Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 18 horas

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:17A pesar del candado impuesto por la ley indígena, el auge del turismo y la presión de la propiedad
00:23privada en el litoral caribeño fracturaron la política gubernamental en los años 90.
00:28El 24 de junio de 1996, violentando el principio de reserva de ley, el Poder Ejecutivo firmó
00:36el Decreto Ejecutivo Nº 25.295-G. Aunque el texto bautizó oficialmente a la localidad
00:44como Reserva Indígena Bribri de Kekoldi, Cocles, ejecutó un agresivo repliegue territorial,
00:50ya que excluyó por completo las 1.200 hectáreas de la franja costera de Cocles para liberar
00:56las tierras ocupadas por la población no indígena. La reserva quedó reducida a un núcleo
01:02de apenas 2.294 hectáreas.
01:06No es culpa nuestra, como indígena no es culpa nuestra, es culpa del Estado. ¿Por qué?
01:15Porque ha cambiado, ha modificado con sus instrumentos nuestra área. De ahí surgen los conflictos.
01:26De hecho, se indica en los considerandos 2 y 3 lo siguiente, que la delimitación de la
01:32Reserva Indígena de Cocles no fue la más apropiada porque incluye una zona costera
01:36cerca de la desembocadura del río Cocles, que no ha sido habitada por indígenas en los
01:41últimos 200 años. Además, la parte sureste de la Reserva de Cocles corresponde a asentamientos
01:47del IDA, ocupada exclusivamente por una población campesina no indígena. Que de lo anterior resulta
01:53que en la mitad oriental de la Reserva Indígena de Cocles no hay población indígena y que
01:59la recuperación de estos terrenos causará un gasto enorme para el Estado y grandes pérdidas
02:04y toda clase de perjuicios a los actuales propietarios y ocupantes.
02:09El fallo lo que nos dice es que tenemos que hacer consulta. Vamos al ente estatal, el Poder
02:14Ejecutivo, el responsable de materia de consulta de los pueblos indígenas. Y resulta que la
02:23herramienta de consulta que hizo el Ministerio de Justicia y Paz no es aplicable. Los pueblos
02:29indígenas no todos lo han aceptado, por lo tanto no es aplicable. Bueno, ¿qué estamos
02:35haciendo como municipalidad en aras de responderle a la sala? Porque somos los obligados a responder.
02:41¿Va? No, no, correcto. No es justicia y paz. Es la MUNI. Entonces iniciamos un proceso
02:49de construcción de nuestra propia herramienta de consulta.
02:52Para intentar subsanar el despojo patrimonial y acallar los reclamos de la comunidad Bribri,
02:57el propio Poder Ejecutivo ensayó una pirueta jurídica el 22 de marzo del 2001. Mediante el
03:03decreto número 29.956-G, este decreto otorgó a Quecoldi una compensación territorial, anexando
03:11tierras colindantes hacia el interior del cantón para conectarla directamente con la
03:15reserva indígena de Talamanca. Con este remiendo geográfico, el mapa de la reserva subió a 5.480
03:22hectáreas. El decreto del 2001 admitía que aún quedaban fincas privadas dentro de la nueva
03:28zona de compensación, por lo que ordenó al Ejecutivo gestionar un presupuesto extraordinario
03:33ante la Asamblea Legislativa en un plazo improrrogable de dos años, para indemnizar y expropiar a los
03:39propietarios de buena fe. Sin embargo, el Estado, de forma sistemática, ignoró su propio mandato
03:46presupuestario.
03:47Las fincas que están en manos de personas blancas, si logramos comprobar que son poseedores
03:54de buena fe, es decir, están anterior a la ley.
03:57En 1977.
03:58Exacto, exactamente, anterior a la ley, nosotros podemos comprar esa finca y devolverla a los
04:03territorios indígenas.
04:05La Asociación de Desarrollo Integral de la Reserva Indígena, Bribri de Quecoldi, batalló
04:10durante años en los tribunales para demostrar la ilegalidad del recorte de 1996.
04:16El litigio definitivo culminó el 12 de diciembre del 2019, cuando la Sala Primera de la Corte
04:22Suprema de Justicia dictó la histórica sentencia número 004507-F-S1-2019.
04:31Y en 2019 hubo un fallo que vino a devolverle las coordenadas que el último decreto les había
04:44asignado, otorgándoles inclusive terreno en la zona marítimo terrestre, lo cual es muy
04:51grave, porque según las coordenadas que ya revisamos y que están erradas, se le está
04:57dando no solo la zona marítimo terrestre, sino adentro empleamar a los indígenas, con
05:04lo cual está cercenando terreno inalienable, que debería estar bajo administración de la
05:09municipalidad para uso y disfrute de todos los costarricenses.
05:14Los magistrados de casación aplicaron con severidad la ley indígena de 1977, dado que
05:20las 1.200 hectáreas costeras de Cocles habían sido excluidas por un simple decreto y no por
05:24una ley de la República. Dicho recorte era absolutamente nulo. La sala ordenó restituir
05:30de forma inmediata la finca matrícula 19.056, el asiento registral original de las 3.538
05:38hectáreas de la década de los 70. A nombre del ADITIC, el impacto expansivo del mapa actual
05:44radica en el criterio de adición del tribunal.
05:48El estado costarricense ratificó el convenio 169 de la OIT. El convenio es un tratado internacional
05:58donde se establecen los derechos de los pueblos indígenas y tribales y establece de manera
06:04expresa que los estados tienen que respetar las diferentes formas organizativas de los pueblos
06:11indígenas. La sala primera determinó que la devolución de la franja costera de Cocles
06:15no invalidaba ni sustituía la compensación territorial del 2001, puesto que aquella fue
06:20un acto voluntario del estado para resarcir daños previos. De este modo, al sumar el
06:25bloque recuperado en el litoral, las 1.200 hectáreas originales, al territorio de interconexión
06:31consolidado en el 2001, la superficie total de la reserva de Quecoldi quedó fijada de forma
06:37irreversible en 6.724 hectáreas, creando derechos para unos y restando derechos a otros
06:44como si se tratara de otra Costa Rica. Lo malo de todo esto es que pese a que se dio
06:50el plano
06:51y la solución del estado de incorporar la finca 19.056, la misma no tenía plano.
07:07¡Gracias!
07:09¡Gracias!
07:11¡Gracias!
07:12¡Gracias!
07:15¡Gracias!
07:17¡Gracias!
07:18¡Gracias!

Recomendada