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  • hace 2 días
En diálogo con Exitosa, el abogado penalista Jorge Zúñiga explicó que el impedimento de salida del país para Piero Corvetto, exjefe de la ONPE, era necesario porque hay posibilidad que quiera huir del Perú.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00con Jorge Zúñiga Gisela.
00:05Don Jorge, ¿cómo está?
00:07Buenos días, gracias por estar en Hablemos Claro, aquí en Exitosa.
00:11A su juicio, como abogado, ¿considera justo este pedido de impedimento de salida,
00:17o mejor dicho, ya el fallo dictado por el juzgado?
00:23Bueno, en el caso concreto del impedimento de salida como tal,
00:26es una medida que lo que pretende es garantizar la permanencia del sujeto investigado en el proceso.
00:34En efecto de la defensa de Piero Corbeto, definitivamente la medida ha sido declarada fundada.
00:42Si era necesaria, sí, claro, finalmente a partir de la información que se tenía
00:46de que existía un tercer pasaporte, además de la renuncia del señor Corbeto
00:50al Organismo Nacional de Procesos Electorales, había perdido lo que en el derecho se llaman arraigos.
00:56Uno de los puntos que se analizan son justamente los arraigos que involucra
01:00es que tanto una persona tendría la posibilidad de tener desincentivos para huir del país.
01:07Entonces, si uno tiene una familia, uno tiene un trabajo, tiene deudas,
01:11tiene cierta cantidad de condiciones que le permiten estar arraigado en una localidad determinada.
01:17Pero claro, en el caso Corbeto, el señor renuncia, sale de la OMP,
01:20ya no tiene trabajo, tiene pasaporto, dice, oye, la investigación es medianamente seria,
01:24es un caso muy complejo, hay la posibilidad que huye.
01:28Frente a ello se pide el impedimento en una etapa inicial de la investigación,
01:31como es las diligencias preliminares, pues es completamente viable que proceda.
01:35Yo creo que más bien el resultado era esperado.
01:39Probablemente en otros tiempos incluso se hubiera deslizado una prisión preventiva.
01:42Hoy por hoy ha sido muy moderado los indicios que se tienen
01:46y que hubieran impedido más bien formalizar la investigación,
01:49que es la siguiente etapa del proceso para poder pedir una prisión preventiva.
01:52Y es por eso que la media más gravosa en esta etapa
01:54era la del impedimento de salida, que en efecto es la que se ha dado.
01:58¿Cuál cree usted es el argumento principal para que el juzgado haya fallado a favor del impedimento?
02:05La no entrega de este tercer pasaporte que vence en agosto,
02:09hay que tener en cuenta también que, como usted sabe y todos los amigos de Exitosa conocen,
02:15para salir del país el pasaporte debe tener una vigencia mínimo de seis meses.
02:19Si no, si te das cuenta, lo puedes tramitar fácilmente también en la Oficina de Inmigraciones del aeropuerto.
02:27Sí, correcto. En realidad ese tercer pasaporte no ha sido el elemento central.
02:31La razón del impedimento básicamente obedece a la renuncia del señor Corbetto a la OMS.
02:35Es más, en el debate de la audiencia, Fiscalía dejó en claro que ese tercer pasaporte era inoficioso,
02:41no tenía una utilidad práctica, pero que el hecho de que le haya entregado el pasaporte regular
02:46no restaba la posibilidad que fue del país, en tanto que estén convenios internacionales con otros países,
02:51que habilita que con el solo DNI podría viajar.
02:53Entonces lo que Fiscalía en blanco y negro dijo es,
02:55oye, que me entregues el pasaporte no impide que con tu DNI puedas salirte a los países de Latinoamérica,
03:00con los cuales el Perú tiene convenio y con los cuales puedes viajar con el DNI.
03:03Entonces, la razón sustancial sobre ello es básicamente, uno, existe la posibilidad de fuga,
03:08y dos, no tienes trabajo, y al no tener trabajo no tienes un arraigo que nos pueda generar la expectativa
03:13de que te vayas a quedar en el país.
03:16Perfecto. ¿Qué viene luego?
03:18Ahora se va a iniciar todo este proceso, por ejemplo, por los presuntos delitos de colusión agravada.
03:25¿Qué cosa es colusión agravada? Él o los demás funcionarios de la OMP se coludieron con los representantes de la
03:32empresa Gálaga.
03:33Eso me gustaría que lo explique ampliamente, doctor.
03:39Claro que sí. El proceso tiene varias etapas. Nos encontramos en la fase inicial del proceso,
03:43las diligencias preliminares, donde todavía no existe, o no existe de parte de la Fiscalía,
03:48la certeza de que haya habido un delito. En este caso, el delito de colusión.
03:52El delito de colusión involucra que hay un acuerdo clandestino entre los funcionarios
03:57y quienes se denomina a los extraños, que en este caso sería la empresa Gálaga,
04:00para poder defraudar o generar un perjuicio económico al Estado.
