00:00Hoy entra en vigor el nuevo régimen jurídico de la jubilación flexible que permite compatibilizar
00:06trabajo y pensión. El objetivo es hacer más atractiva esta opción que apenas se usa en
00:13España, ya que los que voluntariamente quieren alargar la vida laboral prefieren otras modalidades,
00:20como la jubilación demorada o la activa. Entre las novedades, la norma establece que
00:26podrán acogerse a la jubilación flexible todas las personas que quieran desarrollar una
00:32actividad por cuenta propia como autónomos. Hasta ahora, esta modalidad solo permitía
00:37el trabajo por cuenta ajena como asalariado a tiempo parcial.
00:42Otro de los cambios que entran en vigor es que no será necesario esperar un periodo mínimo
00:47desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible. Se podrá acceder en cualquier momento,
00:54una vez reconocida la pensión. Además, los pensionistas que compatibilicen
01:00la jubilación con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial tendrán una horquilla
01:05mayor para trabajar, de entre el 33% y el 80% de la jornada.
01:13También como novedad y para incentivar el retorno al mercado de trabajo, cuando se acceda
01:19a la jubilación flexible pasados al menos seis meses de la jubilación, el pensionista
01:24percibirá un porcentaje adicional de pensión.