00:00¿Le parece que la Fiscalía debió actuar de manera más diligente y solicitar, como dice el abogado de las familias,
00:07el señor Anthony Crespo,
00:08detención preliminar del Ministerio Público ante el Poder Judicial?
00:12Por supuesto, don Manuel, porque si para eso tenemos una investigación que fue modificada en el término constitucional,
00:24ya no de 24 horas, sino a 48 horas, y en 48 horas no se han realizado las diligencias útiles,
00:34necesarias y pertinentes.
00:39Quispe está con nosotros, él es abogado y representante del Instituto de Defensa Legal para hablar sobre este asunto del
00:45operativo militar en el que terminaron sin vida cinco chicos jóvenes.
00:51Una intervención que deja muchísimas dudas por parte del accionar de los miembros de las Fuerzas Armadas.
00:59De hecho, una duda mayor, uno de los supuestamente testigos que ha estado en este tema ha terminado señalando que
01:08dio el testimonio de transporte de droga por un asunto de presión,
01:13que bajo amenaza estaban con arma y que dijeron que si no decía eso podrían atentar contra su vida.
01:20Doctor Juan José Quispe, ¿cómo está? Buenos días, bienvenido.
01:25Buenos días, don Manuel, gracias por la oportunidad.
01:27¿Qué le parece a usted de la información que se tiene hasta ahora este operativo?
01:35Muy raro todo, ha habido participación de inteligencia del ejército, ha habido participación de policía nacional,
01:50ha habido participación de una fiscal que ha estado pintada como un holograma cuando ya debió de dirigir un operativo,
01:58y que finalmente terminó con la muerte y lesiones en total de ocho personas.
02:06Y cuando van al lugar de los hechos, porque supuestamente este grupo que estaría vinculado a organizaciones de narcotráfico,
02:16no le encontraron ni un arma, no le encontraron droga, no le encontraron capucha, no le encontraron armas hechizas.
02:23Entonces, es una operación militar-policial que no ha debido de realizarse y que simplemente o se han confundido
02:34o han intentado crear zozobra en la población porque realmente lo que han hecho,
02:42linda con una masacre o con excepciones extrajudiciales por parte del Estado.
02:49Ahora, ¿cómo tomar las declaraciones de este chico Ricardo Acuña, que en una primera declaración señala que sí transportaba droga
02:58con otro grupo de jóvenes y que él estaba llevando, me parece que entre 10 a 13 kilos de pasta
03:03básica de cocaína
03:04y que le estaban pagando entre mil a mil trescientos soles por tratar esa cantidad de droga,
03:08y después ya, frente a otro fiscal, señala que dio esas declaraciones bajo amenaza.
03:15Digamos, de todas maneras queda la duda, ¿cuál versión es la que hay que creer, doctor Juan José Quispe?
03:20Sí, importante pregunta, don Manuel, porque ya esa respuesta la dio y la zanjó
03:28la Corte Suprema de la República y el propio Tribunal Constitucional,
03:33cuando señalan que declaraciones autoinculpatorias, como en este caso,
03:41sin la presencia de un abogado defensor o si estaba presente un fiscal que no hacía ninguna pregunta
03:52y simplemente estaba de espectador ahí, se tienen por no válidas porque están violentando derechos constitucionales
04:01y en ese contexto han establecido que no hay otros elementos periféricos que permitan determinar
04:10la primera autoinculpación de esta persona, como un grupo de personas que estarían llevando droga de un lugar a otro.
04:22Entonces no sirve para condenar, más aún, si estas personas en una segunda declaración,
04:30en presencia de su abogado defensor, ha señalado que el militar le tomó la declaración,
04:38lo coaccionó, lo amenazó y lo que es más grave, teniendo un aparato celular,
04:45no han grabado toda la autoinculpación del presunto autor.
04:52Entonces, lógicamente que queda la duda, pero la duda de cómo es que actuó indebidamente
05:00las fuerzas combinadas de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas
05:06para sacar una ventaja, en este caso decir que estas personas comercializaban droga
05:13y cuando van no encuentran nada de droga, le toman los exámenes iniciales
05:21para ver si tienen algo de droga en las manos, sale negativo.
05:26Entonces, ¿de qué estamos hablando?
05:28¿De qué sirve la inteligencia militar si van a hacer esta clase operativa?
05:33En el comunicado del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
05:37señalan lo siguiente, que es un operativo, es una intervención que hicieron el llamado
05:43a detenerse, el llamado a stop, a pararse para hacer la intervención,
05:48pero que el vehículo, lejos de pararse, aceleró.
05:51Dice, además, en otra parte del comunicado del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
05:55que dispararon, es decir, que desde la camioneta se disparó hacia los miembros
06:00de las Fuerzas Armadas que protagonizaban este operativo y que en respuesta a eso
06:05se ha terminado disparando también y ocasionando estas lamentables cinco muertes.
