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  • hace 2 días
Desde el Ministerio del Trabajo recordaron que las empresas no pueden aplicar multas a sus trabajadores por la ausencia del pasado 9 de noviembre.

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00:00Y esto surge a raíz de que algunos trabajadores ya manifestaron que desde la empresa en el cual prestan servicio
00:06señalaron que van a descontar de sus respectivos salarios por no trabajar el pasado 9 de noviembre,
00:15fecha en el cual el gobierno nacional decretó para que se realice el censo nacional.
00:20Hoy hablamos con la ministra del Trabajo y ella manifestó de que esta situación no puede ser posible,
00:26que las empresas no pueden descontar a sus trabajadores por no ir a trabajar o quienes no fueron a trabajar en este caso el pasado 9 de noviembre
00:35y que incluso se exponen a respectivas multas o sanciones en caso de comprobarse esta situación.
00:44Pidió también a los trabajadores que realicen sus denuncias ante el Ministerio de Trabajo.
00:49Escuchemos lo que explicaba con respecto a este tema, Carla Basia Lupo.
00:52Seguramente estas denuncias van a llegar a cierre de mes, a fin de mes, porque obviamente ahí es donde se liquida el salario.
01:01Estas denuncias las pueden hacer ante el Ministerio del Trabajo, tanto a través de nuestras líneas telefónicas
01:06absolutamente publicadas en todas las redes y también en nuestra página web.
01:10Lo pueden hacer a través del correo electrónico también publicado, el correo que le corresponde a la dirección del trabajo
01:16y lo pueden hacer en formato nominal o anónimo.
01:20Lo que hace el Ministerio del Trabajo enseguida es llamarle a la patronal a una audiencia de mediación
01:24y obviamente nosotros lo que hacemos es explicarle a la patronal que debe pagar
01:29y si no paga, entonces ya pasa al área de fiscalización para, digamos, un estudio mucho más pormenorizado del Ministerio del Trabajo.
01:37El 65% de los casos los resuelve el Ministerio del Trabajo en el área administrativa.
01:42Todos los conflictos, ya sea por falta de pago, por ejemplo, de un día trabajado, por falta de pago de aguinaldo,
01:48por falta de pago de indemnizaciones, del 100% de los conflictos laborales que llegan al Ministerio del Trabajo,
01:55el 65% se resuelve ahí y solamente un 25% llega al Poder Judicial.
02:01La ministra también se refirió con relación a los pagos de los respectivos aguinaldos, aguinaldos de los trabajadores
02:09y la misma manifestó que las empresas tienen tiempo para cumplir con esta obligación hasta el 31 de enero.
02:17Desde el 2, hasta el 31 de diciembre, en este caso, desde el 2 de enero,
02:23el Ministerio del Trabajo ya va a estar recibiendo las denuncias por parte de los trabajadores
02:28en caso de que las empresas no cumplan con esta obligación.
02:33También habló de la calculadora que está disponible en la página del Ministerio del Trabajo
02:38para hacer los respectivos cálculos para el cobro de aguinaldo.
02:42Escuchemos lo que explicaba con respecto a este punto.
02:44Hasta el 31 de diciembre, inclusive, el empleador puede pagar el aguinaldo.
02:51Nosotros tenemos abiertas ya las denuncias a partir del 2 de enero.
02:56Ustedes saben que el 1 de enero es feriado.
02:58Entonces, a partir del 2 de enero ya recibimos denuncias.
03:01Tenemos un alto éxito, gracias a Dios, en nuestras mediaciones de pago de aguinaldo.
03:05Y ya tenemos también nuestra calculadora.
03:07Ustedes saben del aguinaldo.
03:08La calculadora es absolutamente disponible para todos los teléfonos, para todas las computadoras.
03:13Y ya tenemos más de 106.000 usuarios que utilizaron nuestra calculadora.
03:17Y el 75% de esos 106.000 fueron a través del sistema.
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