00:00Y como que no he visto mucho ruido con eso, y usted siempre ha insistido aquí en esta mañanera
00:07en que uno de los objetivos de la reforma judicial es hacer más eficiente, más expedita la impartición de justicia
00:15y por tanto dar mayor certeza jurídica a los ciudadanos.
00:21La semana pasada, el jueves concretamente, vimos un asunto fiscal que permaneció varios meses en el Pleno
00:28y que finalmente la mayoría de la Suprema Corte, 8 a 1, consideró notoriamente improcedente.
00:36¿Qué mecanismos deberían existir en el Poder Judicial?
00:39¿Sobre qué caso exactamente?
00:40Un caso de un crédito de defensa, un tema durante meses y al final, y la pregunta es
00:47¿qué mecanismos deberían existir en el nuevo Poder Judicial para evitar que recursos que terminan desestimándose
00:54consuman durante meses el tiempo en los tribunales y retrasen la solución de asuntos que son de alto impacto económico?
01:04Bueno, digamos que todavía estamos en el proceso de transición del cambio de las leyes del Poder Judicial.
01:11Pero el cambio de las leyes, entre otras cosas, planteó que la justicia sea más expedita,
01:17que no sean estos largos procesos que llevan 20 años, sino que en el mismo año se puedan resolver los
01:27casos.
01:28En particular, este caso de FEMSA, la Corte lo que hace, ese es el informe que me dio Luisa María,
01:37la Corte lo que hace es revisar la constitucionalidad o no de un acto.
01:44Es en general su, en términos generales, su función.
01:50Entonces, aquí lo que ellos dicen es, el colegiado tuvo razón en, digamos, el mecanismo previo o el grupo previo
02:00a llegar a la Corte.
02:02La fase previa a llegar a la Corte da una sentencia.
02:06Si el particular se ampara, llega hasta la Suprema Corte.
02:10No todos los amparos llegan a la Corte, pero algunos de ellos sí pueden llegar a la Corte
02:15si es que se siguen los procedimientos por parte de los particulares.
02:20En este caso, frente a un pago de impuestos que se había solicitado esta empresa.
02:27Entonces, la Corte lo que determina es que actuó bien el colegiado.
02:35Que no hay nada que diga que está fuera de la Constitución la resolución del colegiado.
02:43Es, digamos, en el ámbito de sus atribuciones.
02:47Podría haber encontrado una falla en lo que determinó el colegiado y cambiar el resultado.
02:56No conozco con todos los detalles este caso, pero eso es lo que dice la Corte.
03:01Vale la pena este caso, porque muchos empresarios que no estuvieron de acuerdo con la reforma al Poder Judicial,
03:14principalmente porque tenían relación ya con los ministros de contubernio diverso,
03:21dijeron, ah, es que esta Corte es la Corte contra los empresarios.
03:27Y no, es la Corte de la Justicia.
03:33Se defendió ofensa.
03:34Entonces, pues sencillamente resolvieron a favor, en este caso, de un grupo empresarial,
03:39porque consideraron que no había algo que la resolución anterior implicara que había algo incorrecto.
03:50O sea, lo que están actuando es con justicia.
03:53Algunas veces actuarán a favor del SAT, en estos casos particulares,
03:59y en otros casos actuarán de acuerdo a los argumentos que puso la empresa.
04:04¿Qué es lo que sustenta sus resoluciones?
04:07La ley.
04:09Y la interpretación conjunta, por eso hay nueve, de si violaron la Constitución o no,
04:17o si la resolución fue en contra de la Constitución, si es inconstitucional.
04:23Entonces, vale la pena para que se diga, bueno, sencillamente actuaron con la justicia.
04:29Y habrá otros casos que a lo mejor dicen, no, la resolución previa no fue la adecuada
04:36y hay que echarla para atrás porque sí viola o sí es inconstitucional.