Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 3 semanas
En este Tip Legal abordamos el caso de un ciudadano que recibió una orden de una autoridad, pero no entendió bien la instrucción y, por lo tanto, no realizó bien su asignación. Le contamos qué dictaminó la Corte Constitucional frente al lenguaje que deben usar las autoridades con los ciudadanos.

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00En días recientes, la Corte Constitucional profirió una sentencia muy interesante
00:06respecto de lo que podríamos llamar en el mundo jurídico el público en general.
00:13Se trata específicamente de la sentencia T311 del 30 de julio del 2024.
00:25¿Por qué decimos que esta es una sentencia muy importante para lo que llamamos el público en general en el
00:31mundo del derecho?
00:32Porque en esta sentencia, la Corte analizó el caso de un ciudadano a quien una autoridad le profirió o le
00:42dictó o le dio una orden
00:45la cual estaba redactada de tal manera, tanto en sus consideraciones como en la parte propiamente dicha de la instrucción
00:54que el ciudadano no comprendió a cabalidad lo que le estaban diciendo.
00:59Frente a esta situación, cuando el ciudadano cumplió según lo que él entendió la instrucción
01:06la autoridad le dijo que no se había atendido a su decisión, lo cual obviamente le generó al ciudadano
01:13pues otras consecuencias de orden negativo.
01:16¿Pero qué es lo interesante entonces de la sentencia?
01:20Lo importante y lo que queremos resaltar en el presente legal de la sentencia
01:26es que la Corte llama la atención de las autoridades, especialmente de las autoridades administrativas
01:33que son aquellas ante las cuales los ciudadanos pueden actuar directamente sin necesidad de contar con un abogado.
01:40Pensemos, por ejemplo, cuando se ejercita el derecho de petición o en las actuaciones de policía.
01:47Respecto a este tipo de procedimientos, el ciudadano no necesariamente tiene que contar con un abogado.
01:54Ante lo cual, y es aquí entonces donde la Corte llama la atención,
01:58las autoridades tanto en sus consideraciones, o sea, en las justificaciones que adoptan
02:05en aras de llegar a una decisión, como en la decisión misma, dice la Corte,
02:12deben utilizar un lenguaje claro, un lenguaje sencillo,
02:16que sea comprensible por el destinatario de la decisión que se va a adoptar.
02:22O sea, la Corte le dice a las autoridades,
02:26oigan, no utilicen tantos latinajos como se suele decir,
02:30o sea, palabras en latín, frases incomprensibles,
02:34palabras demasiado técnicas de orden jurídico o de otras materias
02:40que hagan que el ciudadano, a quien va dirigida la instrucción,
02:45iba a decir pobre, el pobre ciudadano,
02:48si el pobre ciudadano en este caso no por su condición económica,
02:51sino porque lo están colocando en una situación de injusticia,
02:56pueda a cabalidad cumplir con lo que le están diciendo.
03:00En resumidas cuentas, la Corte dice entonces
03:03que utilizar ese término de lenguaje
03:07que es excluyente respecto de quien se dirige la decisión
03:12es una violación al debido proceso.
03:15No solo porque, repetimos,
03:18no le permite eventualmente cumplir a cabalidad
03:22con la instrucción que le están dando,
03:24sino que además no le permite ejercer a cabalidad
03:27el derecho de defensa.
03:29Piénsese que si el ciudadano no entiende lo que le están diciendo,
03:32pues le va a quedar muy difícil, por ejemplo,
03:34interponer recursos,
03:36pues por sobradas razones,
03:38por cuanto no entiende,
03:39repetimos lo que le están diciendo.
03:43Esperamos que este tip legal
03:45haya sido el agrado de todos ustedes,
03:48que hayamos sido claros,
03:49y ojalá las autoridades tomen nota
03:52para que se bajen un poquito
03:54y le hablen a la gente como habla la gente.
Comentarios

Recomendada