00:00Bueno, se ha interpuesto una acción de libertad el día de ayer y hoy se ha instalado la audiencia a
00:05las 8 de la mañana, 8 y 40 aproximadamente.
00:08Y bueno, recién ha concluido la audiencia y se ha concedido la tutela, pero la tutela se ha concedido en
00:14razón al derecho a la salud, no en razón al derecho a la libertad.
00:18Nosotros hemos denunciado irregularidades por parte de la autoridad judicial a momento de declararlo rebelde al ciudadano Eber Ceballos.
00:26Una declaratoria totalmente ilegal y hoy nos dio la razón el Tribunal de Garantía concediendo la tutela y ordenando que
00:35el señor Eber Ceballos sea atendido por médico y también pueda ingresar medicamentos al penal de Palma Sola para seguir
00:42con su tratamiento médico.
00:43¿Cuál es su situación de salud ahorita en el señor Ceballos?
00:48Bueno, él ahorita se encuentra pues delicado de salud, ¿no?
00:51Pues por ese mismo motivo la urgencia de la presente acción de libertad para que puedan ingresar sus medicamentos,
00:57como también puedan ingresar médicos especialistas para tratar las dolencias y las enfermedades que él tiene.
01:02¿Le revocaron las medidas? ¿Volverá Palma Sola?
01:04No podría yo dar ese criterio, ¿por qué? Porque nosotros somos abogados encargados del tema constitucional en este proceso.
01:12Recién el día viernes nos contratan a nosotros para poder asumir los procedimientos constitucionales.
01:18¿Dónde se encuentran estos momentos?
01:20Por lo que nos han informado los especialistas en el área del derecho penal, que son los abogados que están
01:25ejerciendo la defensa del doctor,
01:27él ahorita se encuentra con detención preventiva en el centro de rehabilitación Santa Cruz Palma Sola.
01:32¿Por cuántos días?
01:34No tengo el dato exacto de por cuántos días lo han enviado, pero eso fue lo que nos informaron a
01:40través de un informe los colegas que llevan el proceso penal.
01:43¿Anoche hubo la audiencia de él, no?
01:45Anoche sí, a mediar las 7 de la noche creo se instaló la audiencia y hoy en la mañana ya
01:50a las 9 nos dieron la noticia de que evidentemente habían dispuesto su detención preventiva, ¿no?
01:56Doctor, ¿él va a tener que salir en momentos para su atención clínica del centro de rehabilitación?
02:01Previa valoración médica. Obviamente, si el ciudadano se encuentra delicado de salud en cualquier cárcel del mundo o en este
02:10país, deben de ordenar su salida para poder resguardar su derecho a la salud.
02:14¿De qué padece el señor Ebrecht?
02:16Bueno, yo no soy médico, ¿no? Yo me remito al tema de los documentos médicos legales y por lo que
02:23se puede observar, él tiene dolencia en los riñones, tiene problemas psiquiátricos y entre otros aspectos que realmente son análisis
02:33de profesionales especializados en la ciencia de la medicina.
02:36Yo me remito a las pruebas y fueron las pruebas las que nosotros ventilamos, hicimos conocer a la autoridad judicial
02:41y este Tribunal de Garantía en apego a la Constitución concedió la tutela que nosotros solicitamos.
02:47¿La autorización es para ingresar medicamento entonces al penal?
02:51La tutela que se concedió es sobre dos aspectos. Uno, el aspecto de que puedan ingresar al penal de Palma
02:59Sola medicamentos y puedan ingresar médicos que puedan atender al señor Eberce Valle.
03:04El segundo aspecto es la ilegalidad de la declaratoria de rebeldía que emitió la autoridad judicial. La autoridad judicial de
03:13forma arbitraria y de forma directa declaró rebelde al señor Eberce Valle cuando no debió haberlo hecho, cuando debió otorgar
03:20un plazo prudencial tal y como lo establece el artículo 88 del Código de Procedimiento Penal.
03:25Entonces, esa ilegalidad también fue concedida. ¿Para qué?
03:30Porque supuestamente no se hubiera presentado a la audiencia. Sin embargo, en la audiencia estuvo presente una persona que hizo
03:37conocer a través de los documentos médicos legales por qué él no se pudo presentar.
03:41Él no se pudo presentar porque se encontraba delicado de salud. Había certificado médico, había recetas médicas, pero todos esos
03:48documentos médicos legales no fueron suficientes para la autoridad judicial.
03:51La autoridad judicial de forma arbitraria, viva el Código de Procedimiento Penal, Constitución y emite esa resolución de declaratoria de
03:59rebeldía.
04:00Y producto de esa declaración de declaratoria de rebeldía es que lo aprenden y lo llevan ante el juez y
04:06le revocan su medida.
04:07Pero el juez decía ayer que había falias en el sistema de Roma. ¿Qué tiene que ver eso?
04:13No puedo vertir un criterio referente al sistema Roma porque esos actos corresponden a los abogados que llevan el tema
04:21penal.
04:22La verdad, desconozco mucho el tema del proceso penal, cómo ellos están ejerciendo la defensa del doctor.
04:28Sin embargo, mi persona solamente está asumiendo en el tema de la defensa constitucional.
04:33La verdad, desconozco mucho el tema de la defensa constitucional.