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  • hace 1 día
Eduardo Pérez Avid, abogado especializado en Derecho Laboral y Seguridad Social, afirmó que la flexibilización del Código Laboral para eliminar la estabilidad del trabajador sería inaplicable debido a que va contra las normas del derecho laboral y las normas constitucionales. El profesional señaló que antes de pensar en modificar la ley, es necesario prestar atención a la alta tasa de informalidad y desprotección que aqueja a los trabajadores.

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Transcripción
00:00Bueno, lamentablemente se planteó en un discurso un tema muy, muy delicado porque lo ideal hubiese sido conocer previamente el proyecto, en qué consiste, cómo se piensa generar 500 mil puestos de trabajo con la flexibilización del Código del Trabajo, ¿verdad?
00:21Porque es lo que se busca. Hay que recordar, eso lo voy a decir para los más jóvenes, porque hay que recordar que cuando se trata el Código del Trabajo en el año 1993, con la modificación total en aquel entonces, en una época donde se instalaba en la región el neoliberalismo con las políticas de flexibilización laboral, la liberalización del mercado, las políticas de ajustes estructurales,
00:49En ese contexto se había estudiado el Código del Trabajo y recuerdo también de que algunos parlamentarios decían de que Paraguay iba a terminar como un país miserable, o sea, pronosticaban como una cuestión apocalíptica tener un Código del Trabajo en el año 93 que iba a generar incluso un desempleo masivo y la pérdida de posibilidad de instalación de fábricas y de crecimiento económico.
01:16Así manifestaban en el año 93. Sin embargo, se ha visto con el correr de los años de que Paraguay creció económicamente, se instalaron nuevas fábricas y tenemos una altísima inversión extranjera en estos momentos y de con nacionales.
01:33Entonces, esa falacia de que se pretende instalar de que el Código del Código Laboral con la estabilidad especial que tiene va a generar un impedimento para que se pueda sostener el empleo de muchos trabajadores por un lado y por otro lado que pueda impedir la generación de nuevos empleos,
01:54no tiene ningún asidero legal ni ningún asidero de un estudio serio al respecto.
02:02Lo que entendemos, pretenden hacer ellos, porque lamentablemente no tenemos a la vista el proyecto de ley, es que quieren legalizar la posibilidad de despedir a un trabajador con nueve años, nueve años, tres meses,
02:17y volver a recontratarlo sin que eso signifique la continuidad de los años de antigüedad ni de los derechos adquiridos.
02:27Y eso, desde el punto de vista doctrinario y desde el punto de vista jurisprudencial, va a ser muy complicado de aplicarlo, por más que tengan ellos mayoría en el Congreso y puedan promulgar la ley,
02:41va a ser inaplicable porque va contra las normas del derecho laboral y contra las normas constitucionales y los principios que rigen en la materia.
02:51En este sentido, señor Eduardo, también usted comentaba de que precisamente teniendo en cuenta que depende mucho de los votos que pudiera tenerse a nivel de Congreso,
03:01no hay una especialización por parte de los legisladores en este caso para tocar la materia y en este caso para modificar este tipo de hechos dentro de lo que es el ámbito laboral.
03:13Claro, nosotros siempre tenemos, o sea, en los últimos años tenemos un déficit en el Parlamento donde una gran mayoría de los legisladores no tienen una formación idónea en derecho del trabajo y la seguridad social.
03:27Ese es un problema de carácter social que nos afecta a todos porque no tenemos unas mentes preparadas y sólidas al respecto.
03:36Ahora, muy por el contrario de lo que fue la década de los 90, donde el Parlamento sí tenía esa posibilidad de un amplio debate al respecto.
03:45Lo que quiero señalar es que más allá de la estabilidad laboral, en el mundo laboral actual de Paraguay tenemos innumerables problemas.
03:54Nosotros tenemos, por un lado, una altísima informalidad laboral, tenemos un altísimo porcentaje de trabajadores que no están siendo asegurados en las cajas previsionales,
04:09tenemos una carencia, una fiscalización adecuada a las empresas que justamente permiten que estén trabajando al margen de la ley
04:17y tenemos un gravísimo problema con la juventud que hoy día su promedio de estabilidad en el empleo es de sólo seis meses a ocho meses.
04:28O sea, construir un equipo de trabajo dentro de un establecimiento cuesta mucho más que mantener a un trabajador estable hoy día
04:39por la formación, por el carácter y por toda la coyuntura social que hoy vive y que tenemos esas dificultades con la juventud.
04:48En este caso, entonces, don Eduardo, citando de repente los efectos directos de una posible flexibilización, ¿cuáles podrían ser esos?
04:56Bueno, reitero, lo que ellos pretenden es legalizar la posibilidad de liquidar y volver a contratar a una persona,
05:03pero ahí se va a tropezar con una cuestión doctrinaria.
05:08El derecho del trabajo, el concepto de lo siguiente, conjunto de normas positivas, es decir, las leyes y de principios teóricos
05:18que rigen las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores y de estos dos con el Estado.
