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Cuando un ciudadano no está conforme con una decisión tomada por las autoridades, puede acceder a los recursos de reposición, apelación o de queja para hacer valer sus derechos. En #TipLegal le contamos de qué se trata cada procedimiento.

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Transcripción
00:03Con ocasión de un reciente tip legal en el que hicimos referencia al derecho de petición y
00:10explicamos cómo este es un mecanismo que le permite a todos los ciudadanos pedirle o
00:17solicitarle lo que estimen pertinente a las autoridades, no resulta extraño entonces que
00:24las personas se pregunten y consulten bueno es cierto que los ciudadanos tienen derecho a
00:31acudir a las autoridades y pedirles cosas pero qué pasa cuando la autoridad contesta y el ciudadano
00:38no se siente a gusto o estima que lo que le contestaron o lo que le dieron o lo que
00:44le
00:44hicieron no corresponde o no se ajusta a lo que él estima es lo legal lo que ha debido dársele
00:51o
00:51contestarse aquí viene entonces un aspecto muy importante y es la posibilidad que tienen todas
01:00las personas no sólo de recurrir las decisiones que toman las autoridades sino más importante aún
01:08inclusive la posibilidad de demandar las decisiones que toman las autoridades en el presente tip legal
01:17queremos entonces hacer referencia a qué es lo que hay que hacer cuando una persona no está conforme
01:24con lo que la autoridad le decidió le definió cuando él le pidió le solicitó algo digamos entonces que a
01:34este respecto existe lo que se llama el procedimiento administrativo que es el que se adelanta ante las
01:41autoridades ese procedimiento tiene unas características pero digamos que para estos efectos
01:48quisiéramos destacar la referencia que los ciudadanos pueden agotar ese procedimiento directamente o sea
01:57para pedir y para controvertir ante las autoridades las decisiones que éstas toman el ciudadano no debe o no
02:07necesita contar con un apoderado o un representante como sería un abogado los ciudadanos pueden directamente
02:16pedir y atacar ante las autoridades mismas las decisiones que éstas toman como pueden entonces los ciudadanos
02:26controvertir ante las autoridades las decisiones que estos toman a través de una cosa que se llaman los recursos
02:35cuáles son los recursos que proceden entonces contra las decisiones de las autoridades son básicamente tres
02:43el de reposición el de apelación y eventualmente el de queja el de reposición es cuando el ciudadano ante la
02:53decisión que toma la
02:55autoridad ante ella misma le pide que sea ella la que revise su decisión obviamente dándole unos argumentos
03:03o sea la autoridad produce la decisión toma una determinación el ciudadano a esa misma autoridad le pide
03:11que revise esa decisión por cuanto estima que es ilegal o lo que sea y esa autoridad será la que
03:18se pronunciará
03:19sobre ese recurso esa es la reposición en la apelación el ciudadano interpone el recurso pero no para que la
03:29misma autoridad
03:30sea la que revise su decisión sino para que el superior de esa autoridad sea el que lo revise y
03:37el de queja se presenta
03:40o hay lugar a él cuando el ciudadano interpone el recurso de apelación y la autoridad ante la cual lo
03:47interpuso
03:47le manifiesta que este no es procedente o sea ante ese rechazo existe la posibilidad de interponer el recurso de
03:55queja
03:55no tanto para que se revise en principio la decisión original sino para que se entre a revisar si procede
04:02o no procede
04:04el recurso de apelación
04:06porque son importantes los recursos los recursos son muy importantes porque eventualmente para poder pasar
04:16al nivel siguiente que sería la demanda cuando la misma autoridad no ha satisfecho los intereses del ciudadano
04:24hay que agotar esos recursos cuáles de esos recursos deben agotarse en principio el recurso obligatorio es el de apelación
04:34o sea producida la decisión si el ciudadano no está conforme con ella deberá si quiere eventualmente acudir ante la
04:44jurisdicción contenciosa
04:45interponer el recurso de apelación que es obligatorio que pasa si procede el recurso de apelación y el ciudadano no
04:53lo interpone
04:53pues que no va a poder demandar ante la jurisdicción contencioso administrativa
04:59obviamente hay casos en los cuales el recurso de apelación no procede como sería cuando cuando la autoridad que tomó
05:06la decisión
05:07no tiene un superior jerárquico en este caso al no caber la apelación pues entonces ese requisito
05:14que el principio es obligatorio pues en este caso no habría que cumplirlo o sea el ciudadano podrá demandar
05:21directamente la decisión ante la jurisdicción contenciosa en el entendido de que no hay recurso de apelación
05:28y ya hicimos alguna referencia que le queda entonces al ciudadano cuando agota el procedimiento administrativo
05:35anteriormente se hablaba de la vía gubernativa cuando el ciudadano agota todo el procedimiento administrativo
05:42y sigue inconforme con la decisión que produjeron las autoridades le queda entonces la posibilidad de acudir ante los jueces
05:51¿cuáles jueces? los jueces contencioso administrativos que son o bien los jueces administrativos o bien los tribunales administrativos e inclusive
06:01el consejo de estado
06:02esa es entonces o esas son las herramientas con que cuentan los ciudadanos cuando piden o solicitan algo a las
06:10autoridades
06:11y estas les contestan o les resuelven cosas que en opinión del ciudadano no son las que ellos querían
06:18no son las que ellos esperaban y eventualmente consideran que violan una norma legal o inclusive la constitución
06:26esperamos haber llevado luces sobre este tema e invitamos como siempre a los ciudadanos a que hagan valer sus derechos
06:36pidan y si no están contentos con lo que les pidan recurran y si no están contentos con lo que
06:41les resuelven inclusive demanden
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