00:00La Suprema Corte invalidó la
00:03reforma que regula la migración
00:05en el estado de Aguascalientes,
00:06Rubén Mozo, con los detalles
00:08de esto adelante, buenas
00:09tardes. Daniel, muy buenas
00:11tardes a ti y a toda la
00:12audiencia, pues sí, como tú bien
00:14dices, la corte invalidó hoy
00:15diversos artículos de la ley
00:17para la protección de las
00:18personas migrantes del estado
00:19de Aguascalientes por por
00:21invadir la esfera federal y
00:22porque el Congreso de la Unión
00:23es el único facultado para
00:24deciclar en esa materia. Entre
00:27los artículos invalidados
00:28destacan el veintinueve
00:29registro estatal de personas
00:31migrantes que establece la
00:33inscripción voluntaria de
00:34información por parte de los
00:36migrantes con respecto a su
00:37nombre, procedencia, domicilio,
00:39en en su lugar de origen, y en
00:41general, pues todos aquellos
00:42datos que pudieran facilitar su
00:44ubicación o la de sus
00:45familiares. Asimismo, el
00:46artículo treinta permite a
00:48cualquier autoridad estatal y
00:49municipal preguntar a los
00:50migrantes y de ser ser
00:52inscritos en el citado
00:53registro. Yasmin Esquilmosa,
00:55ministra ponente, propuso
00:56invalidar los citados artículos
00:57treinta. Y y hay que mencionar
01:00que los únicos que se pusieron
01:01a votar a favor de la propuesta
01:03sobre el mencionado registro
01:04fueron la ministra Margarita
01:05Ríos y José Mario Pardo
01:07Revalido. De igual manera el
01:08pleno invalidó el párrafo uno
01:10del artículo veinte que
01:11limitaba la atención médica
01:12solo a los migrantes solo en el
01:14sector público. Al final la
01:16corte determinó que el fallo
01:17tendrá que ser acatado una vez
01:19que se han notificado los
01:20resolutivos y no hasta que se
01:22publique el engroso de la
01:23sentencia debido a que las
01:24notificaciones están tardando en
01:27Pues estaremos atentos a qué
01:29más sucede precisamente allá en
01:31Aguascalientes. Gracias Rubén
01:33Moso, buenas tardes. Buenas
01:36tardes.
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