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  • hace 2 días
La citada ley pretende dar celeridad a los trámites realizados por ciudadanos en instituciones públicas. Al mismo tiempo, dar un marco legal a los procesos administrativos públicos, como herramienta vital para disciplinar la funcionalidad de la administración, a fin de asegurar la satisfacción directa, eficiente y sostenida de las necesidades del ciudadano. Esto debido a que cada institución tenía sus propias reglas, a partir de ahora estos criterios y procedimientos se unifican.

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Transcripción
00:00Bueno, cuando sale este anuncio de que va a comenzar a regir esta nueva ley de procedimientos administrativos,
00:07bueno, estuvimos ahí bastante interesados en entender primero qué instituciones podrían ser las afectadas
00:14si hablamos de todas las instituciones públicas en general o hablamos de algunas en particular,
00:19como, no sé, la Subsecretaría de Estado de Tributación o, qué sé yo, el IPS para la parte de jubilaciones.
00:26Entonces me gustaría arrancar preguntándote una explicación para la audiencia de qué se trata esta ley de procedimientos administrativos.
00:37Sí, la ley de procedimientos administrativos tiene un espíritu de vigencia para todas las instituciones públicas.
00:45Ahora, hay que dividir en dos grandes apartados.
00:47Primero está la parte sustancial donde regular los elementos del acto administrativo,
00:51las condiciones en las que se van a dar la nulidad y la revocación de las decisiones administrativas
00:59y toda esa parte va a ser obligatoria y común para todas las instituciones públicas, sin excepción.
01:05En la segunda parte, la ley regula algunos tipos de procedimientos,
01:10como el procedimiento general de atención de quejas, denuncias, pedidos por parte de la ciudadanía,
01:17el régimen sancionatorio o también el régimen de los recursos administrativos que caben contra las decisiones administrativas.
01:28El régimen recursivo también va a ser obligatorio y común para todas las instituciones públicas.
01:34Es decir, se unifica el régimen recursivo ya que...
01:36Recursivo.
01:37Recursivo, es decir...
01:38¿Qué recursos?
01:39Los recursos que uno puede anteponer ante una decisión administrativa con la que no está conforme.
01:44¿Verdad?
01:45Y caben básicamente dos recursos.
01:49El recurso de reconciliación, de pedirle a la misma autoridad que modifique su decisión,
01:53o el recurso de apelación ante el superior jerárquico,
01:56para pedirle al jefe del funcionario que dictó la decisión que revoque esa decisión.
02:00Lo que hace es unificar porque hoy tenés, en varias cartas orgánicas,
02:06tenés diferentes plazos y diferentes recursos que podés interponer.
02:10Entonces, se unifica.
02:11Hay un régimen unificado donde 10 días para interponer el recurso
02:15y 20 días para resolver por parte de la autoridad.
02:17Eso va a estar unificado.
02:19Y después tenés otros recursos, otros procedimientos, perdón,
02:24como el procedimiento sancionatorio, lo que sea sumario administrativo,
02:27o el procedimiento ordinario para atender cualquier tipo de quejas,
02:33esos procedimientos van a ser supletorios.
02:35Es decir, van a regir solamente en la medida en que no exista nada similar
02:40regulado en las respectivas leyes orgánicas de cada institución pública.
02:43Profesor, ¿te puedo pedir un ejemplo de todo lo que estás diciendo?
02:46Sí.
02:47Porque es un poco complicado de pronto hacernos a la idea cuando hablamos de algo genérico
02:52y entendemos mejor cuando ponemos un nombre y apellido.
02:55Por ejemplo, una institución que puedas ponernos como ejemplo.
03:00Podemos poner la SET.
03:01La SET.
03:02Bueno, yo, contribuyente, me voy a la SET porque no estoy de acuerdo con,
03:07no sé, una multa que me estableció la SET.
03:10Exacto.
03:10Puede ser un procedimiento ese.
03:11Exacto.
03:12Esa ley, ¿cómo va a regir en estos casos de distinto?
03:16O sea, ¿qué hay de distinto a lo que hoy ya se tiene, por ejemplo?
03:19Bueno, en el caso en que vos quieras plantear un recurso, un pedido ante el viceministro
03:26o ante el ministro de Hacienda, vos te vas a guiar por esta ley porque ese régimen recursivo
03:32que tiene la ley es obligatorio y le afecta a todas las instituciones entre ellas, la SET.
03:35Entonces, el plazo de 10 días para presentar tu recurso y de 20 días para que se expida
03:42el ministerio de Hacienda va a regir y es común.
03:44¿Y si no se expide?
03:46Y si no se expide, entonces ocurre lo que en derecho llamamos resolución ficta.
03:50Es decir, ante el silencio de una autoridad se reputa denegado tu pedido.
03:54Se entiende que está denegado tu pedido.
03:57Ah, no, pero entonces van a dejar caer todos los pedidos, ¿o no?
04:02Puede ser, pero ¿qué pasa?
04:04Hoy día ya ocurre eso y hoy día el ciudadano no tiene herramientas para seguir cuestionando
04:11esa falta de decisión.
04:12Porque hoy vos te vas y haces un pedido a la SET o a cualquier institución pública,
04:16no te responde y ¿qué es lo que haces?
04:18Tienes que esperar a que te responda para poder, recién allí, irte al tribunal de cuentas
04:23y litigar contra esa institución pública.
04:24Ahora tienes por lo menos un plazo a partir del cual ya puedes irte directamente sin tener que esperar.
04:30Si pasaron los 20 días, no me respondieron, yo ya tengo que asumir entonces que me fue negada
04:35la petición que yo hice y ahí ya puedo recurrir a la siguiente instancia.
04:39Así mismo.
04:40Interesante.
04:41Eso, por ejemplo, es algo que es una garantía constitucional.
04:45El artículo 40 de la Constitución Nacional ya determinó y era uno de los artículos
04:49no reglamentados todavía en el Paraguay.
04:52Con esta ley, básicamente, se aterriza una garantía constitucional para que se pueda ser efectiva
05:01y aplicativa en el día a día de los ciudadanos en sus relaciones con la administración.
05:05Siguiendo el mismo ejemplo, en la misma institución, sumarios administrativos mencionaste.
05:12¿En qué caso, por ejemplo, serían sumarios administrativos para el funcionario público
05:15a partir de alguna denuncia o queja del usuario?
05:17¿Cómo sería?
05:19Sumario administrativo ya sea para el funcionario público o un sumario administrativo que haga
05:24con ATEL a una empresa de telecomunicaciones.
05:27Es decir, cualquier investigación que tienda a sancionarse a una entidad privada o pública
05:36por parte de una institución pública se lleva a cabo a través de un procedimiento
05:42que normalmente le llamamos procedimiento sumario administrativo y ese sumario administrativo
05:46va a tener que adecuarse a los estándares, a los principios y a las reglas que están contenidas en esta ley.
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