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  • hace 10 minutos
El canciller Hugo de Zela afirmó que la Convención de Caracas de 1954 está siendo empleada para conceder asilo diplomático a personas que no enfrentan persecución política. Además, advirtió que esta práctica "se sustenta en información distorsionada por sesgos ideológicos".

Noticias del Perú y actualidad, política.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00que éramos de alcance regional, para lo cual voy a hacer algunas consideraciones importantes
00:08para situar mi intervención en su debido contexto.
00:14Empiezo por decir que creo que todos estaremos de acuerdo en que esta no es una de las mejores etapas para nuestra región.
00:23Creo que debemos ser francos en reconocer que las divergencias ideológicas nos separan
00:31porque no hemos sido capaces de hacer prevalecer lo mucho que nos une.
00:38Es pues una etapa en la cual el multilateralismo se encuentra debilitado
00:44y no está siendo suficientemente ágil para llevar adelante la agenda común que tenemos en nuestra región.
00:53Hoy enfrentamos amenazas que atentan gravemente contra nuestro modo de vida y que nos debilitan como región.
01:04Me refiero, entre otras, al crimen organizado transnacional, incluyendo al tráfico ilícito de drogas,
01:13al tráfico y trata de personas, al de armas de fuego, así como a la corrupción y al cambio climático,
01:21por citar solamente algunos ejemplos.
01:24Ello nos pone frente a la necesidad de encontrar soluciones prácticas y satisfactorias
01:32a los problemas que nos encuentran hoy divididos.
01:35Estos desafíos, numerosos y compartidos, con causas y alcances, en muchos casos globales,
01:44requieren nuestra unidad para enfrentarlos.
01:47Pero esta se ha visto socavada por diferencias ideológicas.
01:53Como región, hemos perdido capacidad de diálogo
01:57y con ello la institucionalidad requerida para luchar articuladamente.
02:05En este contexto, hemos decidido traer a la atención de nuestra organización
02:11una preocupación que entendemos compartida sobre el presente y futuro del asilo diplomático en nuestra región,
02:20así como una propuesta orientada a revertir su evolución negativa en la práctica internacional.
02:28Lo hacemos recordando que el Perú es un país democrático, comprometido con el Estado de Derecho,
02:37el principio de solución pacífica de las controversias y el pleno respeto por los tratados internacionales.
02:45Al mismo tiempo, seguimos activos para cooperar con el desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación,
02:54así como con la revitalización del multilateralismo,
02:58para atender con eficacia los desafíos y realidades de un mundo fragmentado en acelerada transformación.
03:07El asilo diplomático es una institución jurídica surgida en nuestra región,
03:13que se ha convertido en uno de nuestros más importantes aportes al derecho internacional
03:20y que ha servido para defender y promover los derechos civiles y políticos
03:26que constituyen un pilar de nuestras democracias.
03:31No es casual que su codificación a través de la Convención de Caracas,
03:37adoptada en 1954,
03:41se haya dado en el contexto de la Guerra Fría,
03:44en el que en América Latina proliferaron los autoritarismos y las persecuciones políticas.
03:51El Perú no ha sido ajeno a estas circunstancias.
03:55A propósito de ello, cabe traer a colación el caso Haya de la Torre
03:59y específicamente en la invocación de la Corte Internacional de Justicia a las partes
04:04para encontrar, comillas, una solución práctica y satisfactoria,
04:11guiados por las consideraciones de cortesía y buena vecindad,
04:14que en cuestiones de asilo prevalecieron siempre entre las repúblicas latinoamericanas.
04:20Cierro comillas.
04:21Queremos volver a aplicar esa invocación
04:26para encontrar soluciones prácticas y satisfactorias
04:29a los problemas que nos encuentran hoy divididos.
04:33La democracia peruana, como la de todos los países aquí representados,
04:38no es inmune a estos desafíos.
04:40En los últimos años hemos pasado por una serie de crisis políticas
04:44precipitadas en varios casos por actos de corrupción.
04:48Varios de nuestros expresidentes y políticos de todo el espectro
04:54han debido rendir cuentas ante la justicia.
04:58Nuestro ordenamiento constitucional, no obstante,
05:03se ha mostrado resiliente, prevaleciendo la separación de poderes
05:07y las garantías para la administración de justicia.
05:11Conforme al calendario electoral, el próximo año celebraremos en el Perú
05:15elecciones libres y justas y esperamos contar con la observación electoral de la OEA
05:21y de otros observadores invitados.
05:23Quiero ser muy claro en afirmar que aquí no estamos planteando un caso específico de asilo diplomático
05:33como el de estos últimos días que involucra a la expresidenta del Consejo de Ministros,
05:40señora Betsy Chávez, en el Perú,
05:42ni tampoco otros ocurridos recientemente en nuestra región.
05:47Sin embargo, sí queremos resaltar que estos casos recientes reafirman
05:54que se ha producido una evolución negativa en la utilización del derecho de asilo
06:00consagrado en la Convención de Caracas de 1954.
06:06Evolución cuya característica central es que se utiliza la Convención
06:11para otorgar asilo a quienes no sufren persecución política en Estados Democráticos.
06:17¡Exitosa!
