00:00Este documento, mi querido Marco Aurelio, está firmado por vos y ordena que se le pague a Ramón González Daer
00:08la garantía que el Estado tiene que pagar. ¿Es correcto el documento? ¿Lo firmaste vos?
00:16Sí. Si puedes leerle el primer párrafo, te verás cómo empieza.
00:20Sí, sí, sí. Voy a leer, me acerco al...
00:23Atendiendo que existe un mandato judicial para el pago de la creencia de Ramón González Daer
00:28por su reclamo de pago de una garantía estatal por un certificado de depósito de ahorro
00:33en la entidad Pilcomayo, desea de ahorro y préstamo para la vivienda,
00:37y que dicho mandato judicial se encuentra a las fechas firme y ejecutoriado,
00:41tomamos contacto con el ejecutante para llegar a un acuerdo que sea beneficioso a los intereses.
00:48¿Correcto?
00:49Sí.
00:49Bueno.
00:50Y por tanto vos, digamos, sos firmante de la orden de pago a Ramón González Daer.
00:58No, no, es una orden de pago esa.
00:59¿Qué es?
01:00Es una opinión jurídica donde se informa a la presidencia del Banco Central
01:06que existe una orden judicial firme y ejecutoriada que quiere decir que ya no caben recursos
01:11y que solamente, únicamente se puede cumplir su pena de incurrir en desacato a la orden judicial.
01:17¿Cómo llega Ramón González Daer a la asesoría jurídica del Banco Central del Paraguay?
01:22¿Cómo llega?
01:23Sí.
01:24¿Por qué llega el caso de Ramón González Daer y no el de Enrique Baraspeña?
01:27Porque ese es un caso, si mal no recuerdo, Enrique, porque aquí me agarré de prevenido,
01:33es un caso donde la garantía estatal no cubrió ese crédito del señor Ramón, ¿verdad?
01:39Entonces, él litiga ante el Poder Judicial y el Banco Central sostiene en estrado judicial
01:45que no corresponde que él cobre esa suma de dinero por la razón que se ha alegado,
01:50no sé si vinculación, eso habría que analizar los antecedentes.
01:53Pero el Banco Central defendió esa tesis en primera instancia, en segunda instancia,
01:57presentó una acción de inconstitucionalidad después contra la resolución ya firme.
02:01Es decir, en la ejecución volvió a plantear excepciones, acciones y todo con resultados infructuosos.
02:08Entonces, estando ya firme ejecutorial, la orden del proceso de ejecución de la sentencia
02:14es cuando nosotros decimos al directorio, bueno, aquí ya no caben recursos.
02:21Eso es lo que dice y es lo que leíste vos también.
02:23Claro. Ahora, yo tengo nomás una curiosidad, digamos, de saber...
02:29Bueno, pero te voy a plantear la pregunta de otra manera.
02:31¿Cuántos clientes de Pilcomayo están en la misma situación de Ramón González Ader?
02:38Eso desconozco.
02:41¿Puedo yo inferir? Pues estaba equivocado, ¿no?
02:45Pero te pregunto desde el punto de vista de la lógica.
02:48¿Puedo yo inferir entonces que la situación de González Ader es de privilegio?
02:52¿Por qué?
02:53Porque...
02:55En un litigio, ahí si te fijas, como mi sello yo era director del Departamento de Asuntos Judiciales.
03:00Sí, sí, sí.
03:01El que se encargaba solamente de los litigios.
03:03Entonces, a mi cargo estaba solamente litigar y no conocer el resto de los detalles que seguro manejaba la superintendencia de bancos.
03:11No, no, atendé. Mi pregunta es la siguiente.
03:13Obviamente que te estoy haciendo esta pregunta en sentido acusatorio, ¿verdad?
03:17O sea, estoy seguro que comprendes, o sea, sin problema.
03:21No, para mí el punto es el siguiente, Marco Abrelio.
03:27Pilcomayo, empresa fallida, tenía una cartera de clientes.
03:31Sí.
03:31¿Verdad?
03:32Ahora, por eso te pregunté qué porcentaje hay.
03:38Como vos me contestaste lo que me contestaste, yo infiero, y la inferencia, estimado mío, es discrecional.
03:45Puedo estar equivocadísimo.