06:11¿Este relato, esta historia planteada, a usted le hace sentido?
06:17Mire, le diré que eso quedará en dichos. ¿Por qué?
06:22Porque hasta hoy día, don Manuel, no se han encontrado balas, no se han encontrado armas
06:32a estas personas que supuestamente dispararon primero contra los efectivos del ejército,
06:41de la Policía Nacional del Perú. No se han hecho actas de incautación,
06:49no se han hecho actas de registro personal, no se han hecho pruebas de absorción atómica,
06:58ha pasado 48 horas de investigación, no se les ha tomado su declaración
07:03a ninguno de los efectivos policiales y militares, y sin embargo les dieron libertad.
07:11¿Le parece que la Fiscalía debió actuar de manera más diligente y solicitar,
07:17como dice el abogado de las familias, el señor Anthony Crespo,
07:20detención preliminar del Ministerio Público ante el Poder Judicial?
07:24Por supuesto, don Manuel, porque si para eso tenemos una investigación
07:32que fue modificada en el término constitucional, ya no de 24 horas, sino a 48 horas,
07:40y en 48 horas no se han realizado las diligencias útiles, necesarias y pertinentes,
07:48entonces debió pedirle al juez un plazo de siete días para realizar todas estas investigaciones
07:57y determinarse efectivamente qué pasó en ese lugar, por qué es que murieron estas personas,
08:06si estarían vinculadas.
08:08Y otra cosa que llama la atención, don Manuel,
08:11y dice que estaban persiguiendo ellos a una organización criminal dedicada al transporte de droga,
08:21uno no se pone cómo se llama esta organización criminal,
08:25cuáles son sus miembros, dónde operan, qué potencial bélico tenía.
08:31Con ese tipo de inteligencia militar estamos trabajando en la lucha contra el narcotráfico,
08:36y eso es realmente una vergüenza para el ejército peruano y para la policía,
08:42pero sobre todo para una fiscal que ha estado ahí en el lugar de los hechos
08:47y que cuando se trata de operativos, así la policía tenga la titularidad de la investigación preliminar,
08:56es el Ministerio Público quien tiene que ponerse la investigación al hombro
09:00y ver por qué se realicen todas las diligencias de la manera como lo establece
09:07las normas procesales y la Constitución.
09:09Hablando de diligencias, ¿qué diligencias le parece a usted imposteriables, urgentes, necesarias,
09:15que debieron hacerse en el marco de una detención preliminar,
09:19pero que no se hicieron precisamente porque no ha solicitado el fiscal?
09:22¿Pero qué hay que hacer urgentemente?
09:24Teniendo en cuenta que ahora no es una fiscalía ordinaria la que está llevando el caso,
09:28sino que es la Fiscalía Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos de Junín.
09:33¿Cuáles son esas diligencias urgentes, imposteriables, que hay que hacer para esclarecer estos hechos?
09:40Comenzando por el relato del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,
09:45el 001-2026, don Manuel,
09:49dice que hubo un ataque de estas personas que finalmente fallecieron,
09:53entonces la pericia de absorción atómica era vital para ellos y para los propios militares y policías
10:04para ver si efectivamente repelieron el ataque o no.
10:07Dos, las pericias físico-químicas para determinar si en la ropa de estas personas,
10:17de los presuntos narcotraficantes, han quedado restos de pólvora
10:24y que podrían determinar que efectivamente dispararon contra las Fuerzas Armadas y la policía.
10:31Pero hay un elemento sí que se le pasó a la Fiscalía, a la policía y a las Fuerzas Armadas,
10:41que es la agravación, la perenización de estos hechos,
10:48tanto en el ataque como en la declaración autoinculpatoria de la persona.
10:58Esto último es un asunto de imperativo legal,
11:00forma parte del protocolo obligatorio del actuar de la Policía Nacional
11:05o de las Fuerzas Armadas cuando tienen que realizar este tipo de operativos
11:09en una zona de estado de emergencia.
11:12Sí, ahora, don Manuel, lo que se exige es,
11:17si no hay, digamos, un ataque generalizado contra las Fuerzas del Orden
11:23y ellos pueden utilizar los aparatos tecnológicos,
11:27lo pueden hacer para que sirva como elemento de prueba
11:31al solicitar una prisión preventiva, una detención preliminar,
11:37que permita determinar al juez que efectivamente lo que ellos están nadando
11:43y se condice con lo que está en la agravación,
11:47cosa que no se ha hecho acá.
11:48Ahora, no hay ningún obstáculo, ¿verdad?, en este momento
11:51para que la Fiscalía Supra Provincial Especializada en Derechos Humanos en Junín
11:56pueda, no sé, pedir prisión preventiva,
12:02hacer los pedidos para las diligencias urgentes
12:05y que se las hagan de una manera bastante rápida,
12:08o sea, tendrían que actuar.