06:18Y esta tendencia, hemos observado, se apoya en reiteradas ocasiones
06:24en información distorsionada por sesgos ideológicos
06:28que socavan nuestra institucionalidad y nuestra buena vecindad
06:34y que no se condicen con el espíritu de la Convención.
06:37Reconozco claramente que, como en región, en el Perú la justicia no es perfecta.
06:46De hecho, se ve desbordada, entre otras amenazas, por el crimen organizado transnacional.
06:53No obstante, en líneas generales, en mi país prevalecen las garantías del debido proceso
06:59y la pluralidad de instancias, incluyendo la supranacional del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
07:08Y prevalece, sobre todo, el principio de no impunidad.
07:13Por eso, para nosotros, y estoy seguro de que para todos ustedes,
07:19es esencial no desvirtuar la institución del asilo diplomático
07:25y evitar que se convierta en función a criterios ideológicos
07:29en un instrumento para eludir la justicia.
07:33Las circunstancias prevalecientes, en la época en que se adoptó la Convención de 1954,
07:41un continente plagado de gobiernos autoritarios,
07:44en el marco de la Guerra Fría, no constituye la realidad que hoy en día enfrentamos.
07:52No se ayuda a una democracia, ni al Estado de Derecho,
07:57sustrayendo de su sistema de justicia a sus políticos y a sus familiares
08:02cuando estos son procesados por delitos comunes.
08:06Por el contrario, el gobierno del Estado asilante se expone
08:11a ser percibido como un protector de personas que, por lo menos presuntamente,
08:17han violado las leyes comunes de su país de origen.
08:22Con ello, se erosiona la confianza de nuestros ciudadanos
08:26en el funcionamiento de sus instituciones,
08:30así como la que debe prevalecer entre nuestros países.
08:34Además, el asilo crea obligaciones que pueden trascender al gobierno que lo concede.
08:41Afectando potencialmente los derechos de la persona asilada
08:44si la decisión carece de un proceso objetivo y estable.
08:50Lo que proponemos, por tanto, es afrontar juntos estos desafíos.
08:57Y proponemos hacerlo conviniendo que cuando se evalúen los pedidos de asilo diplomático
09:04en el marco de la Convención de Caracas y otros instrumentos
09:09como los que nos vinculan en materia de lucha contra la corrupción,
09:13la naturaleza de los delitos se analice de manera oportuna y objetiva
09:18con la información proporcionada por el Estado territorial,
09:22así como por otras fuentes confiables,
09:25antes de decidir si es procedente conceder el asilo solicitado.
09:31Ello exige que la aplicación del artículo 9 de la Convención
09:38deje de depender exclusivamente de un criterio subjetivo
09:43y se base en procedimientos institucionales
09:47que aseguren objetividad, trazabilidad y responsabilidad del Estado.
09:54Nuestra propuesta es consistente con los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
10:00en su opinión consultiva 25 del 30 de mayo de 2018
10:05en lo referente a que el asilo no debe concederse
10:09a personas que hayan sido condenadas
10:12o sobre las que existan serios indicios de haber cometido delitos graves
10:16como los contemplados en instrumentos internacionales y regionales
10:22sobre terrorismo y corrupción.
10:24En el caso peruano debemos ser además
10:27consecuentes con nuestra ley de asilo
10:30promulgada en 2002, cuyo artículo 6to prescribe
10:34que no podrá otorgarse asilo a la persona
10:38que se encuentre inculpada, procesada o condenada
10:41ante tribunales judiciales ordinarios
10:44competentes por delitos comunes
10:47o que haya cometido delitos contra la paz, terrorismo,
10:51crímenes de guerra o delitos de lesa humanidad
10:54definidos en instrumentos internacionales.
10:59Una importante consideración que hemos tenido en cuenta
11:02para plantear la propuesta
11:04es que en los hechos, una vez concedido el asilo
11:07se compromete el acceso a la justicia.
11:10Las posibilidades de cooperación judicial internacional
11:14para llevar con éxito un proceso de extradición
11:18contemplado como posibilidad ulterior
11:20por el artículo 17 de la Convención de Caracas
11:24se presentan remotas en el contexto
11:27de una relación bilateral debilitada
11:29por la concesión unilateral del asilo
11:32particularmente cuando ha sido motivada
11:35por consideraciones ideológicas.
11:37Recordemos también que el derecho internacional
11:41no ampara la impunidad.
11:44Al plantearse un pedido de extradición
11:47por un crimen grave
11:48para el Estado requerido
11:50rige el principio
11:51aut dedere, aut judicare
11:55o extraditas o juzgas.
11:59Por eso, normalmente un pedido de extradición
12:02va acompañado de un informe técnico jurídico
12:06detallando la gravedad del delito imputado
12:09su carácter común
12:10y su doble incriminación
12:12así como las garantías de debido proceso
12:15y los indicios suficientes
12:18que sustentan la verosimilitud de la causa.
12:23Una de nuestras principales preocupaciones
12:26al plantear este tema al Consejo Permanente
12:28es cuidar la valiosa institución jurídica del asilo
12:33para fortalecerla
12:35mediante su uso conforme a la manera
12:38en que originalmente se diseñó
12:40es decir, para proteger a perseguidos políticos.
12:45Por ello, pensamos...
12:46Bueno, vamos a seguir con este...
12:48con este...
12:50con este...
12:53con este...
12:54con este...
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