puede decir a mí quejoso, date una vuelta en mes y medio a ver cómo estoy
02:55de trabajo. Tendría que dictarlo de manera inmediata y esa suspensión a mí me sirve para que el juez penal
03:02no ejecute en mi contra esa orden de aprehensión hasta el tanto se resuelva de fondo ese juicio de amparo.
03:09Sin embargo, en este caso en particular, mi estimado Marcelo, por lo que se sabe, son ocho carpetas de investigación.
03:18Aquí pareciera que se está jugando un, digo, con el respeto que se tienen las víctimas, la memoria de las
03:26víctimas,
03:27pareciera que está jugando un duelo de ajedrez, un juego de ajedrez entre defensa y fiscalía,
03:32porque hasta donde se sabe, se emitió una primera orden de aprehensión, se promovió un juicio de amparo en contra
03:39de esa orden de aprehensión.
03:40Sin embargo, fiscalía ya tenía una segunda orden de aprehensión que no abarcaba la primera suspensión de amparo.
03:48¿Por otra carpeta o por qué?
03:50Por otra carpeta, por otra carpeta, hasta donde entiendo yo, el médico no asistió a la audiencia que le había
03:59asignado el juez penal,
04:02porque tenía el temor fundado de que hubiese una segunda orden de aprehensión.
04:06Sí.
04:07Porque voy más allá, Marcelo.
04:09Cuando el juez de distrito, el juez federal, te otorga la suspensión,
04:14te dicta también a la par dos medidas de seguridad.
04:17¿Cuáles son?
04:18La primera es que exhibas una garantía económica.
04:25Y número dos, que te apersones ante el juez penal para que siga el procedimiento, su curso legal.
04:32El procedimiento es de orden público, no se puede suspender.
04:36Sí.
04:36En caso de que el quejoso no cumpla con esas dos medidas de seguridad, en un término perentorio de cinco
04:44días,
04:44el juez de distrito deja sin efecto esa suspensión de amparo.
04:49En este caso en particular, hasta donde sabemos, el médico no asistió a esa audiencia,
04:55que le fijó el juez penal, de tal suerte que seguramente que ese juez penal ya se la comunicó al
05:02juez,
05:02al juez de distrito, y derivado de ello entiendo yo que se revocó esa suspensión de amparo que se le
05:09otorgó al médico.
05:11Sí, ya se le habría revocado para este día, para estas horas.
05:16Seguramente que sí, porque según se tiene noticia, el médico no asistió a la audiencia que le fijó el juez
05:24penal.
05:24Sí, que fue el miércoles, el jueves, bueno, el miércoles a las 11, 11 y media.
05:30El miércoles, ¿verdad? No acudió.
05:32Así es.
05:33Y esa comunicación del juez penal, que son los jueces de la estructura estatal, ¿no?
05:43Al juez de distrito, que son los jueces de la estructura federal, ¿es constante o qué términos, qué plazos manejan
05:51ellos, José Manuel, para estas comunicaciones?
05:53Tienen contacto directo, vía oficio, incluso vía electrónica, prácticamente de inmediato, se comunican muy ágilmente, seguramente en ese mismo día
06:06o al día siguiente el juez penal le dio noticia al juez de distrito que no fue a la audiencia,
06:12no asistió a la audiencia el médico y que en consecuencia se le debe de revocar las suspensiones.
06:18A estas alturas, entonces, lo lógico es que ya no cuente con esa protección que le da un amparo, José
06:27Manuel.
06:28Efectivamente, seguramente hoy en día ya no tiene ese instrumento, ya no tiene esa prerrogativa el médico por no haber
06:36asistido a esa audiencia, por no haber cumplido con esas medidas de seguridad.
06:40Luego, entonces, ahorita es factible que se ejecute seguramente esa orden de aprehensión.
06:45Bueno, ya entonces estarían facultados, ahora sí, elementos ministeriales, ¿no?, para aprenderlo.
06:56Efectivamente, el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales te dice de qué formas puede hacer comparecer la autoridad
07:07ante un juez penal a un imputado.
07:09Se dice que a través de un citatorio, a través de la fuerza pública y también a través de una
07:16orden de aprehensión.
07:18En este caso, pues, pareciera que tenemos una orden de aprehensión viva, ejecutable, en contra del doctor.
07:26Sí. Bueno, no es aquí para, no es nuestra intención de adivinar ni nada por el estilo, más un caso
07:34tan serio donde hay víctimas,
07:36pero si todo esto lo sabía la defensa, ¿por qué evadir su presentación en esta audiencia que le iba a
07:46suprimir o a privar de estos beneficios del amparo?
07:50Pero, ¿verdad, José Manuel? Es una pregunta que se nos viene muy lógica, ¿no?