04:03Entonces, lo que la Fiscalía está diciendo es, señores, el jefe de la OMP, junto con un conjunto de funcionarios,
04:11habrían generado ciertas condiciones porque se han concertado.
04:16Condiciones como, por ejemplo, que se ha permitido un proceso que no permite impugnaciones,
04:21que se ha verificado el 10% del total de los vehículos, cuando en realidad eran más de 4.000
04:26vehículos.
04:27Toda esa información son indicios que parece o da la impresión de que aquí se ha pretendido favorecer
04:33a la empresa Gálaga, tanto que habían otros postores, como la empresa AFE,
04:36que tenían un monto presupuestado o un monto de postulación mucho menor a la empresa Gálaga.
04:42Sobre estos indicios hay que identificar si es que existe una condición razonable
04:47para establecer estas situaciones.
04:49Por ejemplo, uno podría decir, oye, lo que pasa es que el proceso de contratación
04:53tiene que ser inimpugnable porque se trata de un proceso electoral.
04:56Entonces, si yo impugno un procedimiento, probablemente no voy a llegar al momento de las elecciones
05:00para que esto ocurra. Si es que esa es la razón y se puede evidenciar así,
05:04entonces ese indicio se desvanece. Pero si finalmente ese indicio es más bien
05:08como miras a que los demás competidores no puedan impugnar y se pueda privilegiar
05:13a la empresa Gálaga, entonces sí tenemos una concertación.
05:16Es por eso que la fiscalía ha sido muy cauta, creo yo, en pedir el impedimento de salida,
05:21porque sabe que, como lo he indicado, es un caso complejo.
05:23En el Perú, bajo las normas procesales peruanas, un caso complejo tiene un plazo legal
05:27de ocho meses. Entonces, estando a un proceso que ha iniciado hace poco menos de un mes,
05:31le quedan siete meses más de actos de investigación que les permitan arribar
05:35a una conclusión inicial sobre si es que, en efecto, se concertaron o no se concertaron
05:40o tuvieron esa predisposición de concertación con respecto a la empresa Gálaga.
05:43Se cuestiona mucho, y de ahí se puede conferir que existió colusión agravada
05:48o el presunto delito de colusión agravada, porque la empresa, en un rápido chequeo,
05:53y lo hicimos aquí el mismo 12 de abril, tiene solo 13 trabajadores,
05:5813 trabajadores en planilla. En las redes sociales se estaba convocando para contratar
06:04a conductores y camiones, y dos días antes, el viernes en la noche,
06:11Piero Corbetto, en un video, refiere que habían salido ya 434 camiones
06:16para distribuir todo el material electoral en Lima.
06:19Teniendo en cuenta que esa empresa tiene solo 13 trabajadores en planilla,
06:23ahí se podría, digamos, certificar claramente de que hubo una colusión
06:27en una empresa que no tenía la capacidad con la OMP.
06:32Claro, ese es un indicio adicional a la existencia del presunto delito de colusión.
06:39¿Por qué? Porque, en efecto, una de las condiciones que uno tiene que tener
06:42en el Estado para poder generar la contratación de cualquier bien o servicio
06:46es que el proveedor cuente con la capacidad para poder ejecutar el servicio.
06:50Entonces, al momento de ejecutar la contratación, se establecen las condiciones
06:54que le permitan al día saber que tiene la capacidad real de poder brindar
06:59el servicio que se espera. Entonces, si yo requiero 4.000 camiones,
07:02pero en planilla tengo 12 trabajadores, probablemente no me tendría que haber
07:06una exigencia en la que me diga que tenga 4.000 trabajadores.
07:09Pero sí me tendría que demostrar que por lo menos tiene un contrato de servicios,
07:13porque no existe un impedimento, un contrato de servicios con el resto de trabajadores.
07:17Un dato que probablemente se va a tener que evaluar es más bien la posibilidad
07:21de la subcontratación. Porque en el marco de la contratación pública,
07:23uno de los supuestos que permite habilitar una resolución de un contrato con el Estado
07:28es la subcontratación. Esto es, yo Jorge Zúñiga gano un contrato,
07:32yo no puedo subcontratar ese servicio con un tercero para que se lo brinde,
07:35no puedo servir un asunto intermediario. Y al parecer, de alguna manera o indirectamente
07:39ha ocurrido en el caso de Gálaga, cuando termina finalmente el contrato
07:43vía alocación de servicios, abriendo una convocatoria pública para que aparezcan
07:46nuevos proveedores de este servicio que en puridad le corresponde única y exclusivamente a Gálaga.
07:51Se evalúa también en este presunto delito de colusión agravada la información que en su momento
07:57hizo llegar la Contraloría respecto de la experiencia de poco más de 70 trabajadores
08:04en el manejo de un determinado número de unidades o de vehículos furgón,
08:09de ciertos tonelajes. Y le exigió, por ejemplo, la presentación de las constancias laborales
08:16y la empresa presenta 70 constancias laborales, ¿no?, pero que no tenían la experiencia
08:21para conducir ese tipo de vehículos.
