00:04In the present tip legal we are going to talk about a very interesting topic of which we usually hear.
00:10It is about the servidumbres. What are the servidumbres?
00:13What are the servidumbres? What are the classes of servidumbres that exist?
00:16And why are they servidumbres?
00:19First, let's say that servidumbres, according to the law and the code civil, are a gravamen.
00:24What does this mean?
00:25That normally the owner of a predio uses and dispone of their land as well as it has.
00:31No obstante, eventualmente, and at the circumstances of those who are around,
00:36it can occur that the owner of that predio has to suffer some kind of molestia
00:44in benefit of those predios that we already said,
00:48the person that we are referring to.
00:51Those molestias of the owner of a predio in benefit of others,
00:56let's say what is known as the servidumbres?
00:59We already said that the law denomina a gravamen.
01:03How do we denominate the predios?
01:05The predios that intervene in the development of the servidumbres
01:09are the predios of the servidumbres,
01:12the predios of the servidumbres are the ones that are affected by the molestia,
01:39Continuas y discontinuas. Continuas son aquellas que permanentemente se están utilizando.
01:43Pensemos la servidumbre de aguas. El agua de manera constante está pasando por un determinado lugar.
01:50Discontinuas, pensemos por ejemplo en la de tránsito. Habrá uso de la servidumbre cada vez que una persona la utilice.
01:56Por su apariencia, aparentes e inaparentes. Son aparentes aquellas respecto de las cuales, por ejemplo, se ha hecho una obra
02:02para utilizar la servidumbre.
02:04Son inaparentes aquellas de las que se sabe que existe el derecho a utilizar o hacer uso de la servidumbre,
02:10pero que no se ve manifiesta por donde está exactamente trazado, donde va la servidumbre.
02:18Por su origen y es la más importante clasificación. Digamos que existen las servidumbres naturales. ¿Cuál es el ejemplo típico
02:26de las servidumbres naturales?
02:27La servidumbre de aguas. Cuando hay una fuente de agua arriba en la montaña y esa fuente de agua, esa
02:34corriente de agua atraviesa diversos predios, cada vez que atraviesa un predio, el titular de ese predio debe permitir que
02:42el agua siga su curso hacia más abajo.
02:44Obviamente, y conforme a la regulación del uso de aguas, el dueño del predio tendrá derecho, del predio sirviente tendrá
02:51derecho a consumir, pero acorde, repito, con las normas que regulan el uso del agua y lo más importante, permitiendo
02:58que el agua siga su curso hacia más abajo.
03:02Las servidumbres legales. ¿Cuáles son entonces las principales?
03:07La de riberas o el uso de las riberas. Pensemos entonces nuevamente en una corriente de agua que viene de
03:14arriba, atraviesa un predio y luego sigue hacia otros predios.
03:17Los dueños de los predios por los que pasa la corriente de agua tienen que permitir que sobre las riberas
03:26de esa corriente de agua, quienes navegan o atraviesan por ella puedan descender, puedan colocar ahí sus canoas, sus barcas,
03:35etcétera.
03:35Puedan, digamos, incluso hasta cocinar algo en el transcurso del camino. Entonces, teniendo el dueño del predio, de los predios
03:44de la ribera, repetimos que permitir eso. Es la servidumbre de la ribera.
03:48La servidumbre de tránsito, digamos que es la más común. ¿Cuándo se presenta? Cuando un predio, que sería el predio
03:54dominante, para acceder a la vía pública o al camino público, tiene que atravesar uno o varios lotes que existen
04:02entre ellos, entre el predio dominante y el camino.
04:05Esa es entonces la servidumbre de tránsito. Los predios que están entre el predio dominante y el camino tienen que
04:12permitir que la persona pase por ahí.
04:15La servidumbre de acueductos, muy similar a la de tránsito, solo que aquí se habla desde la posibilidad de construir
04:22canales o introducir tuberías que permitan llevar el agua de un sitio a otro.
04:30Igualmente, además de la servidumbre de acueductos, está la de desagüe, cuando lo que se busca ya no es que
04:35el agua transite, sino evacuar aguas de un determinado predio hacia otro lugar.
04:41La servidumbre de luz, generalmente se presenta cuando, en ejercicio de otra servidumbre que vamos a señalar ahorita, que es
04:49la de medianería, le imponen a un predio que permita el paso de la luz natural hacia otro,
04:59que si se levantara mucho, por ejemplo, una construcción, le impediría tener acceso a la luz solar. Esa es la
05:06servidumbre de luz.
05:07La medianería o la servidumbre de deslinde es el derecho que tienen todas las personas, que son titulares de un
05:15predio o dueños, acercar su lote, imponiendo a los otros, entonces, la carga de tener que soportar esa cerca.
05:23Y, asimismo, de ese deslinde se suele generar la servidumbre de la medianería, que es la posibilidad de construir una
05:30pared que queda sometida, entonces, a las reglas de esa servidumbre conforme a lo establece el código.
05:36Eso, entonces, en términos generales, son las servidumbres. Repetimos, son un gravamen, son una carga que se impone al dueño
05:43de un predio que se denomina sirviente, en favor o en beneficio de otros que se denominan los predios dominantes.
05:50Pensemos que no es una cosa más allá que una simple norma de básica convivencia.
05:56¿Cuándo se extinguen las servidumbres? Se extinguen, fundamentalmente, cuando el derecho por alguna circunstancia se acaba, cuando llega el plazo
06:03o la condición de la cual dependía,
06:05cuando hay confusión, o sea, cuando pasa a ser los predios dominantes y sirvientes de la misma persona, o cuando
06:12se renuncia al uso de la servidumbre.
06:15Esperamos haber brindado luces sobre este interesante asunto de las servidumbres.
06:23Gracias.
06:23Gracias.
06:23Gracias.
06:28Gracias.
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