00:00Con ocasión de un reciente tip legal en el que hicimos referencia a lo que se conoce como la familia
00:05de crianza,
00:06un estudiante de derecho nos consulta, nos hace una pregunta y nos formula una observación muy interesante.
00:13Él dice que por qué razón se está aceptando la existencia de esa figura, la familia de crianza,
00:20que no tiene ninguna consagración legal, cuando para los mismos efectos sí existe toda una institución,
00:28todo un procedimiento, todo un conjunto de normas que desarrollan lo que se conoce como la adopción.
00:35A él le parece entonces que hay una incongruencia por cuanto si hay una vía legal,
00:40se está obviando esa vía legal para buscar los mismos fines a través de otros caminos.
00:46Digamos en principio entonces que el estudiante tiene mucho fundamento y tiene muchas razones lo que está diciendo.
00:53La filiación como tal, conforme a nuestro ordenamiento jurídico,
00:57o sea, aquella relación en virtud de la cual jurídicamente se afirma que una persona es hija de otra
01:04o que otra es padre del primero, tiene dos alternativas,
01:09la filiación biológica y la filiación civil o la filiación adoptiva.
01:14La filiación biológica es el proceso natural a través del cual entonces un hombre y una mujer
01:19tienen relaciones sexuales y generan un nuevo ser humano.
01:22La filiación civil o adoptiva es cuando a través de un mecanismo, un procedimiento jurídico,
01:28una persona mayor toma para sí, agotando, repetimos, todo un trámite,
01:33a otra persona, generalmente un menor, generándose entre ellos una relación de padre y hijo.
01:39Esas son entonces las vías o los mecanismos para generar la filiación
01:43conforme a nuestro ordenamiento jurídico.
01:46Pero entonces, ¿por qué existe o por qué se ha aceptado la existencia de la familia de Criace?
01:56Al respecto, digamos lo siguiente.
01:59Hay situaciones, de hecho, que se dan por múltiples razones.
02:05Por razones de la ignorancia, por razones de la falta de recursos,
02:12por las razones de la falta de tiempo, por muchas circunstancias,
02:16hay situaciones, de hecho, que existen y que generan unas relaciones de tal naturaleza
02:23que a pesar de que no agoten todos los procedimientos que en determinados momentos
02:30la ley tiene consagrado para que esa situación, de hecho, genere efectos jurídicos,
02:37no pueden ser desconocidos.
02:40O sea, son situaciones, de hecho, tan trascendentes, tan fundamentales,
02:44que a pesar de estar, de alguna manera, alejados de la ritualidad jurídica,
02:49no pueden ser desconocidos por el Estado.
02:51Y eso es, entonces, lo que pasa en la familia de Crianza.
02:55O sea, hay una relación tan cercana entre una persona que se llama hijo de Crianza
03:01y otra que se llama padre o madre de Crianza o padres de Crianza
03:04que a pesar de no haber agotado todos los trámites que la ley ha establecido
03:09para que sean declarados como tales,
03:12es innegable que su relación desde el punto de vista natural es tan fuerte
03:16que no pueden desconocerse esas relaciones de afecto, de cariño.
03:22Nótese cómo, sobre un tema parecido y que tiene que ver también con la familia,
03:26en alguna época hubo una discusión semejante.
03:30Cuando se hablaba de la unión marital, de hecho,
03:33cuando se pensó en su consagración
03:35y luego, más adelante, cuando se le consideró ya una forma de familia,
03:39quienes se oponían, decían,
03:41¿pero por qué hay que reconocer a un hombre y una mujer que son familia
03:46cuando, y simplemente porque se quieren ir a vivir juntos cuando para eso está el matrimonio?
03:51La posición fue, es que la familia nace de unos vínculos naturales,
03:56son hechos que están, que trascienden, que son fuertes, que están ahí
04:01y que son tan innegables que en esa medida no se pueden desconocer
04:05y no desconocerlos implica que hay que protegerlos.
04:09Entonces, la familia de crianza, si bien es cierto,
04:14es una situación meramente de hecho,
04:17conforme a la jurisprudencia
04:19y por cuanto los lazos que genera son tan fuertes,
04:22merece una protección.
04:24Y por eso, si bien es cierto,
04:26lo idóneo, lo ideal es tramitar una adopción,
04:28el hecho de que no se acuda a ese camino
04:31no puede negar los derechos que surgen entre esas personas,
04:35especialmente los menores.
04:38Esperamos que este PIB legal haya sido el agrado de todos ustedes.
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