12:09Es cierto que hemos tenido una fiscal aparentemente
12:11muy desinteresada en el tema,
12:14pero ahora con la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos
12:17se supone que podrían hacer todos estos requerimientos también.
12:21Sí, don Manuel, mire, y otro elemento, como yo le decía,
12:25era de utilizar los aparatos tecnológicos,
12:29no solamente las fuerzas combinadas del Ejército y la Policía Nacional,
12:35sino la propia Fiscalía que estaba presente ahí.
12:41¿Por qué?
12:42Porque la versión del otro lado,
12:44de los presuntos autores del transporte de droga,
12:51es que ellos no hicieron la voz de detener el carro
12:59cuando le dijeron que detenga.
13:02¿Por qué?
13:02Porque los presuntos agentes del orden
13:06no estaban debidamente uniformados,
13:08sino estaban de civil, con pasamontañas.
13:12Eso no es un operativo.
13:14Un operativo es porque están estrictamente cumpliendo
13:19con su uniforme de vigor,
13:21y claro, pueden haber agentes encubiertos,
13:24pero que en su mayoría los operativos conjuntos
13:28se dan con la ropa que tiene de campaña
13:33en cada una de las instituciones.
13:34Ricardo Acuña dice que él lo que vio fue gente encapuchada,
13:41que hacía el par,
13:43y que lo que presumieron es que podría tratarse
13:46de delincuentes, de ladrones y de asaltantes,
13:49y que esa habría sido la razón por la que el conductor,
13:53un colombiano con ingreso irregular al Perú,
13:55habría acelerado.
13:57Él se tira a Acuña,
13:59esa es en su segunda versión,
14:00se tira de la camioneta,
14:02va hacia el monte,
14:03huyendo de delincuentes, ladrones,
14:05los encapuchados,
14:06que finalmente terminan siendo militares.
14:08Y cuando ya viene una patrulla formal
14:10de las fuerzas armadas,
14:11él se percata y dice,
14:13bueno, ok, se presenta.
14:15Digamos, ahí hay otra situación
14:17que torna un poco más irregular,
14:19como señala usted a la intervención, ¿no?
14:22Sí, definitivamente,
14:24y hay algo que le voy a decir,
14:26con mucho pesar, don Manuel,
14:29que nuestro comandante general de la policía,
14:32el señor Arreola,
14:35nuevamente está mintiéndole al país,
14:38porque él ha dicho que el chofer colombiano,
14:42a quien le dieron un balazo en la cabeza,
14:45y que eso fue que ocasionó el choque del carro,
14:49y luego mataran a los demás,
14:54tenía antecedentes en la Interpol
14:57y tenía antecedentes en su país.
15:00Eso han pedido inmediatamente
15:02y el señor está legal en el país,
15:05tiene permiso para trabajar hasta el mes de julio.
15:09Entonces, ¿de qué estamos hablando?
15:11O sea, la policía no puede inventar cosas
15:12para justificar una masacre o un asesinato.
15:16Uy, qué grave.
15:16Eso está mal, porque yo creo que ahí también
15:20la Fiscalía de Derechos Humanos
15:22debería inmediatamente tomarle una declaración
15:25al comandante general de la policía
15:27para que diga de dónde sacó esta información,
15:30quién le dio esta información,
15:32y por qué es que lo divulgó
15:34a todos los medios de comunicación.
15:36Correcto.
15:36Ahora, la nueva fiscal,
15:38o el nuevo fiscal que está viendo el tema,
15:40¿podría solicitar detención preliminar?
15:41Sí, la detención preliminar se puede solicitar
15:46siempre y cuando existan elementos plausibles
15:50que vinculen a las personas con
15:56los delitos cometidos.
15:59Pero acá vamos a tener un grave problema,
16:02don Manuel.
16:03Acuérdense que se modificó el artículo 20 del Código Penal
16:09y la parte de detenciones preliminares
16:15y prisiones preventivas,
16:18justamente en este tipo de casos
16:21donde los militares y los policías
16:24emplearían sus armas de fuego,
16:26uno, para evitar que los lesionen a ellos,
16:30dos, para evitar que lesionen a terceros,
16:33y tres, en el marco de su lucha
16:35contra el crimen organizado.
16:37Y eso implicaría
16:40que no se les diera ni detención preliminar
16:44ni prisión preventiva,
16:46porque está prohibido.
16:48Eso fue modificado hace poco.
16:50Lo que va a tener que hacer la fiscalía
16:53es que determinar
16:55que ese operativo no fue real,
16:59con operativo montado,
17:01y ahí sí recién podría pedir
17:02la detención preliminar de estas personas.
17:05Ok, veremos qué es lo que ocurre.
17:07Le agradecemos muchísimo,
17:08doctor Juan José Quispe,
17:09por habernos respondido aquí en Exitosa.
17:13A usted, buenos días, don Manuel.
17:15Buen día.
17:15Gracias.
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