08:26Ahora, aquí hay que advertir algo importante. En el marco de la contratación,
08:29intervinen regularmente en el Estado dos áreas. Una es el área de logística o abastecimiento
08:34y otra es el área usuaria. El área usuaria es aquella que se va a encargar de establecer
08:41la necesidad concreta. Esto es, oye, yo necesito cuatro mil camiones para tal fecha
08:47con tal cantidad de personas con tal capacidad. Ese requerimiento pasa al área de abastecimiento
08:53y es el área de abastecimiento la que se encarga de buscar en el mercado los proveedores,
08:57hacer la convocatoria y, finalmente, generar la contratación.
09:03Entonces, quien establece el perfil, digamos así, o las condiciones o requisitos
09:08que tenía que tener la empresa va a ser el área de usuario.
09:10Es por eso que los funcionarios de la subgerencia están involucrados también en el proceso.
09:15Ya luego, respecto a la ejecución propiamente dicha y a la contratación y la verificación
09:20que la empresa tenga lo que dice tener o cumpla con lo ofrecido, es el área de logística.
09:26Y claro, en el medio de los dos está el titular de la entidad que, frente a un proceso de
09:30tal relevancia
09:31como es un proceso electoral que hemos tenido en nuestro país, tendría que estar, probablemente,
09:37de alguna manera, condicionado al control de la ejecución de este proceso,
09:41porque finalmente es el proceso de mayor relevancia a cargo de su entidad.
09:44Es por eso que, finalmente, se establece la responsabilidad de las dos áreas
09:48y, finalmente, el titular de la entidad.
09:50El segundo delito es omisión de actos funcionales.
09:53Omisión de actos funcionales.
09:56Explíquenos por qué este delito, o este presunto delito.
10:01Claro, la omisión de actos funcionales tiene que ver, básicamente, cuando el funcionario,
10:05de alguna manera, se niega a hacer o retrasa, de alguna manera, un acto que sea competencia de su cargo.
10:10Entonces, esto obedece a que, en el hipotético caso que se evidencie de que aquí no ha habido una concertación
10:21entre la empresa Gala y los funcionarios, sí se evidencia una serie de negligencias por parte de la OMP,
10:26tanto que la OMP tendría que haber ejecutado, a través de los funcionarios, penalidades,
10:31incluso hasta una eventual resolución de contrato.
10:34Entonces, frente a esa omisión de funciones, porque lo que ocurre es que, en el caso de la colusión,
10:39yo les decía, la colusión involucra un pacto clandestino entre el funcionario y el empresario.
10:43En este caso, la empresa Gala.
10:44Pero lo que ocurre es que ese encuentro o ese acuerdo es clandestino.
10:49No hay un...
10:50Es muy difícil de probar.
10:52En los procesos penales, regularmente, se prueba a través de indicios, ¿no?
10:55De hechos que, aparentemente, no tienen una conexión, pero que, sumados, me permiten evidenciar que hay cierta intención de favorecer
11:02esa actividad.
11:03O sea...
11:03Entonces, frente al supuesto que no se pudiera acreditar ello, la omisión en el cumplimiento o en la debida diligencia
11:09de determinados actos en la ejecución de este contrato es lo que nos llevaría a la omisión de funciones.
11:14No hizo lo que tenía que hacer en su momento.
11:18Exactamente.
11:18En blanco y negro es eso.
11:20No hizo lo que la ley establece que debía ejecutar al momento en el que estos venían desarrollando el proceso
11:25electoral.
11:26Perfecto.
11:27Y el último presunto delito es falsa declaración en procedimiento administrativo.
11:33Claro.
11:33Esta falsa declaración en procedimiento administrativo ya más bien pasa por las personas involucradas con Gala.
11:38En tanto que estas van a declarar o van a generar afirmaciones en el marco del procedimiento de contratación pública.
11:46Van a decir, yo cuento con una cantidad de camiones cuando no cuento con esa cantidad de camiones.
11:51Yo declaro que me encuentro en capacidad de brindar ese servicio bajo las condiciones que están tan establecidas en los
11:56términos de referencia
11:57y finalmente no cuento con eso.
12:00Eso le cae más a la empresa, a la empresa Gala.
12:02También este delito.
12:03Correcto.
12:04Correcto.
12:04Sobrecae más en la empresa.
12:05Perfecto.
12:06Doctor, ha sido clarísimo.
12:07Gracias por desmenuzar un poquito estos presuntos delitos por los cuales serían investigados y procesados los funcionarios de la OMP.
12:15Jorge Zúñiga, abogado penalista, ha estado con nosotros.
12:17Muy amable, doctor.
12:18Hasta una próxima oportunidad.
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