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Usuarios de bicicletas eléctricas, motocicletas y scooters deberán tramitar licencia para conducir en la #CDMX si sus vehículos superan los 25 km/h.

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Transcripción
00:00Oiga, ¿usted utiliza scooters, bicicletas o motodetas eléctricas?
00:04Bueno, pues ponga mucha atención porque el Congreso de la Ciudad de México
00:07avaló el dictamen para reformar diversos artículos de la Ley de Movilidad.
00:11Entre ellos destaca que las personas que utilicen estos vehículos motorizados,
00:15pero ojo, que alcancen velocidades mayores a 25 kilómetros,
00:20deberán contar con licencia de conducir, portar casco y registrar los vehículos
00:24ante la Secretaría de Movilidad, además de que tendrán que portar placas
00:28y tendrán prohibido circular por ciclovías, banquetas o carriles exclusivos del transporte público.
00:35Cabe mencionar que el dictamen será turnado al Pleno del Congreso local
00:39para su discusión y eventual aprobación durante el segundo periodo extraordinario
00:43de sesiones del día 15 y el 18 de agosto.
00:46Así es que considérelo, ya ve, por andar haciendo un relajo en las calles,
00:50ya les pusieron licencia.
00:51Si usted tiene duda de qué velocidad alcanza su vehículo,
00:54cheque los requisitos del fabricante,
00:57ahí van a venir en las instrucciones,
00:59cuál es la velocidad de estos scooters, bicis y motos eléctricas.
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