00:00Atención, empleadas domésticas, ¿habrá aumento de sueldo en octubre?
00:09¿Se termina la indemnización?
00:15Bien, ya está con nosotros la doctora Pizano, gracias doctora por estar
00:17muy amable y muy gentil de su parte.
00:19Hola Carlitos, ¿qué tal? Buenas tardes a todos y todas.
00:21¿Viene el aumento o no viene el aumento?
00:25A todas esas preguntas tengo algo negativo para decir porque es un no.
00:29Por el momento no hay ninguna novedad de aumento y justamente por eso
00:33no alcanza para el transporte como estábamos viendo antes,
00:36o sea, hay que tener con qué para pagar las cosas y los salarios son bajos,
00:42ese es el tema.
00:43O sea, ¿desde cuándo no tiene aumento la empleada doméstica?
00:46Desde agosto con un 4%, encima retroactivo porque recordemos
00:50que en agosto se efectivizó el aumento de julio, o sea que desde julio
00:58ya con el arrastre desde marzo que no se aumentaba.
01:01Entonces tenemos el sueldo mínimo acá de las trabajadoras, como siempre,
01:04público para cuidado de personas, 2.826 es el valor de la hora mínimo,
01:09357.350 el sueldo mínimo para cuidadoras y como siempre digo, el 30% más
01:16para la zona patagónica desde Carmen de Patagones hasta Ushuaia,
01:19es un 30% más y no cumplen tampoco, pero lo decimos acá, lo informamos.
01:24Tiene que ver, cuidado de personas con retiro, esto es, la hora con retiro
01:28quiere decir que no se queda dormida en la casa.
01:30Correcto, yo digo la que más cantidad de trabajadoras hay, hay sin retiro
01:33que es un poquito más.
01:34¿Y trabaja 8 horas?
01:35Tiene que trabajar 8 horas diarias como máximo para tener este mínimo.
01:40Bien, o sea, si trabaja 8 horas diarias tiene que cobrar como mínimo la hora
01:452.826.
01:46No, porque si trabajara por 8 horas diarias tiene que cobrar el sueldo por mes.
01:50Esto, 357.000.
01:53Tiene que trabajar 8 horas 5 días por semana.
01:56Exacto.
01:57Si no cumple con eso, ¿cuánto tiene que cobrar?
01:59Bueno, ahí hay que cobrar por hora, pero depende porque eso es un sector
02:02especial, tiene tanto de especial que en algunas cosas de la ley base
02:06tampoco entró, en este caso por suerte, porque la ley base tampoco es buena
02:11en las modificaciones, pero cuando trabajan menos de 24 horas semanales
02:14tienen que cobrar por hora, o sea que una niñera que trabaja 20 horas
02:18semanales, tendría que cobrar por hora, sumando las horas que haga,
02:22hasta 24 si es por semana, entonces ahí cobra por hora.
02:26Bien, ahora, este sueldo es el de agosto.
02:29Este sueldo es el de agosto que es con un último 4% de aumento
02:32y ahora el lunes supuestamente, porque a veces lo suspenden
02:36en el momento, se vuelve a juntar la comisión que es esta comisión
02:40que depende del gobierno, que es la que genera los aumentos
02:43como una especie de paritaria, no es una paritaria como normalmente
02:47se conoce, y aumenta los salarios, parece que el 30, o sea que el lunes,
02:51mañana, se juntan porque siguen discutiendo el último aumento.
02:54O sea que a partir de septiembre a lo mejor tiene un incremento.
02:57A lo mejor a partir de octubre, el último trimestre del año,
02:59haya un aumento, pero por el momento no está confirmado.
03:02Bien, empiezan a llegar mensajes, ahí tenemos el teléfono,
03:05cuál será el futuro del trabajador, esto es lo que muchos están preguntando.
03:08Exactamente, y nos pueden escribir al 1124-618737,
03:15y nos pueden enviar mensajes como por ejemplo el mensaje
03:19que nos acabaron de enviar, como diciendo, hola, trabajo 3 veces
03:22por semana alrededor de 12 horas semanales, plancho, cocino,
03:27¿cuánto debería cobrar?
03:29Bueno, ahí si trabajás 12 horas semanales, tenés que cobrar
03:32por hora, pero en ese caso, como no sos una cuidadora,
03:34es 2.620, ese es el sueldo de tareas generales como en tu caso,
03:38así que cocinadas, limpiadas y demás, es el sueldo de trabajadoras
03:41de tareas generales que es 2.600 la hora mínima.
03:45¿Y cuál es la diferencia entre un trabajador general
03:47y una cuidadora o un cuidador?
03:49Es otra categoría, hay varias categorías,
03:51pero las más importantes son cuidadora de personas
03:53que son niñeras, personas que cuidan personas enfermas,
03:56o gente adulta, personas mayores.
03:58Bien, ahora, acá estamos hablando del tema de la indemnización,
04:01otro punto tiene que ver con las indemnizaciones,
04:03¿hoy cómo es si por ejemplo una trabajadora o un trabajador
04:06está en una casa de acompañante o, como decía recién usted,
04:09esa persona que cobra 2.700 pesos la hora, la echan?
04:13¿Qué tiene que cobrar esa persona?
04:15Hoy si viene trabajando y estaba vigente el contrato
04:19desde antes de la ley base, no cambia nada,
04:22tiene que cobrar la indemnización.
04:23Recordamos que los cambios ahora tienen que ver un poco
04:25con la decisión que haya desde los sindicatos,
04:28así que en principio debería seguir todo igual,
04:32salvo que los sindicatos accedan a este fondo de SES y demás,
04:34pero no va a pasar con las trabajadoras de casas particulares,
04:37seguramente.