03:46Entonces, yo infiero que es una situación de privilegio, que a los otros, dañados por la financiera fallida, no les benefició.
03:58A ver, en este caso, este litigio se trató de esta persona, este señor, que tenía un crédito, y el Banco Central no le reconoció ese crédito.
04:08Ajá.
04:08¿Verdad?
04:09Sí, sí, sí. Hasta ahí yo te sigo.
04:12El Banco Central se defendió judicialmente, sosteniendo que no correspondía el pago, y por orden judicial se dispone el pago de ese señor.
04:20Ajá.
04:23Entiendo.
04:23Esa es la situación jurídica. Hay una orden judicial de pago.
04:27Correcto.
04:27Finalmente.
04:27No, correcto. Es que yo no te estoy discutiendo de eso.
04:30Pero vos lo tornás como un caso de privilegio.
04:34Sí.
04:34Ahora, si tenía incidencia en el Poder Judicial, obviamente es un privilegio.
04:39Pero que lo otorga el Poder Judicial no el Banco Central.
04:43A ver, yo no voy a desconocer ni un momentito en esta conversación que Ramón González Dari y Oscar tenían una situación de privilegio en el Poder Judicial.
04:55Yo no, olvídate. Estoy, yo estoy totalmente de acuerdo contigo en eso.
05:00Y que el Banco Central no puede tener la responsabilidad de eso.
05:04Lo que estoy señalando es que el documento muestra una situación, a mi juicio, vuelvo a repetir para que no haya duda, yo estoy haciendo la inferencia, muestra una situación de particularidad que no se extiende a nadie más de Pirco Mayo.
05:24Pero esa particularidad se da de quién hace quién.
05:28Del Banco Central decía González Dari.
05:30¿Qué privilegio le otorga el Banco Central allí?
05:31Con ese documento el Banco Central dice, mira, nosotros agotamos toda nuestra fuerza para pelear judicialmente contra este señor.
05:41Finalmente nos ganó en armas.
05:43Hay una sentencia de un juez en la ejecución que está firme ejecutoría, o cumplí o te enfrentas a un proceso de desacato.
05:51¿Cuáles son las opciones de privilegio que puede otorgar el Banco Central?
05:55Una última pregunta sobre el tema, pero me sorprendo un poquito y te aclaro que yo creo en la ley de garantías.
06:04O sea, desde el punto de vista filosófico e ideológico.
06:07¿Por qué ustedes no optaron, y te estoy preguntando algo muy peligroso, yo mismo estoy medio temeroso de preguntarte,
06:20¿por qué ustedes no optaron por decirle a González Dari, no señor, como los demás no están en esta situación, nosotros no vamos a pagar?
06:31Esa posición defendió el Banco Central en todas las instancias judiciales.
06:35Pero cuando vos tenés una orden de un juez, y esa orden del juez se va a proceso de ejecución y se ejecuta la sentencia,
06:41vos tenés una orden judicial de cumplir y no podés discutir contra la orden judicial porque ya no tenés más instancias.
06:47Vos sabés que llegando a una máxima instancia ya no podés discutir las decisiones judiciales, Enrique.
06:54Lo contrario a cumplir con esa orden judicial es el desacato.
06:58Correcto. ¿Y el desacato te implicaba a vos personalmente?
07:01No, a los miembros del directorio.
07:02A los miembros del directorio.
07:03Claro.
07:03O sea, ¿ellos te dieron una orden?
07:05No, no, no. Esta es una opinión jurídica de cuál es la situación jurídica y después ellos toman la decisión.
07:11Claro. Este memo vos le mandaste al directorio.
07:13Sí.
07:14O sea, no es que es...
07:16Y yo era uno de los abogados porque encima mío cuando estaba el gerente de la unidad jurídica
07:21y había un abogado que era el que llegaba al caso.
07:24O sea, esto fue así. Y es una opinión para que se tome una decisión informada sobre el caso.
07:33¿Vos tuviste alguna relación previa, política, con alguien de la familia González?
07:39¿Relación política previa? No. A ver, en Luque nos conocemos todos. Yo no soy pariente de esa familia.
07:49Yo soy González y soy luqueño, pero de otra rama de los González.
07:53No, yo no te pregunto vínculos aparentales.
07:54Te estoy preguntando si vos tuviste o no una relación política con Oscar González.
08:02No estoy pensando en no.
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