00:00El cobro de honorario por parte de un funcionario público es legal, está amparado en una ley que fue promulgada
00:08justamente para regular los casos donde funcionarios públicos intervienen en juicios o en representación del Estado paraguayo y luego justiprecian
00:20su honorario.
00:21Esto antes tenía un muy mal precedente, especialmente un abogado del Banco Central que solicitaba las quiebras de entidades financieras,
00:31luego regulaban y la propia quiebra que finalmente era el Estado paraguayo porque el Estado era creedor a su vez
00:38de estas entidades pagaban millones de dólares a estos letrados por presentar un escrito básicamente que era el pedido de
00:47quiebras.
00:48Luego de eso salió esta ley justamente para regular eso que dispone que cuando un abogado en representación del Estado
00:56paraguayo gana un juicio le puede curar a la parte de perdidos.
01:01Es absolutamente válido y legal y espacio legal, digo, el cobro de honorario.
01:11Ahora, esto a mi criterio y en mi opinión personal no es una puerta absoluta a todos los casos.
01:18Yo creo que hay que estudiarse caso por caso porque no es lo mismo que un abogado tenga la representación
01:27en un juicio, lleve el juicio, gane el juicio y luego le impongan las costas.
01:33La otra parte, un juez regula honorarios y tras esa regulación la empresa que pierda o persona que pierda le
01:43pague su honorario a lo mismo que sea cualquier otro extremo o cualquier otro caso que simplemente le da una
01:49factura.
01:50No existe ningún juicio, no existe ningún reclamo, no existe ningún tipo de trabajo, pero por eso yo decía habría
01:58que ver el caso concreto para ver puntualmente.
02:03Yo quisiera decir, porque se ha hablado mucho de esto, yo creo que en el caso del director jurídico de
02:11Ipense hay que investigar y no hay mucho que podamos decir.
02:15Más que nunca, podría decirte Enrique que hay que hacer prevalecer la presunción de inocencia.
02:22Nosotros estamos empezando esta verificación.
02:26Lo que las referencias que yo había hecho eran sobre supuestos, porque él había hablado con un colega tuyo y
02:34había dicho algunas cuestiones que a nosotros nos obligan a tener que verificar si son ciertas o no.
02:41Acerca de la metodología del cobro de estos honorarios, para dónde se depositó el dinero que él cobró y luego
02:49le repartió a otros abogados y eso.
02:52Todas esas cosas se van a ver más adelante, pero la respuesta a tu pregunta original es absolutamente, está parada
02:59la ley, el cobro de honorarios, siempre y cuando no sea el Estado el que paga.
03:05Porque también hubo casos que el Estado contra el Estado, inclusive hay un precedente de la Contraloría General de la
03:11República del 2008, de una demanda de una entidad estatal contra otra entidad estatal.
03:16En ese caso tampoco se aplicaría, solamente cuando el que paga el honorario sea una persona que no es el
03:23Estado para la patria.
03:25Solamente a los efectos de precisar este último punto, el que paga los honorarios es el consorcio hotelero sudamericano, ¿es
03:31correcto?
03:32Es correcto, sí.
03:36Camilo, ¿a dónde quiero llegar?
03:39A ver, si el...
03:43Vamos a suponer que vos y yo formamos una sociedad y cobramos un honorario X, ¿verdad?
03:51Pero vos sos el abogado más capo en este grupo, ¿verdad?
03:59Honestamente yo no entiendo cuál sería el problema en que cobres vos los honorarios y después me pases a mí
04:03mi parte, siendo yo el junior de la sociedad, digamos.
04:11Supongo, estoy suponiendo, Camilo, que es la práctica habitual en los estudios jurídicos y en los abogados que toman caso,
04:20o cómo es el tema.
04:22Sin duda, sin duda.
04:25Pero, bueno, estamos hablando de un funcionario público, entonces las reglas para nosotros siempre son un poco menos fáciles que
04:33para un abogado del sector privado.
04:36Por ejemplo, habría que estudiar el caso.
04:41Yo no quiero hablar mucho porque estamos hablando de un caso concreto y yo no conozco el caso, ¿verdad?
04:45Entonces podríamos decir cosas que no se condicen con la verdad.
04:51Pero yo creo que es...
04:53Hay que analizar muy bien, ¿verdad?
04:56A mi opinión, en principio, ¿verdad?
04:59Debería ser un abogado que haya desplegado un trabajo, que haya tenido un éxito.
05:06Preferentemente que esté regulado el honorario por un juez, ¿verdad?
05:09Porque también cuánto es el valor, ¿verdad?
05:13Pero la ley regula cierto tipo de conductas que están expresamente estipuladas y habilita, por ejemplo, lo que se dio
05:24en este caso también.
05:25Lo que yo simplemente decía es que hay que ver, en este caso, por ejemplo, si es que los colegas
05:31que cobraron con él le emitieron facturas, no le emitieron facturas, si se hizo una transferencia bancaria, se pagó en
05:38efectivo.
05:40Todo eso es extremo, ahora nosotros lo vamos a tener que verificar.
05:44Y luego de eso, sacar un dictamen al respecto, ¿verdad?
05:48Claro, pero esa cuestión de las facturas interpares, voy a llamarle, perdón, te pido disculpas por la falta de recursos
06:00biomáticos, no sé cómo llamarle,
06:03esas facturas interpares, no necesariamente indican, o sea, la falta de esas facturas interpares eventuales, no necesariamente indica un soborno.
06:19No, no, no, no, en absoluto, yo jamás dije que este caso esté escondiendo una conducta de soborno, y te
06:28aclaro, en absoluto me refiero yo a este caso.
06:32Simplemente dije, ¿la ley te habilita a un funcionario público a cobrar un horario?
06:36Sí. Eso, en algún extremo, y no digo que sea este, puede llegar a venir una empresa a querer pagar
06:44su deuda a un municipio, al IPS, o a cualquier entidad pública,
06:49y el funcionario le pide un soborno, y la empresa le dice, yo necesito una factura, porque yo, para sacar
06:57dinero, necesito una factura.
06:59Y vamos a suponer, que aclaro, no es este el caso, pero supongamos que le dice, bueno, yo te voy
07:05a no facturar, pero vamos a figurar 10%, 15% de honorarios, ¿verdad?
07:11¿Podría eventualmente esconder una actitud de soborno? Sí, claro, podría.
07:17Que aclaro, no digo que sea este caso, porque encima en este caso se sabe que hubo un juicio, que
07:24estuvo en varias instancias,
07:25o sea, que se ganó el juicio, que se llevó a un acuerdo, que se incumplió el acuerdo, y que
07:31luego la empresa llegó a pagar por el reclamo último que hizo el IPS.
07:36O sea, el ejemplo del soborno fue, simplemente, alguien me preguntó, un colega tuyo, ¿podría eventualmente ir?
07:44Por supuesto, o sea, yo me voy a pagar mi impuesto a la intendencia, y me piden un soborno, y
07:51yo pido una factura, y me dan una factura y le ponemos honoraria, ¿verdad?
07:56Por eso, repito, debemos aclarar caso por caso.
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