Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 2 días
Especialistas de distintos sectores coinciden con que la omisión de bienes realizada por Horacio Cartes en su declaración jurada fue dolosa. Consideran que el Ministerio Público debe abrir una investigación penal.

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Un punto de partida de nuestra conversación nace sobre las declaraciones de Armindo Torres,
00:04director de declaraciones juradas de la Contraloría,
00:06quien habló hoy sobre la situación de Horacio Cartes.
00:10Por su parte, Ezequiel Santagada menciona que el simple hecho de que la Contraloría
00:14haya remitido un informe al Ministerio Público sobre los errores que posee la rendición de Horacio Cartes
00:22es que entienden de alguna manera que puede existir algún tipo de indicios
00:26que lleven a una investigación en el ámbito penal.
00:31Esto muy al margen de que la propia Contraloría haya dicho
00:34de que el enriquecimiento que tuvo Horacio Cartes durante su presidencia
00:38está completamente justificado, al menos de esa manera lo expresaron hoy
00:43desde la Contraloría General de la República.
00:45Escuchemos entonces al director ejecutivo del Instituto de Derecho y Economía Ambiental
00:50Ezequiel Santagada sobre este tema en concreto.
00:52No habría enriquecimiento indebido según las propias declaraciones del doctor Armindo Torres.
00:59Si vamos por bueno eso, lo que llama la atención es que para los casos de errores u omisiones,
01:08si estos errores u omisiones son razonables, en realidad son errores no imputables,
01:14o culposos, digamos, en realidad no imputables.
01:20El Contralor lo único que debe hacer es pedirle al interesado que rectifique en un plazo de 30 días
01:27y ahí queda el tema.
01:30La Contraloría General de la República ha entendido que esos errores u omisiones
01:34en principio serían dolosos.
01:38Esto, insisto, es simplemente interpretando lo que establece la ley
01:41y lo que ha hecho la Contraloría General de la República.
01:44O sea, no sería una cuestión menor a criterio de la Contraloría General de la República.
01:50Y habría dolo.
01:52Y en principio, bueno, debería haberse una investigación por la presunta comisión
01:57del hecho punido del artículo 243 del Código Penal, que es la declaración jurada falsa.
02:01La culpa es grave, o sea, cuando la negligencia es demasiado grave, ya tiene olor a dolo.
02:11Entonces, claro que pueden haber imprecisiones.
02:15Quizás una cuenta bancaria de un millón de guaraníes que pasaba desapercibida en alguna cooperativa,
02:22en alguna asociación a la que pertenecía alguna vez y nunca retiré los fondos, pues figura.
02:26Si no pongo una avioneta, si no pongo una empresa que me genera muchos recursos,
02:34si no pongo yates, si no pongo algo que no puede pasar desapercibido,
02:39ni para la persona que declara, ni para ningún asesor, ni un contador,
02:43ya que tiene que revisar los bienes, registros públicos,
02:45hay innumerables bienes que son registrables.
02:48Y esos bienes que son registrables no pueden pasar desapercibidos.
Sé la primera persona en añadir un comentario
Añade tu comentario

Recomendada