00:06...de modificaciones muy puntuales, tal como la introducida por la ley 24-27, que modificó
00:16ciertas tipificaciones penales con el propósito de fortalecer el combate contra la violencia
00:22de género y la ley número 1207, que elevó la cuantía de ciertas multas derivadas de
00:30algunos tipos penales. Esta ley 24-27 es conocida como la ley milagros de esposa.
00:37En las últimas tres décadas se dieron reiterados intentos por actualizar la normativa penal
00:45dominicana a las exigencias de los nuevos tiempos. Desde que en 1927 el entonces presidente
00:53José Fernández designara una comisión de juristas para la reforma del Podio Federal, presidida
01:00por el doctor Atayán Pérez Méndez, cuya propuesta legislativa fue sometida al Congreso en ese
01:08mismo año, en 1996. Sin embargo, esas y otras propuestas posteriores terminaron perimiendo
01:18en alguna de las cámaras legislativas o siendo observadas por el Poder Instructivo, o incluso
01:25siendo declaradas constitucionales por el Tribunal Constitucional. Así, en los últimos tres años
01:32el Congreso Nacional llegó a aprobar en cuatro ocasiones alguna nueva versión del Código
01:39Federal. En el año 2006 el Congreso Nacional aprobó varias modificaciones al Código Federal,
01:47pero el entonces presidente Donel Fernández observó la ley por temas relacionados a crímenes
01:54de guerra y de deshumanidad, así como por entender que existían incongruencias con el
02:00Podio Federal. También observó ciertas disposiciones que comprometían las responsabilidades penales
02:07de los médicos profesionales y afilas. Luego de su devolución, los legisladores no se pusieron
02:14de acuerdo respecto a las observaciones por lo que la pieza pedía.
02:21Caso una letra más tarde, en noviembre del año 2014, el entonces presidente Danilo Medina
02:29observó una nueva versión del Código Federal aprobada por el Congreso al no estar de acuerdo
02:34con la penalización absoluta de la interrupción del VAR. Es el famoso caso de las tres causas.
02:41El Poder Legislativo acogió parcialmente las observaciones presentadas por el Poder Legislativo.
02:48A finales de diciembre del mismo año, esa última versión del Código Federal fue
02:55promulgada por el presidente Medina bajo la ley número 551-14.
03:01Sin embargo, antes de centrar el vigor, la cual tenía un abacazo de un año, el Tribunal
03:09Constitucional, la declaración constitucional, mediante la ascendencia número PC 0599-15,
03:19al tiempo que dispuso la continuación de la violencia de la presión del Código Penal
03:25adoptado mediante el referido decreto 2274 de 1884.
03:33Vale destacar que esta declaratoria de inconstitucionalidad obedeció a vicios del procedimiento, por lo que
03:42ninguna parte del contenido de la ley fue sometida a un juicio de constitucionalidad.
03:50En el año 2016, fue aprobada por el Congreso Nacional una nueva versión del Código Federal.
03:58El entonces presidente Medina observó nueva vez la ley debido a la penalización absoluta
04:05y sin excepción alguna de la interrupción voluntaria de la raza, la misma causa anterior.
04:11La pieza observada por el presidente Periñón, luego en el Congreso.
04:16Llegado el 2025, el Poder Legislativo llevaba múltiples legislaturas, conociendo diversas propuestas
04:24de codificaciones al Código Penal, muchas de las cuales fueron funcionadas y otras descartadas.
04:31Aunque todas eventualmente premían, fue en la legislatura que inició el 27 de febrero del año 2025,
04:42que se conjuntaron la voluntad política y la decisión de los legisladores para finalmente aprobar
04:49la que terminaría convirtiéndose en la ley 74-25, orgánica, que instituye el Código Penal de la República.
05:01Una vez el texto de la pieza aprobada fue repitido al Poder Ejecutivo,
05:07la consultoría jurídica del Poder Ejecutivo, que en ese momento nosotros encabezamos,
05:13afrontó la disculptiva de sugerir la promulgación de la ley sin que ésta cumpliera con ciertas aspiraciones
05:22por el clamor popular y que igualmente fue comprobado por la consultoría.
05:27Sin embargo, al evaluar el conjunto de avances que al margen de esos puntos en particular
05:34contenía la nueva versión del Código Penal, desde el Poder Ejecutivo se entendió necesario
05:41convertir en derecho positivo las nuevas disposiciones penales adoptadas
05:46a los fines de mejorar el sistema penal sancionador y de persecución criminal de la República
05:51Miental.
05:52Lo anterior a la par de la determinación también expresaba en ese momento
05:58de dar pasos necesarios para realizar el texto promulgado y promover los ajustes de la ley.
06:04Al efecto, la consultoría jurídica del Poder Ejecutivo conformó un grupo de abogados especialistas
06:11en la materia, tanto interno como interno, para pasar un balance pormenorizado
06:17de la nueva versión de la ley 74.25.
06:22Lo que quiere decir que al momento en que la ley que aprobó el Código llegó a la consultoría
06:30y esto es una información, digamos, para la historia,
06:35nosotros sabíamos que el Código tenía algunos elementos que eran necesarios ajustar
06:43y la comunidad jurídica también lo llamaba, pero entendíamos que le convenía a la vida
06:51institucional y a la justicia penal la promulgación de ese Código con sus debilidades
06:58y de inmediato abrir la posibilidad de su revisión que el hecho de volver a hacer
07:05lo que se había hecho ya varias veces, que era observar la ley y mandarla a archivar al Congreso.
07:12De esta manera que el Presidente tomó la valiente decisión de promulgar el Código
07:18e instruir a la consultoría a que conformara un equipo de abogados para comenzar a revisar.
07:24Y de hecho, luego, en esta tarea se involucró la propuesta del Ministerio Público,
07:30el mismo Congreso, abogados independientes y se produjo una nueva reforma.
07:37Estoy consciente de que esta última reforma incluso no hace a este Código un instrumento perfecto,
07:48pero yo estoy seguro de que es más adecuado que el de 1884.
07:53Y también estoy convencido de que las leyes y sobre todo las leyes penales tienen que ser dinámicas
08:03y que no debe alarmar a nadie el hecho de que dentro de unos meses se compruebe que alguna disposición
08:11de ese Código
08:13no se advirtió que no funcionaba de todas las leyes y que hay que reposar hasta que se vaya acercando
08:21a las necesidades de la gente, porque las leyes tienen que ser para servir de trabajo.
08:27Y yo digo, les voy a poner un ejemplo sencillo, si el Código trae un plazo que resulta muy corto
08:40para ejercer un recurso determinado, una acción determinada,
08:45y todos estamos convencidos de que el plazo es muy corto,
08:49lo que hay que hacer es modificar el Código y entender el plazo.
08:57Gracias.
08:57Gracias.
08:58Gracias.
08:58Gracias.
08:58Gracias.
08:58Gracias.
08:58Gracias.
08:58Gracias.
08:58Gracias.
08:59Gracias.
08:59Gracias.
08:59Gracias.
08:59Gracias.
08:59Gracias.
09:00Gracias.
09:00Gracias.