07:54Sí.
07:55Es lo que nos dice, es que ya tenía otra orden.
07:58Es correcto, sí, pues, terminas esa audiencia, efectivamente el juez penal en ese momento no puede ordenar tu detención,
08:05porque le exhibiste una suspensión de amparo, sin embargo, seguramente saliendo de esa audiencia le hubiesen ejecutado la segunda orden
08:15de aprehensión.
08:16Sí. José Manuel, la reparación del daño, si la parte, el equipo de abogados, del doctor, del presunto responsable,
08:28se acercó a las víctimas, a las familiares, familiares de las víctimas, a ofrecer una reparación del daño, ¿verdad?
08:37Una indemnización, ¿eso no lo exime del proceso penal o sí influye en algo?
08:44Sí, claro, sí influye. Ahí se terminaría el procedimiento a través de un acuerdo reparatorio.
08:50Y una vez que se repare el daño, si las víctimas acceden a ello, las condiciones estén dadas,
08:59pues, seguramente se terminaría el procedimiento a través de esa figura.
09:05¿Y ahí qué dice el juez? ¿Ya se acabó esto y la persona queda en libertad? ¿Algo así?
09:10Sí, mira, déjame decirte esto. El nuevo sistema penal o otro nuevo sistema penal
09:21descansa básicamente en que el Estado tenga la menor intervención posible
09:30cuando se lleva a cabo algún ilícito penal. Incluso delitos de alto impacto pueden ser
09:39concluidos a través de procedimientos establecidos en la propia ley, como el procedimiento abreviado,
09:46al margen del número de delitos, incluso delitos, insisto, de alto impacto, pueden ser
09:54concluidos a través de un procedimiento abreviado. Estamos hablando, en este caso en particular,
10:01sobre delitos culposos. Y en esa suerte sí puede ser motivo de algún acuerdo reparatorio
10:08entre las partes. De tal manera que si se llega a un acuerdo de orden pecuniario, se pudiese
10:14concluir sin ningún problema este procedimiento.
10:16Sí, nos acordamos bien cuando venía la implementación del nuevo sistema de justicia penal en, bueno,
10:24en Sonora, ¿no? Hablamos de Sonora. Precisamente hace 10 años estábamos en eso, ¿te acuerdas, José Manuel?
10:30Sí, es correcto.
10:3010 años, 10 años de la aplicación, de la implementación del nuevo sistema de justicia penal,
10:35que sería un tema aparte si nos permites más adelante abordar contigo cómo han cambiado
10:40si en realidad hay un efecto positivo. Pero bueno, independientemente de eso, sí se nos decía
10:47con insistencia, ¿verdad? Constantemente que era uno de los propósitos o era una de las premisas, ¿no?
10:57El acuerdo reparatorio que la víctima obtenga, pues, una indemnización, ese daño que le causaron
11:06sea reparado, vaya la redundancia, porque de qué servía que llevaran al responsable a la cárcel
11:14con trámites muy largos, una burocracia tremenda para dictarle sentencia y la víctima, pues, ahí quedaba, ¿no?
11:20Entonces era una de las premisas, ¿no? El acuerdo reparatorio, pues, los juicios orales,
11:28desde luego, ¿verdad? Y que, pues, sí, el Estado interviniera lo menos posible.
11:33Pero bueno, ya sería para otro tema.
11:36José Manuel, como siempre, muchas gracias.
11:38Al contrario, Marcelo, sigo la orden.
11:41Gracias.
11:42Igualmente, gracias. Hasta luego, presidente de la barra sonorense de abogados,
11:46con esta explicación muy precisa, muy clara,
11:49de la situación legal en la que se encuentra este caso tan...
11:56que nos cimbró, ¿verdad? Que nos cimbró y, desde luego, tan lamentable.
12:00Ocho víctimas, ocho víctimas, ocho personas que acudieron a suministrarse un...
12:08pues, no es medicamento, no es suplemento, suplemento, pero bien travenosa,
12:13confiando en que tendrían una mejor calidad de vida, una mejor salud,
12:17un momento o días de mejor salud y, mire, murieron.
12:22Y el responsable, el responsable de hacer esto con una mala práctica,
12:27aparentemente, de acuerdo a los señalamientes de la fiscalía,
12:31pues, huyendo, ¿no?
12:33Sabía que había otra orden de aprehensión, por eso no se presentó
12:37en el juzgado en ese momento, el miércoles pasado.
12:41Vamos a un corte, permítanos un momento, son las 7 de la mañana con 47 minutos.
12:46Regresamos con mucho más a Expreso 24-7.
12:51Expreso 24-7, noticias que se mueven contigo.
12:56Regresamos.
Comentarios