04:38Bien, la trabajadora de casa particular,
04:39trabajó 10 años en una casa y la dueña le dice,
04:43bueno, listo, no te necesito más, me mudo, me voy del país,
04:47¿cuánto le tiene que pagar de indemnización?
04:49Perfecto, eso sería lo ideal, que esté en blanco y la despidan,
04:52si la despiden con carta de documento y está en blanco,
04:54tiene que cobrar la indemnización que existía desde antes
04:57y ahora también es la misma, que es la antigüedad,
05:00que generalmente es un sueldo por año de antigüedad,
05:02más el preaviso, más los últimos días que trabaja,
05:04más las modificaciones de Hinaldo, eso es lo mínimo
05:07y eso no va a cambiar en principio para las trabajadoras de casas
05:09particulares porque tendría que haber una modificación
05:12a través del sindicato y no es un régimen especial
05:15y no va a pasar con ellas en este caso,
05:17en otro caso puede ser que cambie.
05:18Bien, Mati, sigue llegando preguntas.
05:20En este caso nos escribe Adriana y nos dice que cuida una señora
05:23de lunes a viernes de 18 a 0 horas, le pagan 3.000 pesos la hora,
05:29quiere saber si está bien lo que cobra.
05:31Bueno, si te pagan por hora está bien, ahí recordamos
05:34que hace unas jornadas nocturnas, pero en este caso no hay tampoco
05:36modificación para el sector, o sea que siempre que cobre
05:40menos del mínimo estaría bien.
05:42Yo siempre recuerdo que pueden negociar siempre para arriba,
05:45ya que hay libertad de negociación, negocian su propio sueldo para arriba,
05:49no para abajo, obviamente, desde el mínimo para arriba.
05:52Bien, ahora, acá dice si te registran no perdés los planes sociales,
05:56ANSES, aguache, pensión alimentar, etcétera.
05:59Esto es una persona que está registrada trabajando en una casa
06:02y tiene un plan, ¿lo pierde?
06:04Si es trabajadora de casa particular, no, estos son los recordatorios
06:07que siempre se repiten, entonces lo ponemos acá en la plaquita.
06:10Recuerdo que toda trabajadora de casa particular que está sin registro
06:14y la quieren registrar y tiene miedo que por el registro pierda
06:18los planes sociales como el aguache, la tarjeta alimentar,
06:20las pensiones madre de 7 hijos, que muchas trabajadoras
06:23tienen esa pensión, no la pierden porque es un régimen especial
06:26que si las registran no pierden estos beneficios de ANSES
06:29y a unos empleadores a veces tampoco la registran por ese motivo,
06:33así que ninguno de los dos tenga miedo porque no pasa nada con el registro,
06:36la idea es que estén registradas, obviamente.
06:38Bien, Mati, en este caso también nos escriben y nos dicen
06:40hola, soy empleada doméstica, trabajo viernes, sábado y domingo,
06:45me pagan 300.000 pesos al mes, ¿está bien?
06:49Viernes, sábado y domingo.
06:51Sí, si es así está bien porque, bueno, depende, porque si trabajás
06:54todo el fin de semana y excedés las 48 horas semanales,
06:58que por ejemplo estés durmiendo en las horas de descanso, digamos,
07:02estás a disposición del empleador, entonces si trabajás 48 horas
07:07semanales que justamente es viernes, sábado y domingo,
07:09o a veces sábado y domingo y te retiran el lunes,
07:12tienen que cobrar el sueldo mínimo, ahí es 357.000, cuidado de personas,
07:18y 321.000 es tareas generales.
07:21Bien, recordemos que las tareas generales con retiro,
07:23la hora se está pagando 2.620 y la mensualidad 321.000 con 361.000.
07:29Ahora, qué pasa con el tema de la jubilación, qué pasa por ejemplo
07:32con una persona que trabajó 10 años en una casa y se quiere jubilar,
07:37porque empezó a trabajar a los 45 y trabajó 15 años, llega a los 60
07:42y se quiere jubilar, qué pasa.
07:43Bueno, tendría que tener los 30 años de aporte, muchas de las trabajadoras
07:46de casas particulares, recordamos que un 80% casi está sin registro,
07:50no lo tienen, entonces recomiendo para las trabajadoras que tienen
07:5350 años ahora que accedan, que todavía hay tiempo porque hasta marzo del 2025
07:57existe la moratoria, accedan a un plan de pago porque obviamente
08:01es difícil pagarlo, pero que empiecen a pagar por lo menos, o a la moratoria
08:05o que empiecen a pagar un monotributo porque si no, no van a acceder
08:09a poder jubilarse, muchas trabajadoras van a tener que esperar en el caso
08:12de trabajadoras domésticas hasta los 65 años para tener la JUA.
08:16Bien, Mati, la última pregunta para decirle a la doctora Pizano
08:19que haya venido hoy hasta acá, dale.
08:21Trabajo de lunes a sábado cuidando a una señora 9 horas, con cama adentro,
08:28cuánto tendría que estar cobrando.
08:30Bueno, ahí con cama es casi 400.000 pesos y es cuidado de persona,
08:34así que es un sueldo que excede casi los 400.000 pesos y ese es el mínimo
08:39que tendrás que cobrar, de ahí para arriba podés pedir más, obviamente.
08:43Bien, doctora Pizano, un placer tenerla, es muy gentil de su parte,
08:46muy generosa, hay una información de último momento, dale, vamos.
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