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  • hace 11 horas
El juez Deybi Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, dictó auto de no ha lugar a favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de la muerte de Ivonne Handal Abugabir y de causar heridas a otras cinco personas en Naco.

La decisión se fundamenta en que el imputado se encontraba bajo un cuadro psicótico el día de los hechos, lo que impide establecer responsabilidad penal.

La defensa, encabezada por el abogado Richard Martínez, explicó que el informe forense fue determinante al concluir que Pumarol no tenía control de sus actos en ese momento. Con este fallo, el proceso no pasará a juicio de fondo y el imputado queda en libertad, aunque la decisión puede ser apelada por las partes.

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Transcripción
00:00Bien, mire, el tribunal dictó un auto de no alugar por considerar que el día de los hechos, el joven
00:07Pumarol estaba en un cuadro psicótico.
00:10En ese sentido, una persona que estaba bajo un cuadro de demencia temporal no puede operar una, digamos que, una
00:19culpabilidad en su contra.
00:21En ese sentido, el tribunal dictó ese auto de no alugar y él sale en libertad.
00:25¿Y qué procede ahora?
00:27Básicamente, es un auto en el que ya no hay juicio, o sea, se dictó auto de no alugar.
00:34Ellos pueden apelar, ellos pueden apelar.
00:38Lo que pasa es que, te entiendo perfectamente, lo que pasa es que aquí hay un informe forense que dice
00:49que el día de los hechos, él estaba bajo un cuadro psicótico.
00:52Y cuando hay una enfermedad de ese tipo, no hay una culpabilidad.
00:58Entonces, lamentablemente, o sea, para algunos, es así como usted me dice.
01:05Vamos a decir que, sin embargo, la ley es la ley.
01:08Y la ley, en este caso, prevé de que en un cuadro psicótico no hay una...
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