05:25Dentro de los principios del derecho del trabajo existe el principio de primacía de la realidad,
05:29los hechos son los que prevalecen sobre el papel.
05:33El principio de continuidad, que significa que si yo termino mi relación laboral hoy,
05:39pero vuelvo a trabajar nuevamente con el mismo empleador, realizando las mismas labores,
05:44estando en subordinación, cumpliendo una jornada de trabajo,
05:48significa que mi continuidad sigue con la empresa, por más que se haya cortado a través de una liquidación.
05:54El otro principio elemental en estos casos es el principio de irrenunciabilidad de derechos,
06:00que está en el artículo 86 de la Constitución y el artículo 26 de la Convención Americana,
06:06que habla de los derechos progresivos que uno va acumulando con el tiempo
06:10y que no pueden retrotraerse en perjudicio de la persona a cuyo favor se ha legislado.
06:18Entonces, por un lado tenemos la doctrina y por otro lado tenemos la jurisprudencia.
06:24La Corte Suprema de Justicia y los tribunales del trabajo han determinado que este tipo de rupturas
06:30del contrato de trabajo y la nueva recontratación constituyen fraudes laborales
06:37que finalmente no permiten al empleador desligarse de la posibilidad de reconocer la antigüedad
06:44y los derechos adquiridos. O sea, va a ser un problema de interpretación
06:49que finalmente este proyecto, de la forma como me han comentado,
06:55no va a tener la trascendencia que ellos quieran.
06:59Excelente. Bueno, básicamente entonces un comentario bastante completo, Mabel, compañeros,
07:05en relación a lo que sería el comentario hecho por el presidente Santiago Peña
07:09en relación a esta estabilidad laboral y, bueno, ¿cuáles serían esos efectos?
07:13Mabel, de por ahí, si tenés alguna consulta específica al señor Eduardo, estamos atentos.
07:18Una sola. Eduardo, conociendo lo que fueron las centrales obreras en este país,
07:25el protagonismo que han tenido en los primeros años de democracia y todo el resto,
07:32hoy día hay una tremenda orfandad y falta de convocatoria.
07:39¿Crees que centrales obreras tendrían fuerza para negociar con el gobierno
07:45un marco de ley que sea factible y que sea realmente progresista
07:58para los dos sectores, empleadores y obreros?
08:07Sí, justamente, bueno, Mabel, le vamos a hacer la consulta en relación a eso entonces.
08:13Bueno, don Eduardo, relaciona justamente empleadores, obreros y lo que fue toda esa lucha también
08:18en relación a este sistema, teniendo en cuenta lo que hizo la consulta de la señora Mabel.
08:23¿Qué respuesta se puede dar respecto a esto?
08:25En la actualidad, en la actualidad con el movimiento sindical ha decaído bastante
08:31la representación obrera y eso va a ser un inconveniente, ¿verdad?
08:37Que yo creo que si las cúpulas actuales redireccionan, rectifican sus conductas,
08:47están todavía a tiempo de generar alguna resistencia a este retroceso que se quiera hacer.
08:53El mundo del trabajo tiene una complejidad de problemas.
08:59El Código del Trabajo necesita adecuarse a los nuevos tiempos.
09:03Nosotros tenemos la incorporación de las nuevas tecnologías, las redes sociales y el Código
09:11necesita tener una adecuación, pero no a costa de un derecho adquirido, ¿verdad?
09:16Yo creo que el argumento que sustenta el señor presidente de la República al decir
09:22buenos trabajadores, excelentes trabajadores tienen que ser despedidos porque van a entrar
09:29en la estabilidad y el empleador no lo quiere tener en esas condiciones, me parece un contrasentido.
09:35¿Por qué un empleador tendría que desligarse de una persona que está cumpliendo con eficiencia
09:44y con calidad su trabajo? Es una primera consulta.
09:48Segunda consulta, ¿cómo se va a generar 500 mil puestos de trabajo flexibilizando la ley para el despido?
09:58La tercera cuestión es exactamente qué artículos del Código del Trabajo es lo que pretenden modificar
10:05porque el artículo de la estabilidad especial está en el artículo 94 y lo que entiendo quieren modificar
10:15es el artículo 78 y 79.
10:18Entonces, no va a existir una solución al problema que ellos plantean o de la forma como plantean.
10:25Y acá tenemos que ver otras aristas que hacen al derecho del trabajo, a la competencia del Estado,
10:32al funcionamiento del Poder Judicial, porque incluso escuché que hizo mención a los abogados
10:38y a los jueces que generan una industria de la demanda, dice, muy calcado lo que fue también
10:46el discurso del señor Millet en Argentina.
10:49Ahora, las demandas van a ocurrir toda vez que existan agresión a los derechos laborales.
10:58La demanda no va a existir si se respetan los derechos laborales.
11:02Así de sencillo es el tema.
11:04Excelente, muchísimas gracias, don Eduardo.
11:07Bueno, entonces los comentarios en relación a lo que sería este ámbito laboral muy importante, Mabel,
11:11y ver cómo va a continuar el tratamiento de un posible proyecto en relación a la modificación del código laboral.
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