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  • 2 days ago
SAN FRANCISCO DE MACORÍS – El regidor por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Fermín Sánchez, calificó como "atinada" la reciente decisión de un tribunal local que ordena el cese inmediato de la imposición de multas y la colocación de "candados" (cepos) por parte del Ayuntamiento Municipal de este municipio.

Durante su intervención en el espacio televisivo digital en Agenda56 Multimedia, Matutino 56, Sánchez sostuvo que estas medidas aplicadas por la alcaldía carecían de fundamento legal, ya que no contaban con el aval del Concejo de Regidores.

Sánchez explicó que, aunque la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial faculta a los ayuntamientos para regular el tránsito en coordinación con el INTRANT, cualquier régimen de sanciones debe ser aprobado previamente mediante una ordenanza municipal.

"Esa medida carecía de legalidad. Para que el ejecutivo (el alcalde) pueda aplicar multas o colocar candados, esto debe ser aprobado por una ordenanza del Concejo de Regidores, y al día de hoy, esa ordenanza no existe", afirmó el legislador municipal.

El rol de fiscalización

El regidor del partido morado enfatizó que la función de los regidores es fiscalizar las acciones del ejecutivo municipal. Señaló que en diversas ocasiones se le advirtió a la administración sobre la irregularidad de estas recaudaciones, las cuales se estaban ejecutando "de espaldas" a la normativa vigente.

"Nosotros cumplimos con denunciarlo y llamar la atención en los medios. El alcalde, como ejecutivo, estaba ejecutando acciones sin la debida aprobación de los regidores, contraponiéndose a lo establecido en la ley", añadió Sánchez.

Impacto de la decisión

Con este fallo judicial, el Ayuntamiento de San Francisco de Macorís queda inhabilitado para continuar con el operativo de multas por parqueos y otras infracciones de tránsito que habían generado quejas constantes entre los ciudadanos y conductores de la zona.

Sánchez concluyó que la sentencia restablece el orden institucional, obligando a que cualquier plan de ordenamiento vial futuro pase por los canales legales correspondientes y respete la jerarquía del Concejo Municipal.

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Transcript
00:00Hay un tribunal que anula la disposición del alcalde con relación a algunas medidas que se tomaron para regularizar el
00:12tránsito en San Francisco de Macorís.
00:14¿Cómo calificas tú que un tribunal haya tenido que anular esas medidas?
00:18No ha aceptado, bien, porque nosotros en otros medios y en otros momentos habíamos dicho que esas medidas carecían de
00:26legalidad.
00:26¿Por qué carecen de legalidad? Porque la ley 63.17 establece cuáles son las áreas donde tú no te puedes
00:34parquear y establece también que mediante ordenanza municipal tú pudieras regularizar el tránsito.
00:40Pero no te dice o no te da la prerrogativa como ejecutivo, en el caso del alcalde, de que tú
00:46puedes tomar la iniciativa y empezar a poner multa y a poner candado.
00:52Eso tiene que ser aprobado por una ordenanza del Consejo de Regidores y eso al día de hoy no existe.
00:59Entonces, si no existe, carece de legalidad y por carecer de legalidad, entonces está bien adoptada la medida del tribunal
01:06que manda a paralizar esas decisiones.
01:09Que son decisiones que nosotros habíamos cuestionado en distintos medios y en distintos momentos.
01:16Sin embargo, seguían colocando los candados.
01:19Claro que sí, pero ¿quién exigía o quién seguía actuando de espalda el Ejecutivo?
01:28Nosotros los regidores nos corresponde la fiscalización y como fiscalizadores nos toca llamarle la atención al alcalde, pero tampoco nosotros
01:36podemos ponerle una soga al alcalde cuando él salga por ahí y tome una acción.
01:42Cuando toma la acción, nosotros sí llamamos, sí lo denunciamos, sí vamos a los medios y decimos las cosas como
01:47tenemos que decirlas, pero el alcalde como ejecutivo, nosotros, por ejemplo, redactamos una norma y esa norma el alcalde la
01:56ejecuta, ejecutivo, ejecuta esas decisiones que nosotros hemos aprobado.
02:01En este caso él la estaba ejecutando sin necesidad o con la observación de que nosotros no la habíamos aprobado.
02:09Entonces eso también se corresponde o se contrapone con lo que es la ley 63-17 que dice exactamente cuáles
02:17son las áreas donde tú no te puedes parquear.
02:19Colocando una multa que impuso inclusive el mismo.
02:23Sí, pero el tema, el tema de la multa no es lo que está mal porque la...
02:29Es un tribunal quien debe de ordenar.
02:31Sí, pero la ley 63-17 te dice que el ayuntamiento en coordinación con el INTRAN pudiera regularizar el tránsito
02:41y pudiera incluso la colocación de las multas municipales,
02:45pero sin tú haberla aprobado no puede hacerlo, que es donde está mal.
02:49Entonces como tú no tienes esto aprobado en ningún documento, eso carece de legalidad.
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