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  • hace 2 semanas
El gobierno nacional colombiano ordenó este 27 de enero, la suspensión de vuelos desde y hacia Brasil durante 30 días, a partir de las 12:00 a.m. de este 29 de enero.
La razón obedece a la sospecha de la presencia de la variante P.1, linaje B.1.1.28., que podría tener un impacto sobre la transmisibilidad del Covid-19

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Transcripción
00:00En lo que he referido a los vuelos provenientes de Brasil, el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Salud
00:07adoptaron esta medida transitoria para el control sanitario de viajeros provenientes de la República Federativa de Brasil.
00:15Es una medida que en principio se va a tomar por un periodo de 30 días,
00:19donde vamos a analizar la situación específica de aparición del linaje B1-128 del Brasil,
00:27según la transmisibilidad existente, esta variable podría tener un impacto sobre mayor transmisibilidad de contagio
00:33y una posible evasión de la respuesta inmune del cuerpo.
00:37Por razón, con base en esto, estaremos evaluando los diferentes estudios que se publiquen,
00:43analizando análisis, toda la vigilancia en cero prevalencia de genómica,
00:50para poder realizar todas las decisiones que habremos de tomar una vez se termine este periodo.
00:56Otros países del continente han tomado ya esta medida, los Estados Unidos, en Sudamérica, Perú,
01:03en Europa, el Reino Unido, Italia, Holanda, Portugal y Turquía.
01:10Esta medida se aplica a los diarios que lleguen a Colombia provenientes de Brasil,
01:13por vía aérea directa o por conexiones.
01:17Entra en vigencia el viernes 29 de enero a las cero horas hora de Colombia.
01:23Es decir, que el viernes no podrán abordar ningún vuelo desde allí con destino a Colombia a partir de esa
01:30hora.
01:31Solo se admitirá el ingreso de viajeros bajo seis condiciones muy relevantes.
01:35Los colombianos o extranjeros que inician su vuelo desde Brasil antes de la fecha de entrada en vigencia a la
01:41resolución.
01:42Es decir, todo vuelo que inicie antes de las cero horas del viernes podrá ingresar al país.
01:48Los viajeros que por diferencia de horario ya hayan sido citados a la terminal antes de la entrada en vigencia
01:55a la medida.
01:56Los extranjeros que cuenten con visa inmigrante, colombianos y extranjeros con residencia permanente en Colombia
02:02que sean autorizados a tomar vuelos humanitarios.
02:06La tripulación de las aeronaves y los vuelos de carga y estado que, como dijo el señor presidente,
02:13se mantendrán desde el punto de vista de tránsito comercial.
02:17Migración Colombia podrá negar el acceso a cualquier extranjero en el territorio colombiano
02:23bajo las anteriores condiciones enunciadas y los pasajeros admitidos a partir de la entrada en vigencia a la medida
02:31deberán tomar todas las medidas sanitarias preventivas de aislamiento y cuarentena de 14 días
02:36contados desde la fecha de ingreso a Colombia.
02:39De igual manera, los viajeros provenientes de Brasil que hayan ingresado al país
02:45entre el 18 de enero y las 23.59 horas del 27 de enero de 2021
02:52deberán cumplir con una cuarentena de 14 días contada desde la fecha de ingreso al país.
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